Nacionalizada antes de divorcio, ¿es necesario Exequatur?
Publicado: 07 May 2014, 00:56
2003 - Boliviano casado en Bolivia con ciudadana (Boliviano-Italiano), residencia habitual de ambos en España en régimen Comunitario.
2011 - Boliviano obtiene doble Nacionalidad por residencia (Boliviano-Español), presentó los papeles de casado en el trámite de la nacionalidad pero no llego a inscribir el matrimonio en el Registro Civil Central.
2013 - Se divorcian y sale sentencia de divorcio, tramitado todo en Bolivia
2014 - El nacionalizado quiere volver a casarse en España con Española, lo que hace es:
- Va al registro Civil de Madrid y le dicen que debe inscribir su divorcio en el Registro Civil Central para que le concedan la capacidad Matrimonial y que tiene que hacer un exequatur. Pero no se ha inscrito el Matrimonio anterior.
- Va al registro Civil Central y le dicen que no es necesario, que solo lleve la sentencia legalizada y otros papeles.
Consulta:
¿Hay que hacer el exequatur?
¿Cuánto tarda este trámite?
gracias
2011 - Boliviano obtiene doble Nacionalidad por residencia (Boliviano-Español), presentó los papeles de casado en el trámite de la nacionalidad pero no llego a inscribir el matrimonio en el Registro Civil Central.
2013 - Se divorcian y sale sentencia de divorcio, tramitado todo en Bolivia
2014 - El nacionalizado quiere volver a casarse en España con Española, lo que hace es:
- Va al registro Civil de Madrid y le dicen que debe inscribir su divorcio en el Registro Civil Central para que le concedan la capacidad Matrimonial y que tiene que hacer un exequatur. Pero no se ha inscrito el Matrimonio anterior.
- Va al registro Civil Central y le dicen que no es necesario, que solo lleve la sentencia legalizada y otros papeles.
Consulta:
¿Hay que hacer el exequatur?
¿Cuánto tarda este trámite?
gracias