Página 1 de 1

Competencia nacionalidad cuando cambio de domicilio sobrevenido

Publicado: 07 Mar 2009, 02:50
por sueño2009
He hecho caso de los funcionarios y he actualizado el padrón en mi expediente, por carta al registro central y por via del registro civil original. Ahora el problema es que me he mudado al área del registro civil de Barcelona (en realidad soy su vecino) y me queda esta duda:
¿Obligatoriamente el expediente lo enviaran a ese registro y no en el que se inició (Granollers)?
¿Sirve de algo que haya pedido formalmente que mi expediente finalice su proceso en Granollers?

Me urge porque supongo ya falta poco para la concesión, expediente 70xxx/2007 y antes de tener que esperar X o mejor dicho XXX meses a que Barna me registre, muevo cielo y tierra para volver al padrón del VallÈs :?

Re: Sobre el cambio de residencia.

Publicado: 08 Mar 2009, 13:28
por El Abuelo
Si se hace bien, el expediente continuará tramitándose y se terminará en el RC donde se incoó, se inició, en su di­a, en función de la residencia que tu tuvieses y acreditases entonces, lo pidas tú o no.

Hasta luego

Re: Sobre el cambio de residencia.

Publicado: 08 Mar 2009, 14:43
por tierra676
Irremediablemente volverá al registro civil que lo inició. Incluso aunque a la DGRN les conste el cambio de domilio a otra provincia. Lo remiten a aquel en que se inició. He tenido varios casos. Esta semana que acaba de pasar ,he recibido 7 expediente y en tres de ellos el promotor vive en provincias distintas de mi registro civil y asi­ lo hace constar la Dirección General en su orden de concesión, pero lógicamente me lo remite a mi.
En mi Registro civil ya estamos recibiendo los números cerca del cuarenta de dos mil siete.Suerte.

Re: Sobre el cambio de residencia.

Publicado: 09 Mar 2009, 00:01
por sueño2009
Lo que habi­a pedido precisamente es que no lo trasladen a Barcelona, que ya sabemos todo lo que demora. Agradezco la asesori­a dejo mi expediente sin cambios. ok

Re: Sobre el cambio de residencia.

Publicado: 09 Mar 2009, 00:20
por kárbiko
Tu petición no influye en nada en el trámite, ya que el mismo viene determinado en las reglas de la competencia para la tramitación de los expedientes.

Si el expediente se inició en Granollers y luego consta que tu domicilio es en Barcelona, la DGRyN lo remitirá al primero (Granollers) para continuar su trámite (notificación concesión, jura/promesa dentro de los famosos 180 di­as, hacer la inscripción y marginales derivadas de dicha conceción, .... y las opciones derivadas).
Entonces, lo normal es que el RC de Granollers solicite por auxilio registral al RC de Barcelona, que se hagan los 2 primeros de esos trámites en ese RC.
Luego el de Granollers hará tu inscripción.
Si antes de que se practique la misma, solicitas la/s opción/es de tu/s hij@/s menor/es de edad, la de ell@s se hará también en el RC de Granollers.
Si lo solicitas una vez hecha tu inscripción, dado que el RC local ya no tiene la competencia para ello, las derivadas las deberá practicar el RC Central.

Re: Sobre el cambio de residencia.

Publicado: 04 Dic 2011, 13:04
por sueño2009
Gracias por su información a los moderadores creo pueden cerrar el tema thanks