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RC de Lardero: Inscripción de nacimiento fuera de Plazo

Publicado: 10 Ene 2015, 13:33
por Usuario borrado 7560
Buenos días,

Mi hermana solicitó la inscripción de nacimiento fuera de plazo de nuestro bisabuelo en el RC de Lardero, lugar donde este nació, por intermedio del RC de Oviedo en donde mi hermana estaba empadronada.
Esta inscripción se solicitó en Setiembre del 2013, 1 año y 4 meses atrás, de la cual aún no recibe respuesta. No se ha podido comunicar con el RC de Lardero porque no contestan al teléfono que se encuentra en la web del Ministerio de Justicia: 941 503 002 o 941 503 003, ni en la de páginas amarillas: 941 449 100.
Sí se pudo comunicar con el RC de Oviedo el cual le comentó asimismo que ellos tampoco han logrado obtener comunicación telefónica con el RC de Lardero, por lo cual enviarían un Oficio solicitando la misma. Aún no tenemos respuesta.

Tengo dos consultas:

1. Leyendo los requisitos para la inscripción de un ciudadano español fallecido fuera de plazo, se requiere acreditar notarialmente el interés legítimo del particular. En la solicitud presentada, tan sólo se especificó el interés legítimo del mismo en el Escrito, en este caso, realizar una declaración de herederos en Perú para la asignación de la titularidad de los bonos de la reforma agraria, que el gobierno peruano ha decidido pagar desde el año pasado.
¿Podría ser denegada la inscripción al no ser presentada esta acreditación notarial?,
¿recomiendan se presente este documento que no se presentó en su momento, de ser posible hacerlo, o tan sólo esperar respuesta?

2. ¿Alguien conoce los tiempos que toma la inscripción de nacimientos fuera de plazo en el RC de Lardero?.
En caso tengan alguna sugerencia adicional para tener una respuesta les agradeceré enormemente.

Muchas gracias.

Re: RC de Lardero: Inscripción de nacimiento fuera de Plazo

Publicado: 10 Ene 2015, 15:47
por kárbiko
Llama al Ayuntamiento y pide que te pasen con el Registro Civil.
También puedes remitirles un fax o mandarles una carta o un email.

Estos son los datos para contactar con el ayuntamiento:
AYUNTAMIENTO DE LARDERO
Plaza de España, 12, 26140, LARDERO (LA RIOJA)
TELÉFONOS: 941 448 003 - 941 448 129 - 941 448 345 fax: 941 449 000
alcaldia@aytolardero.org

Tienen hasta su facebook: https://www.facebook.com/profile.php?id ... 83&sk=wall

Fuente: http://www.aytolardero.org



De todas maneras, el RC de Lardero no puede hacer ninguna inscripción de nacimiento sin tener la autorización del Juzgado Encargado de su partido judicial, que es el de Logroño.
El RC de Oviedo debió remitir la documentación al de Logroño, que es el que tiene que acordar que se practique la inscripción y notificarle esa resolución a las personas que iniciaron el procedimiento.
Una vez pasado el plazo que permite recurrir esa resolución, se dicta la firmeza y se remite al RC de Lardero para que haga la inscripción.

Por lo que cuentas, aún no está dictada ni la resolución por parte del RC de Logroño.
Habría que saber primero si el RC de Oviedo remitió la documentación al de Logroño y entonces sería con éste con el que habría que contactar (más que con el de Lardero) para saber en qué situación se encuentra .

En este tema encuentras un enlace a las direcciones y teléfonos de los RC de España

Re: RC de Lardero: Inscripción de nacimiento fuera de Plazo

Publicado: 10 Ene 2015, 19:35
por Usuario borrado 7560
Muchas gracias Kárbiko. Un par de consultas adicionales por favor:

1. Cuando he llamado telefónicamente, no me han querido dar la información por NO ser el titular. El titular es mi hermana. ¿Puede ella darme un poder legalizado en el Consulado de España de Lima para yo hacer seguimiento a esta inscripción y solicitar respuesta? Hago esta pregunta sobre la base de esta anotación que leí en la Hoja Declaratoria de Datos:

NOTA: Se admite la presentación de títulos para la inscripción por terceras personas. No obstante el Registro Civil no está obligado a mantener correspondencia ni a informar a los mismos, salvo que estuvieran apoderados por escrito.

