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Cambio apellidos hijo

Publicado: 08 Oct 2013, 18:39
por jualgarcia
Hola a tod@s

es posible modificar los apellidos de mi hijo? La intención de mi mujer y la mía sería la siguiente:

- NOMBRE + 1º APELLIDO PADRE - 2º APELLIDO PADRE + 2º APELLIDO MADRE

Actualmente el nombre de mi hijo es el comun, es decir, NOMBRE + APELLIDO PADRE + APELLIDO MADRE.

Que trámites deberíamos realizar? La circunstancia es que no nos dejaron inscribir el nacimiento de nuestro hijo del modo propuesto, pero nos indicaron que con posterioridad sí que se podía solicitar. Es cierto?

Muchas Gracias!

Re: Cambio apellidos hijo

Publicado: 08 Oct 2013, 21:28
por Jucrísvic
Esta pregunta ya está contestada ampliamente en el foro. Utiliza la búsqueda para encontrar los temas donde se ha preguntado lo mismo o parecido.

No obstante, tanto si encuentras las respuestas a tu pregunta como si no, te diré que la solución es que te busques un abogado y que te gastes el dinero iniciando un expediente de cambio de apellidos competencia del Ministerio de Justicia para que tú y tu mujer os quedéis contentos.

Re: Cambio apellidos hijo

Publicado: 28 Sep 2015, 18:54
por ismaguada
Desearia porfavor que alguien me pudiera decir a donde debo dirigirme para cambiar los apellidos de mi hijo menor, ya que yo los cambie y ahora nos piden para el pasaporte del niño, una partida de nacimiento rectificando los apellidos y el cambio de nombre del padre, como mi hijo nacio en Marruecos, quisiera saber si debo ir al Registro Civil central de cl. La Bolsa o cl. Montera.. lo necesito urgentemente por que el niño reside en Marruecos y esta perdiendo el curso, por que no le dan el pasaporte, gracias

Re: Cambio apellidos hijo

Publicado: 29 Sep 2015, 11:56
por kárbiko
Supongo que ud. es español y que hizo el cambio en un registro civil español, y que debe ser el Encargado de su lugar de empadronamiento.

En ese mismo Registro Civil debió usted de manifestar si está o no casado y el nacimiento de sus hijos, tanto mayores como menores de edad.

En el caso de casado y teniendo hijos menores de edad, el propio RC tenía que haber mandado una comunicación para que en el/los registro/s donde consten inscritos procedieran a hacer la mención al cambio de sus apellidos y, en su caso, al cambio también del apellido de su/s hijos.

En el caso de los hijos mayores de edad, tenía que dar sus direcciones para comunicarles que usted se iba a cambiar sus apellidos y que ellos pudieran solicitar en el plazo legal de 2 meses que ese cambio también les afecte a ellos.

Si usted no lo manifestó en su momento, puede acudir a ese RC y dar todos esos datos, para que se proceda a hacer las marginales correspondientes.