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Validez fe de vida y estado civil

Publicado: 01 May 2011, 14:27
por maria rosa
basado en la declaración ante el Juzgado de Paz del domcilio que hace una persona que ha adquirido la nacionalidad española.

que validez legal tiene, si declara que es soltero para obtener ayudas económicas de nuestro país.

Re: Validez fe de vida y estado civil

Publicado: 01 May 2011, 22:17
por Jucrísvic
La misma que una declaración jurada que haga y firme esa persona y presente por sí mismo ante el organismo que se la ha pedido.

Re: Validez fe de vida y estado civil

Publicado: 02 May 2011, 19:35
por maria rosa
Jucrísvic escribió:La misma que una declaración jurada que haga y firme esa persona y presente por sí mismo ante el organismo que se la ha pedido.

es que no existe regulación ?

Re: Validez fe de vida y estado civil

Publicado: 02 May 2011, 21:09
por kárbiko
En el art. 363 y siguientes del Reglamento del Registro Civil y, a nivel internacional, por el Convenio nº 27 de la Comisión Internacional del Estado Civil (CIEC), RELATIVO A LA EXPEDICIÓN DE UN CERTIFICADO DE VIDA, para los países para los que haya entrado en vigor, que son los que tienen la fecha reflejada en la última columna de la derecha...

Re: Validez fe de vida y estado civil

Publicado: 04 May 2011, 09:25
por maria rosa
kárbiko escribió:En el art. 363 y siguientes del Reglamento del Registro Civil y, a nivel internacional, por el Convenio nº 27 de la Comisión Internacional del Estado Civil (CIEC), RELATIVO A LA EXPEDICIÓN DE UN CERTIFICADO DE VIDA, para los países para los que haya entrado en vigor, que son los que tienen la fecha reflejada en la última columna de la derecha...

es que me refiero a la validez de la fe de vida ante Juzgado de Paz de alguien que recien obtiene la nacionalidad española, declara que es soltero (para obtener ayudas ). que regulacion legal hay, al respecto.

Re: Validez fe de vida y estado civil

Publicado: 04 May 2011, 20:34
por kárbiko
...... la que dice el art. 363 del RRC..

Si es español, va al RC de su domicilio, pide una fe de vida y estado civil, se la dan y la lleva al sitio donde se la piden...

¿no entiendo cuál es tu duda? ¿Que no la den por válida donde vaya a presentarla?

Re: Validez fe de vida y estado civil

Publicado: 05 May 2011, 07:42
por maria rosa
si, claro la regulación legal, porque la posesión de estado, debe inscribirse o comunicarlo al Registro Civil de nacimiento, y en estos casos, no son nacidos en nuestro país, y claro, si es como tu dices sin más, se basa en una declaración que hace el sujeto y le expiden la "fe de vida y estado" sin garantias de autenticidad....
En el Ayuntamiento de Madrid, no la expiden si no estan nacidos en un Registro Civil español.

si tienes manera, ya averiguaras, para resolver dudas.
gracias por el interés icon_lol mostrado

Re: Validez fe de vida y estado civil

Publicado: 04 Dic 2011, 13:33
por kárbiko
maria rosa escribió:.....En el Ayuntamiento de Madrid, no la expiden si no estan nacidos en un Registro Civil español.....
Pero es que el Ayuntamiento no tiene competencia para expedirla, inclusive para los españoles...
Pueden recoger, para cualquier trámite interno que se pida en ellos, una declaración jurada del ciudadano español (independientemente de donde haya nacido) o del extranjero que haya nacido en España.

Si no, el competente para certificar el estado (de soltero, de divorciado o de viudo...... Pero,.... entonces... ¡¡¡falta el de casado*!!!....) por la correspondiente fe del Encargado del Registro Civil.
Por tanto, será en el RC donde se solicite.
Pero hay alternativas, que serán:
  • por declaración jurada o afirmación solemne del propio sujeto --> Presento una declaración jurada de mi estado allí donde me lo pidan
  • por acta de notoriedad --> Presento una fe de vida y estado expedida por un notario
* El de casado se acredita presentando el certificado de matrimonio, en el que no conste inscripción marginal de separación, divorcio o nulidad.