2. Habiendo enviado el expediente directamente al RC de Lardero, ¿qué me sugieres hacer?. ¿Explicar en la medida de lo posible lo comentado al RC de Oviedo o al RC de Lardero?

Muchas gracias!

-- 11 Ene 2015, 10:53 --

Entiendo que el expediente fue enviado directamente al RC de Lardero, ya que el RC de Oviedo respondió en mayo del 2014, por email a mi hermana:
"Registro Civil registrocivil.oviedo" <registrocivil.oviedo@justicia.es> wrote:


BUENAS. EN RELACIÓN AL EXPEDIENTE QUE INICIASTE EN ESTE REGISTRO CIVIL CON EL NÚMERO XXX/XX, NO TE HE INFORMADO ANTES PORQUE NO CONSIGO PONERME EN CONTACTO CON EL REGISTRO CIVIL DE LARDERO, CON TELÉFONO 941449100.
LES VOY A MANDAR UN OFICIO RECORDATORIO PARA QUE ME CONTESTEN Y TE INFORMARÉ EN CUANTO REMITAN COMUNICACIÓN.
-- 11 Ene 2015, 10:55 --

¿Existe algún modelo de Poder Notarial de Representación, que me pueda otorgar mi hermana para hacer seguimiento a esta solicitud, dado que estaré estudiando en España a partir del próximo mes? Gracias nuevamente.

-- 24 Feb 2015, 13:35 --

Buenos días Kárbiko,

Ya se procedió con la inscripción de nacimiento fuera de plazo de mi bisabuelo en el RC de Lardero.

Ahora deseo realizar la inscripción de nacimiento fuera de plazo de mi abuela, nacida en Perú, en el RC Central de Madrid.

Puedo solicitarla en el Consulado de España de Lima, ciudad donde resido ahora, o en el Consulado de España de Londres, ciudad donde donde voy a residir dentro de un mes como ciudadano italiano.

Inicialmente pensé en solicitarla como residente en Londres, ya que entiendo que los Consulados de España en Europa son más eficientes. Sin embargo, tratándose de una inscripción de nacimiento fuera de plazo POR TRANSCRIPCIÓN DE ASIENTOS REALIZADOS EN REGISTROS CIVILES PERUANOS, entendería que el Consulado de Londres remitiría en primer lugar, esta documentación al Consulado de Lima para la verificación de estos asientos peruanos, y Lima finalmente remitiría a Madrid.

Concluí entonces que sería mejor presentar mi solicitud en Lima, a menos que Londres remita esta documentación en primer lugar al RC Central de Madrid, y Madrid finalmente informaría a Lima.

Te agradeceré por favor Kárbico me comentes cual sería la ruta que tomaría esta documentación de presentarse en Londres.

Muchísimas gracias.

Re: RC de Lardero: Inscripción de nacimiento fuera de Plazo

Publicado: 24 Feb 2015, 16:29
por kárbiko
Salvo que residas en España, en cuyo caso la documentación la calificará el RC Central (y en su caso, practicará la inscripción) en cualquier otro lugar donde la presentes, se remitirá al RC del Consulado de Lima, para que éste sea el que califique la documentación y, en su caso, proceda a practicar la inscripción de nacimiento solicitada.

Entonces, si la presentas en Lima, ya estará la documentación ahí...., mientras que si la presentases en Londres, tendrán aún que remitírsela, comenzando el proceso más tarde.

Re: RC de Lardero: Inscripción de nacimiento fuera de Plazo

Publicado: 24 Feb 2015, 16:35
por Javier2749c
Si tu hermana sigue residiendo en España, es probable que sea mejor idea la de instar la inscripción allí y de ese modo evitar el RC consular de Lima.

