Hola os comento mi caso,
Mi pareja y yo iniciamos el expediente de matrimonio en el registro civil de Barcelona.
Cuando fuimos a firmar para la apertura, nos hicieron escoger el lugar de celebración. mi pareja es de Badalona y en un principio pusimos que lo celebraríamos en el Ayuntamiento de alli,
El caso es que ahora nos queremos casar en el Ayuntamiento de Vallirana ,que será el lugar de celebración. Fui a recoger el expediente autorizado y a comentar que queremos cambiar de ayuntamiento para la celebración y entonces vino el problema; Me dice la mujer que lleva el expediente, que tengo que volver al registro de Barcelona con un justificante o papel firmado del juzgado de paz de Vallirana conforme hacemos el traslado de expediente.
Me he puesto en contacto con el jugado de paz de Vallirana y ellos dicen que no nos pueden hacer dicho justificante ya que no tienen ningún papel nuestro alli de que nos vamos a casar y demas...
Que no entiende porque ponen pegas los del registro de Barcelona...
Ahora mismo estoy en tierra de nadie. Espero me podáis ayudar porque los de los registros se pasan la pelota entre ellos y yo me quedo sin expediente.
Un saludo
Ayuda!!!! Doble Traslado Expediente de Matrimonio
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Re: Ayuda!!!! Doble Traslado Expediente de Matrimonio
Tiene razón el Juzgado de Vallirana; en ningún artículo de la Ley del Registro Civil dice que deban hacer lo que el RC de Barcelona pretende que hagan.
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Re: Ayuda!!!! Doble Traslado Expediente de Matrimonio
Vosotros comparecéis en el Registro de Barcelona, decís que habéis cambiado de opinión, ellos lo hacen constar debidamente en el expediente y lo remiten al nuevo sitio, no tenéis que justificar nada, como os dice Jucrísvic.
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Re: Ayuda!!!! Doble Traslado Expediente de Matrimonio
nueva resolución delegando en el alcalde o concejal del municipio ahora elegido.
notificación al ministerio fiscal y a vosotros.
15 días para que esa resolución sea firme y entonces, providencia de firmeza y remisión al registro civil del municipio elegido.
Recibe el expediente, lo registra y remite a la alcaldía de ese mismo municipio (que puede o no estar en el mismo edificio) la autorización para que celebre el acto.
¿Cuánto tiempo se tarda en todo eso?.... depende, ¿de que depende?..... del color como se mire....
Ah.. no...
Depende del tiempo que tarde fiscalía en ser notificado.
Del tiempo en que se os localice a vosotros para notifiaros la nueva resolución...., correo que va, correo que viene,....etc, etc...
¿Cuánto ha pasado? ¿1 mes? ¿mes y medio?..... por ahí...
¿Cuándo dices que te casas?.....
notificación al ministerio fiscal y a vosotros.
15 días para que esa resolución sea firme y entonces, providencia de firmeza y remisión al registro civil del municipio elegido.
Recibe el expediente, lo registra y remite a la alcaldía de ese mismo municipio (que puede o no estar en el mismo edificio) la autorización para que celebre el acto.
¿Cuánto tiempo se tarda en todo eso?.... depende, ¿de que depende?..... del color como se mire....
Ah.. no...
Depende del tiempo que tarde fiscalía en ser notificado.
Del tiempo en que se os localice a vosotros para notifiaros la nueva resolución...., correo que va, correo que viene,....etc, etc...
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