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Cambios de nombre y apellidos al obtener la nacionalidad

Publicado: 23 Nov 2014, 21:28
por mayus159
Hola muy buenas noches a todos.
Verán,soy nuevo en el foro. Me registré porque tengo una duda con respecto a mi cambio de nacionalidad.

Soy un hombre de 21 años de nacionalidad búlgara, hace varios meses abrí un expediente para solicitar la nacionalidad española por residencia.
Aún estoy esperando lo de la entrevista con la Policía y todo eso, apenas llevo varios meses con el expediente iniciado.

Bien , como dije soy búlgaro, mi nombre completo es Ioan Krassimirov Roussev. El primer apellido es el nombre de mi padre (Krassimir) , y el segundo apellido es el nombre de Familia del lado paterno, ya que en Bulgaria, al nacer,nos inscriben de esta manera.

Mi duda es, si yo al adquirir la nacionalidad española,estoy obligado a cambiar mi nombre y mis apellidos por unos más españoles o ponerme un apellido materno , o tengo derecho a conservar mi nombre de nacimiento completo impoluto ,junto con mis apellidos. Como comprenderán, quiero conservar a toda costa mi nombre completo tal y como es incluso tras la obtención de la nacionalidad española, porque yo tengo todos mis documentos con mi nombre de nacimiento, y sería una locura si ahora ,con 21 años, recién cambio mi nombre y apellidos de nuevo, por unos más "españoles".
Para mi, sería una pérdida de identidad como persona física y jurídica, y si estoy obligado a cambiar mis nombres al obtener ciudadanía española, desde ya mismo estoy cancelando mi expediente.

Alguien puede decirme e informarme, con certeza y conocimiento, si se obliga o no al individuo a cambiarse el nombre y/o los apellidos al obtener la nacionalidad española??
Muchas gracias ,disculpen la molestia y espero respuestas.

Re: Cambios de nombre y apellidos al obtener la nacionalidad

Publicado: 24 Nov 2014, 11:55
por Javier2749c
Art. 199 del reglamento del Registro Civil.

El que adquiere la nacionalidad española conservará los apellidos que ostente en forma distinta de la legal siempre que así lo declare en el acto de adquirirla, o dentro de los dos meses siguientes a la adquisición o a la mayoría de edad.

La declaración se ajustará a las reglas del artículo anterior.

Re: Cambios de nombre y apellidos al obtener la nacionalidad

Publicado: 24 Nov 2014, 12:43
por kárbiko
mayus159 escribió:..... El primer apellido es el nombre de mi padre (Krassimir) , y el segundo apellido es el nombre de Familia del lado paterno, ya que en Bulgaria, al nacer,nos inscriben de esta manera.
...
No. Su nombre es Ioan Krassimirov y sólo tiene un apellido, que es Roussev.

El nombre completo de los ciudadanos búlgaros está compuesto por el nombre de pila, el apellido patronímico (formado por el nombre propio del padre ) y el apellido familiar, el cual bien puede ser el apellido patronímico o el apellido familiar del padre. Los DOS apellidos suelen llevar las respectivas terminaciones tradicionales búlgaras, "ov" - "ev" si se trata de varón y "ova" - "eva", si se trata de una mujer (arts. 12,13 y 14 de la LRC BÚLGARA)

Por tanto, en el momento en que adquiera la nacionalidad española tendrá que acreditar cuál es el apellido de soltera de su madre, ya que ese será su segundo apellido, ya que los apellidos de los españoles son el primero de los personales del padre y el primero de los personales de la madre, aunque ésta sea extranjera y haya cambiado el apellido por el de su esposo al casarse.
Y no es posible la duplicidad del apellido cuando hay filiación materna reconocida (aunque algunos RC lo hacen incorrectamente)

Re: Cambios de nombre y apellidos al obtener la nacionalidad

Publicado: 26 Sep 2019, 23:17
por Usuario borrado 11546
Si una ciudadana adquiere la nacionalidad española y tiene el apellido de casada, al jurar la Constitución si pide conservar el apellido de casada (por ejemplo Fulana Castellanos de Miranda), esto no es viable. Al menos en aplicación de la ley española en la que se establece que los apellidos de un español serán el primero de los del padre y el primero de la madre. Por lo menos esto no lo veo posible.

Pero me surge otra interrogante:
¿puede Fulana solicitar en el acta de toma de jura de la nacionalidad, solicitar la inversión de los apellidos? Esto es, que el primero con el que solicita ser inscrita sea el primero de su madre y como segundo el primero de los de su padre.. Esto si lo veo.