Re: RC de Lardero: Inscripción de nacimiento fuera de Plazo

Publicado: 24 Feb 2015, 22:39
por Usuario borrado 7560
Muchas gracias kárbico y Javier2749c.

Re: RC de Lardero: Inscripción de nacimiento fuera de Plazo

Publicado: 24 Feb 2015, 22:53
por Javier2749c
Recuerda que deben de justificar el interés particular en obtener la inscripción, que en el caso de tu hermana puede ser demostrar que es nieta de una persona originariamente española a los efectos de beneficiarse del plazo reducido de residencia en el expediente de nacionalidad, por ejemplo.

Re: RC de Lardero: Inscripción de nacimiento fuera de Plazo

Publicado: 26 Feb 2015, 06:35
por Usuario borrado 7560
Estimado Javier2749c,

Muchas gracias por la indicación. Esa es justamente la razón por la cual estoy inscribiendo a mi abuela. No tengo planes de vivir en España y mi hermana ya no reside ahí, pero creo conveniente dejar la puerta abierta por si se llegara a dar el caso en el futuro ya que soy italiano de nacimiento lo cual me facilita el residir en España.

Cuento con 2 alternativas: Londres, donde radicaré a partir de Abril, o Lima. Pensaba ingresar la documentación en Londres como ciudadano italiano residente en UK, quizás sea tomada con mayor consideración cuando llegue a Lima, que presentándola en Lima como ciudadano peruano.

Siendo italiano de nacimiento, la posibilidad de adquisición de la nacionalidad española tiene para mi un fuerte valor sentimental debido a los lazos afectivos con mi abuela.

Te agradezco nuevamente por la orientación recibida.

Re: RC de Lardero: Inscripción de nacimiento fuera de Plazo

Publicado: 26 Feb 2015, 11:01
por Javier2749c
No sabría responderte. Lo que sí sé es que afortunadamente el encargado del RC consular de Lima ya no es más el Sr. Xavier Martí.
El actual no puede ser peor.

Re: RC de Lardero: Inscripción de nacimiento fuera de Plazo

Publicado: 27 Feb 2015, 16:15
por Usuario borrado 7560
Muchas gracias Javier2749c.

-- 28 Feb 2015, 20:37 --

Estimados kárbiko y Javier2749c,

En la solicitud de inscripción fuera de plazo del nacimiento de mi abuela, les agradeceré por favor su orientación si debiera también solicitar se inscriba anotación al margen de la pérdida de su nacionalidad española.

De acuerdo al Código Civil en su redacción originaria, mi abuela perdió su nacionalidad española por matrimonio con ciudadano peruano en 1942. De otro lado, tengo entendido igualmente la habría perdido por asentimiento voluntario de su nacionalidad peruana por ius solis, al alcanzar su mayoría de edad también ese mismo año dos meses antes de su matrimonio, y no realizar acción alguna como ciudadana española.

En caso me sugirieran solicitar la anotación al margen de la pérdida de su nacionalidad española, les agradecería también me indiquen por cual de los dos motivos solicitarla.

Muchas gracias.

Re: RC de Lardero: Inscripción de nacimiento fuera de Plazo

Publicado: 01 Mar 2015, 13:20
por Javier2749c
No creo que tenga demasiada importancia. A ustedes les interesa simplemente la inscripción y que conste como nacida de padre español.

Re: RC de Lardero: Inscripción de nacimiento fuera de Plazo

Publicado: 02 Mar 2015, 04:35
por Usuario borrado 7560
Javier2749c, gracias, no solicitaré se inscriba la pérdida entonces.

Tengo una última consulta, ¿es necesario presentar un Certificado Negativo de Inscripción de Nacimiento en el Registro Civil Central, tratándose de un español de origen nacido en Perú?

Gracias.

Re: RC de Lardero: Inscripción de nacimiento fuera de Plazo

Publicado: 02 Mar 2015, 13:03
por Javier2749c
En realidad el principal problema es que en los consulados no suelen inscribir a los españoles que fallecieron sin recuperar la nacionalidad, es decir que fallecieron como extranjeros. Todo ello a pesar de decenas de resoluciones de la DGRN estimando los recursos.

