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Nacionalizada antes de divorcio, ¿es necesario Exequatur?

Publicado: 07 May 2014, 00:56
por iresu
2003 - Boliviano casado en Bolivia con ciudadana (Boliviano-Italiano), residencia habitual de ambos en España en régimen Comunitario.
2011 - Boliviano obtiene doble Nacionalidad por residencia (Boliviano-Español), presentó los papeles de casado en el trámite de la nacionalidad pero no llego a inscribir el matrimonio en el Registro Civil Central.
2013 - Se divorcian y sale sentencia de divorcio, tramitado todo en Bolivia
2014 - El nacionalizado quiere volver a casarse en España con Española, lo que hace es:
- Va al registro Civil de Madrid y le dicen que debe inscribir su divorcio en el Registro Civil Central para que le concedan la capacidad Matrimonial y que tiene que hacer un exequatur. Pero no se ha inscrito el Matrimonio anterior.
- Va al registro Civil Central y le dicen que no es necesario, que solo lleve la sentencia legalizada y otros papeles.

Consulta:
¿Hay que hacer el exequatur?
¿Cuánto tarda este trámite?

gracias

Re: Nacionalizada antes de divorcio, ¿es necesario Exequatur?

Publicado: 17 Jul 2014, 00:00
por kárbiko
Si. Tienes que obtener el reconocimiento de esa sentencia (exequátur)

¿Cuánto tarda? Depende del Juzgado en el que toque....
En mi ciudad hay 2. En uno de ellos puede tardar unos 3-4 meses. En el otro,.... ummm, ummmmm..... ni se sabe...

Y después de eso, hay que inscribir ese matrimonio y esa Sentencia extranjera de divorcio.
Pero mejor, mírate este otro mensaje en el que cuento lo que hacemos en estos casos en el RC de mi municipio.