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Recuperacion de nacionalidad

Publicado: 02 Ago 2011, 15:28
por bas1
Mi abuelo y mi madre eran españoles. Naci en otro pais que es Filipinas en 1956, al llegar a la edad de 21 años, juró lealtad para convertirse en un filipino y perdí mi nacionalidad española. En este momento, me gustaría recuperar mi nacionalidad española. ¿Cuáles son los requisitos y documentos necesarios? ¿Tengo que ir personalmente a la embajada española en Manila para este fin? Gracias.

Re: Recuperacion de nacionalidad

Publicado: 02 Ago 2011, 18:17
por Javier2749c
Si hubieras nacido de madre española y padre desconocido habrías recibido la nacionalidad española al nacer, es decir habrías sido español de origen. Si recibiste la nacionalidad de tu padre, entonces no lo fuiste.
Pero siempre puedes optar, presentando una certificación literal de nacimiento de tu madre, y la tuya. Si lo haces antes del 27-12-2011, usa el acta conocida como Anexo 1 para obtener la nacionalidad de origen en virtud de la Disposición Adicional 7a de Ley 52/2007.

Re: Recuperacion de nacionalidad

Publicado: 03 Ago 2011, 01:07
por bas1
Javier2749c Muchisimas gracias por la respuesta pero tengo alguna duda sobre lo que diciste "usa el acta conocida como Anexo 1 para obtener la nacionalidad de origen en virtud de la Disposición Adicional 7a de Ley 52/2007."

¿Que es el Acta conocida como Anexo 1 para obtener la nacionalidad de origen en virtud de la Disposcion adicional 7a de ley 52/2007? Es posible explicarlo o pegarlo aqui en una respuesta?

Gracias.

Bas1

Re: Recuperacion de nacionalidad

Publicado: 03 Ago 2011, 01:44
por Javier2749c
http://leymemoria.mjusticia.es/paginas/ ... entes.html

Re: Recuperacion de nacionalidad

Publicado: 03 Ago 2011, 02:26
por bas1
Javier2749c muchisimas gracias por el link.

Saludos.

Re: Recuperacion de nacionalidad

Publicado: 04 Ago 2011, 03:27
por Javier2749c
Si tienes hijos mayores de edad, quizá puedan optar, en caso que tu madre haya emigrado de España en determinado período.

Re: Recuperacion de nacionalidad

Publicado: 04 Ago 2011, 13:36
por bas1
Javier2749c muchisimas gracias.

Un saludo.

Bas1

Re: Recuperacion de nacionalidad

Publicado: 18 Nov 2011, 17:24
por dayana
Mi abuela recuperó la nacionalidad española por ser hija de español emigrante, mi madre murió sin recuperar la nacionalidad española, yo soy mayor de edad, siendo biznieta de español emigrante y nieta de mi abuela española por recuperación ¿puedo solicitar la ciudadania española por la Ley de MMH o por ser descendiente de española de origen sin ella haberla adquirido?

Re: Recuperacion de nacionalidad

Publicado: 18 Nov 2011, 20:04
por Javier2749c
Prácticamente imposible. Solamente que tu madre hubiera sido concebida por madre soltera y menor de edad.

Re: Recuperacion de nacionalidad

Publicado: 23 Nov 2011, 14:33
por españa
hola karbiko y javier 2749c tengo una duda y queria q m lo aclaren por favor,

yo soy de origen marroqui casado con mi mujer q es española m case en el 2007 en Madrid, y en marruecos figuro como soltero desde el 2007. Hace un mes y medio me case en nuestro consulado marroqui en Madrid y ya figuro como casado en Marruecos tambien,

Tengo la nacionalidad española desde hace poco y tengo un hijo de 4 años nacido en españa de origen español,

¿si inscribo mi hijo en nuestro consulado, perderia la nacionalidad española o no al cumplir los 21 año?
Marruecos no tiene el comvenio de doble nacionalidad con españa,...
¿Qué tengo q hacer para que él y yo no perdamos la nacionalidad española antes de q cumpla los 21 años si en un futuro vivimos en el extranjero?
muchas gracias

Re: Recuperacion de nacionalidad

Publicado: 23 Nov 2011, 21:50
por Javier2749c
Luego que cumpla 18, pero antes que cumpla 21, debe de manifestar su voluntad de conservar la nacionalidad española en el Consulado. Si no lo hace, la perderá, aunque puede recuperarla simplemente manifestando su voluntad.

Re: Recuperacion de nacionalidad

Publicado: 24 Nov 2011, 10:03
por españa
gracias javier por su respuesta

Re: Recuperacion de nacionalidad

Publicado: 25 Nov 2011, 04:44
por Javier2749c
Tú podrías perder la nacionalidad si, por ejemplo, dejas vencer tu pasaporte español por un plazo mayor a 3 años.
Claro que podrías recuperarla con tan solo manifestar tu voluntad, como español emigrante que eres. Absurdo, ¿verdad?

Re: Recuperacion de nacionalidad

Publicado: 25 Nov 2011, 09:47
por españa
si es verdad,una cosa mas javier cuanto tiempo se tarda para recuperar la nacionalidad española despues de manifestar tu voluntad en recuperarla,2 años o menos tiempo?

Re: Recuperacion de nacionalidad

Publicado: 04 Dic 2011, 13:36
por Javier2749c
Depende de dónde lo solicites y principalmente de la agilidad del registro civil en que hayas sido inscrito en España.

Re: Recuperacion de nacionalidad

Publicado: 26 Jun 2013, 20:21
por vina
queria hacer la siguiente consulta. inglesa, de padres españoles, nacio en inglaterra, tiene la nacionalidad inglesa y quiere saber si también posee la nacionalidad española, y si no, como podría recuperarla. si es hija de español, es española de origen, no? pero creo que al haber usado la nacionalidad inglesa perdió la nacionalidad española. tendría que iniciar un expediente de recuperación? alguien podría decirme de que trámites se compone? gracias.

Re: Recuperacion de nacionalidad

Publicado: 29 Jun 2013, 16:34
por Javier2749c
Es importante que averigues en qué fecha nació para saber qué régimen legal es aplicable.

Re: Recuperacion de nacionalidad

Publicado: 20 Nov 2013, 15:32
por eugenialorenz
Buenas!

Pregunta, en la partida de nacimiento española de mi abuela dice que ella recupero la nacionalidad en el año 2005, su padre era español nacido en españa y nunca renuncio a su nacionalidad. Esto significa que mi abuela es española de origen por ser hija de español? esto cuenta para el requisito de un año de ser nieta de español de origen, a mi favor? gracias, son una gran esperanza!

Re: Recuperacion de nacionalidad

Publicado: 20 Nov 2013, 21:36
por Javier2749c
Si, tu abuela es española de origen por haber nacido de padre español. Y si, podrías iniciar el trámite luego de un año de residencia legal, continua e inmediatamente anterior a la petición.