Re: RC de Lardero: Inscripción de nacimiento fuera de Plazo

Publicado: 02 Mar 2015, 16:10
por Javier2749c
acuariano2012 escribió:Javier2749c, gracias, no solicitaré se inscriba la pérdida entonces.

Tengo una última consulta, ¿es necesario presentar un Certificado Negativo de Inscripción de Nacimiento en el Registro Civil Central, tratándose de un español de origen nacido en Perú?

Gracias.
Art. 311.
En la solicitud para la inscripción fuera de plazo se expresará que, realizada la investigación oportuna, no se ha encontrado inscripción de nacimiento o se presentará la correspondiente certificación negativa.

Art. 312.
En el expediente se investigará por las pruebas presentadas o de oficio:
1.º Que no hay previa inscripción de nacimiento.

Re: RC de Lardero: Inscripción de nacimiento fuera de Plazo

Publicado: 02 Mar 2015, 20:31
por Usuario borrado 7560
Estimado Javier2749c,

La inscripción de mi bisabuelo se promovió mediante expediente gubernativo de inscripción de nacimiento fuera de plazo debido a que su nacimiento nunca se inscribió en Registro Civil alguno, ni nacional ni extranjero.

Entiendo que la inscripción de nacimiento de mi abuela puede promoverse sin necesidad de dicho expediente, mediante certificación del asiento extendido en el Registro Civil peruano. Corrígeme por favor si me equivoco.

¿La certificación del asiento extendido en registros extranjeros, es otra modalidad de la inscripción de nacimiento fuera de plazo además del expediente gubernativo?

Fuente:
http://www.mjusticia.gob.es/cs/Satellit ... nacimiento

Re: RC de Lardero: Inscripción de nacimiento fuera de Plazo

Publicado: 02 Mar 2015, 21:35
por Javier2749c
Si, se puede inscribir sin necesidad de expediente, si la persona está inscrita en un registro extranjero.

Simplemente cumplo con informarte que, en la mayoría de los registros civiles consulares tienen la política (porque no se le puede llamar idea) de que no se debe de inscribir a una persona que falleció sin ostentar la nacionalidad española.
Aunque mi información puede no ser válida para Lima, ya que ha cambiado el encargado en forma reciente.

Si tu solicitud es denegada, podrás presentar recurso y el mismo será estimado...dentro de 4 años.

Que tengas suerte.

Re: RC de Lardero: Inscripción de nacimiento fuera de Plazo

Publicado: 03 Mar 2015, 03:01
por Usuario borrado 7560
Javier2749c,

¿Esta inscripción por certificación de asientos extranjeros es también una modalidad de inscripción fuera de plazo?, ¿o fuera de plazo equivale solamente a expediente gubernativo?

De otro lado entiendo lo que me explicas, me dejas pensando que quizás sería mejor no promover la inscripción de mi abuela a menos que yo o mi hermana vayamos a residir a España en algún momento. Finalmente, si hoy en día el Registro Civil Central toma menos de un año en realizar estas inscripciones, podría ser lo más inteligente.

Sobre el recurso, ¿cuánto tiempo se tiene para presentarlo?, sería bueno imagino guardar un cargo de lo presentado en el Consulado para ello, además de presentar nuevamente toda la documentación recién emitida verdad?

Muchas gracias por todo Javier.

-- 03 Mar 2015, 03:17 --

Javier2749c,

Yéndome a otro extremo, ¿que se requiere para hacer la presentación personalmente, en el Registro Civil Central de Madrid?

Estaba pensando previo a fijar residencia en Londres, viajar a Madrid, inscribirme en el Registro de Ciudadanos de la Unión con recursos propios (inversiones en metal), y presentar el expediente en el Registro Civil Central de Madrid con el Certificado de Registro de Ciudadano de la Unión (tarjeta verde que incluye el NIE).

¿Me sería permitido, o además me pedirían otros requisitos como el empadronamiento? Desconozco el tiempo que tome empadronarse en Madrid.

Muchas gracias Javier2749c!

Re: RC de Lardero: Inscripción de nacimiento fuera de Plazo

Publicado: 03 Mar 2015, 13:06
por Javier2749c
No precisas permiso de residencia, sino estar empadronado.
Aunque como dices, si alguna vez vas a residir en España, podrías solicitar la inscripción mientras transcurre el plazo de residencia necesario.

Re: RC de Lardero: Inscripción de nacimiento fuera de Plazo

Publicado: 03 Mar 2015, 17:23
por Usuario borrado 7560
Estimado Javier2749c,

Me queda claro. Tengo tíos muy cercanos en Madrid con quienes me sería muy fácil empadronarme. Entonces lo haré así, viajaré a Madrid, me empadrono, presento el expediente en el RC Central de Madrid y parto a Londres.

No veo el esperar si algún día residimos en España porque estas cosas deben hacerse en su momento, en cuanto es posible y todo está a favor. El futuro es incierto.

Muchas gracias por toda tu ayuda.

-- 04 Mar 2015, 11:33 --

Estimado Javier2749c,

He seguido la legislación en materia de nacionalidad española desde el Código Civil en su redacción originaria de 1889, pasando por todas y cada una de sus modificaciones, incluyendo la doctrina del asentimiento voluntario y disparatadas resoluciones de la DGRN, hasta la fecha, incluyendo la Ley de Memoria Histórica. Quizás movido por un sentimiento de pertenencia de un lado, de justicia de otro y definitivamente, vocacional. Esto lo realicé a la par cuando luchaba por mi nacionalidad italiana por ius sanguinis, la cual me tomó 12 años hacerla efectiva. Sin embargo y de igual manera, conocí todas sus leyes, desde la Ley inicial de Ciudadanía de 1912, pasando por la Constitución de 1950, hasta la Ley actual de Ciudadanía de 1992.

Te escribe así un nieto de ciudadana italiana por línea materna.

Es clara la similitud de las leyes en materia de nacionalidad en Italia y España, respecto a la pérdida de la nacionalidad de las ciudadanas casadas con extranjeros. Siendo nieto de ciudadana española de origen por línea paterna y de ciudadana italiana por nacimiento por línea materna, me ha permitido verificar ambos frentes, corroborando similares paralelismos:

CC redacción originaria de 1889:
Art. 22: La mujer casada sigue la condición y nacionalidad de su marido.

Ley de Ciudadanía Italiana de 1912:
Art. 10: La mujer italiana no puede asumir una ciudadanía distinta que la del marido. La mujer italiana que se case con un extranjero pierde la ciudadanía, siempre que el marido posea una nacionalidad que por el hecho del matrimonio se la derive.

Entendería que en ambos países, el legislador pensaba en ciudadanas casadas con extranjeros cuyos países les otorguen la nacionalidad de manera automática por el hecho del matrimonio. Así, en los hijos de emigrantes italianos, por ejemplo, una mujer italiana nacida en Perú, no perdía su nacionalidad italiana por casarse con peruano, porque el matrimonio no le estaba derivando la nacionalidad peruana que ya tenía por ius soli. ¿Crees que la intención del legislador español en estos artículos, fue la misma que la del italiano?

Volviendo a los hijos de emigrantes españoles:
¿Qué sucede entonces cuando la mujer casada ya tenía la nacionalidad del marido por ius soli, es decir, que no se la otorgó el marido?
La interpretación actual es que la pierde igualmente, sino me equivoco. Pero las interpretaciones españolas lo sé y digo con mucha pena, carecen de todo sentido común.

Aún si esta ciudadana conservara su nacionalidad española porque el marido no le derivó nacionalidad alguna por el hecho del matrimonio, caería la doctrina del asentimiento voluntario para quitársela.

¿Es posible recurrir al Tribunal Supremo de España respecto a la ilegítima interpretación de las leyes en casos como este, incluyendo además la ilegitimidad del asentimiento voluntario? Sé y entiendo Javier que este tema está por demás desgastado, he revisado casi todos los post al respecto de este foro y el de HyN, pero aún con todo nadie se ha presentado al Tribunal Supremo a lucharlo lo cual generaría jurisprudencia.

Si no te va volver sobre este tema no hay problema, ya que estoy saliendo ahora sí completamente fuera del tema original.

Re: RC de Lardero: Inscripción de nacimiento fuera de Plazo

Publicado: 04 Mar 2015, 21:28
por Javier2749c
Si te refieres a la nacionalidad de la mujer española durante la vigencia del CC originario, es decir hasta la ley de 15 de julio de 1954, la aplicación era estricta. La española que se casaba con un extranjero dejaba de ser considerada española, aunque no adquiriera efectivamente la nacionalidad del esposo. En ese caso quedaba en condición de apátrida

En cuanto a la aplicación de la doctrina del asentimiento voluntario, desconozco qué tipo de jurisprudencia existe.

Creo que la gente reclama siempre en el ámbito administrativo por ser gratuito.

Re: RC de Lardero: Inscripción de nacimiento fuera de Plazo

Publicado: 04 Mar 2015, 22:23
por cenv
acuariano2012 escribió:¿Es posible recurrir al Tribunal Supremo de España respecto a la ilegítima interpretación de las leyes en casos como este, incluyendo además la ilegitimidad del asentimiento voluntario? Sé y entiendo Javier que este tema está por demás desgastado
Por qué dices que el tema está desgastado? Tu mismo dices:
acuariano2012 escribió: nadie se ha presentado al Tribunal Supremo a lucharlo lo cual generaría jurisprudencia
Imposible que esté desgastado si nadie ni siquiera se ha molestado en acudir a la justicia sobre el tema y mucho menos hasta el Tribunal Supremo. Ojalá alguien lo hiciera ya que es absolutamente obvio que lo del "asentimiento voluntario" es ilegal e incongruente con todos los artículos del código civil en materia de nacionalidad, en especial desde el Código Civil de 1954, y la DGRN no tiene ninguna capacidad para legislar.

El asunto es que la gran mayoría de descendientes de españoles logran obtener la nacionalidad de una u otra manera (así sea por residencia) y por lo tanto no se molestan en utilizar la justicia para rectificar esa doctrina ilegal. Por otro lado, los empleados de los registros civiles, aún si entendieran la ilegalidad e incongruencia del "asentimiento voluntario" no pueden hacer nada en contra porque deben seguir todo lo que dice la DGRN, sea o no legal.

Re: RC de Lardero: Inscripción de nacimiento fuera de Plazo

Publicado: 05 Mar 2015, 07:49
por Usuario borrado 7560
Javier 2749c,

Tienes razón. Sobretodo porque posteriormente el Código Civil en su redacción de 1954 establece que la española casada con extranjero pierde su nacionalidad si adquiere la del marido. Entendería que esta adquisición podría darse por ius soli, naturalización o por matrimonio. No especifica que se refiera solamente cuando la adquiera automáticamente por matrimonio.

cenv,

En Italia se llevó al Tribunal Supremo o Corte de Casación el asunto de la discriminación en las mujeres (pérdida de nacionalidad al casarse con extranjero) previo a la Constitución de 1950, se ganó y sentó jurisprudencia. Hoy en día cualquier cualquier hijo de italiana nacido antes de 1950 puede solicitar se reconozca su nacionalidad por la vía judicial en la cual son estimados el 100% de los casos. En Italia solo corregía la discriminación de Ley de Nacionalidad de 1912, pero en España existen varias redacciones del Código Civil en materia de Nacionalidad previas a la Constitución de 1978 y se iría en contra de todas y cada una de ellas. ¿Habría posibilidad de corregir la discriminación contra la mujer en el Tribunal Supremo? Pregunto por lo que la ley no es retroactiva, pero aún así en Italia ya se hizo y se ganó. Y si adicionamos también lo del asentimiento voluntario seria un caso por demás interesante, aunque no se si estimado. Revisaré el caso presentado en la Corte de Casación Italiana, puede tenga algunas luces para hacerlo en España.

Re: RC de Lardero: Inscripción de nacimiento fuera de Plazo

Publicado: 05 Mar 2015, 11:49
por roberto
acuariano2012 escribió: ... pero aún con todo nadie se ha presentado al Tribunal Supremo a lucharlo lo cual generaría jurisprudencia.
hasta dónde yo sé, una sola sentencia no genera jurisprudencia y ésta no es vinculante, ni la jurisprudencia del T.S. es de obligado cumplimiento.

por otro lado, como vía alternativa, estaría el recurso de casación por interés de ley y solo están legitimados para interponerlo, el Ministerio Fiscal así como las Administraciones públicas que tengan interés legítimo, en caso de doctrina gravemente dañosa para el interés general, y sin que afecte a la situación particular derivada de la sentencia recurrida.

Re: RC de Lardero: Inscripción de nacimiento fuera de Plazo

Publicado: 05 Mar 2015, 17:30
por cenv
acuariano2012 escribió:¿Habría posibilidad de corregir la discriminación contra la mujer en el Tribunal Supremo? Pregunto por lo que la ley no es retroactiva, pero aún así en Italia ya se hizo y se ganó. Y si adicionamos también lo del asentimiento voluntario seria un caso por demás interesante, aunque no se si estimado
Yo veo la posibilidad de ganar un caso contra el asentimiento voluntario incluso más fácil que el de la discriminación contra la mujer, precisamente por el asunto de la irretroactividad de las leyes. El asentimiento voluntario nunca ha estado establecido por ningún artículo del Código Civil y de hecho es incongruente con ellos (en mi opinión sobre todo desde 1954), mientras que la discriminación contra la mujer solo es ilegal desde hace poco.

Aunque claro, si realmente tomaran en serio la inconstitucionalidad de la discriminación contra la mujer no veo por qué no se pueda aplicar retroactivamente, igual que lo han hecho en Italia.
roberto escribió:hasta dónde yo sé, una sola sentencia no genera jurisprudencia y ésta no es vinculante, ni la jurisprudencia del T.S. es de obligado cumplimiento
http://es.wikipedia.org/wiki/Jurisprudencia#Espa.C3.B1a
Al parecer una sola sentencia sirve solo de precedente, y dos sí ya de jurisprudencia.

Además está siempre el artículo 14 de la Constitución, por lo que sería un poco absurdo 2 sentencias diferentes sobre situaciones iguales. Aunque no me sorprendería, la DGRN lo hace bastante frecuentemente con sus resoluciones icon_lol

Re: RC de Lardero: Inscripción de nacimiento fuera de Plazo

Publicado: 05 Mar 2015, 19:43
por Usuario borrado 7560
Estimado cenv,

Perdona la ignorancia, me comentas que desde hace poco es ilegal la discriminación contra la mujer. ¿Desde cuando y de qué manera se ha declarado ilegal?

-- 05 Mar 2015, 21:00 --

Pensando en armar el caso para el T.S. de ilegalidad en la discriminación contra la mujer y del asentimiento voluntario, solicitando la inscripción de nacimiento de mi padre como nacido originariamente español en el extranjero, hijo de madre originariamente española también nacida en el extranjero, y casada con extranjero (ella de padre originariamente español nacido en España):

Suponiendo que el T.S. me de la razón respecto a la ilegalidad de ambos asuntos, y mi padre hubiera nacido originariamente español cumpliendo su mayoría de edad en 1966 (vigencia CC redacción 1954), ¿perdía su nacionalidad en 1967 por no haber declarado la voluntad de conservarla en el plazo de un año a contar desde su mayoría de edad?, o ¿el hecho de estar sujeto a servicio militar en periodo activo extendía la pérdida hasta el primer día en que cumpliera 38 años de edad, esto es, 1986?

Lo pregunto para saber hasta donde se extendería la nacionalidad española en caso de llevar el caso al T.S., ya que de un lado nací en 1980, y el Art. 25 del CC en su redacción de 1982 establece que no perderá el hijo la nacionalidad española porque quien ejerza la patria potestad la pierda, y de otro, cumplí mayoría de edad en 1998, durante la vigencia del CC en su redacción de 1996 el cual aún no exigía la declaración de voluntad de conservar la nacionalidad a los españoles nacidos en el extranjero, hijos a su vez de españoles también nacidos en el extranjero, cuya exigencia inicia nuevamente en su redacción actual del 2002.

Muchas gracias.

-- 05 Mar 2015, 21:33 --

De acuerdo al CC redacción 1954, creo que la no pérdida de nacionalidad hasta el primer día del cumplimiento de los 38 años de edad por encontrarse en servicio militar activo aplica solo al causal de pérdida del Art. 22, y no al del Art. 26, por lo cual concluiría que (bajo este supuesto caso en que el T.S. me diera la razón en ilegalidad de discriminación contra la mujer y asentimiento voluntario), mi padre perdería su nacionalidad en 1967, un año después de cumplir su mayoría de edad al no declarar su voluntad de conservarla.

Re: RC de Lardero: Inscripción de nacimiento fuera de Plazo

Publicado: 05 Mar 2015, 23:18
por Javier2749c
Sobre la fecha del asentimiento voluntario se da otro de los disparates a las que nos tiene acostumbrados la DGRN.
Suelen interpretar que el nacido en el extranjero de padre español y que ostentaba otra nacionalidad perdía la nacionalidad española el dia en que cumplía la mayoría de edad. Es decir que un instante antes de su cumpleaños era español por dependencia familiar, por estar bajo la patria potestad de un español.
Un instante más tarde cumplía la mayoría de edad y perdía la nacionalidad. Happy Birthday to you.
O sea que ni siquiera suelen reconocer que tenía un plazo de año para que dicha pérdida surtiera efecto.

Re: RC de Lardero: Inscripción de nacimiento fuera de Plazo

Publicado: 06 Mar 2015, 06:56
por Usuario borrado 7560
Jaja gracias Javier2749c.

Re: RC de Lardero: Inscripción de nacimiento fuera de Plazo

Publicado: 09 Mar 2015, 01:49
por cenv
acuariano2012 escribió:me comentas que desde hace poco es ilegal la discriminación contra la mujer. ¿Desde cuando y de qué manera se ha declarado ilegal?
Hasta la reforma del Código Civil en 1975, la mujer española perdía automáticamente la nacionalidad, tuviera o no otra, por el simple hecho de casarse con extranjero. (Aunque desde la ley de 15 de julio de 1954, solamente la perdía si efectivamente adquiría la del esposo)

Una extranjera casada con español, también adquiría automáticamente la nacionalidad española del esposo. Pero en 1975 le quitaron automáticamente la nacionalidad a todas estas españolas por matrimonio si no se habían documentado como tales. Sin embargo no se la devolvieron automáticamente a todas las españolas casadas con extranjero, a pesar de que nunca fue su voluntad perderla, tenían que hacer los trámites para recuperarla.

Desde 1982, retroactivo a la fecha de entrada en vigor de la Constitución (1978) la mujer transmite su nacionalidad a sus hijos al igual que siempre lo habían hecho los hombres españoles.

También con la Constitución de 1931 (en vigor hasta 1939) la mujer española transmitía la nacionalidad a sus hijos. Pero no se si esto es visto así en los Registros Civiles, es decir, que todos los hijos de madre española y padre extranjero nacidos entre esas fechas sean españoles de origen.

Re: RC de Lardero: Inscripción de nacimiento fuera de Plazo

Publicado: 15 Mar 2015, 04:27
por Usuario borrado 7560
Muchas gracias por la explicación tan detallada cenv, me quedo clarísimo. Un saludo.

-- 15 Mar 2015, 06:10 --

Estimados Javier2749c/kárbiko/cenv,

En caso de establecer residencia en España mediante inscripción en el Registro de Extranjeros como Ciudadano de la Unión, como Ciudadano Italiano con recursos suficientes y seguro de enfermedad:

¿Cuánto tiempo puedo salir de España sin que se extinga la residencia temporal como Ciudadano de la Unión?
¿De manera que pueda solicitar la Nacionalidad con un año de residencia ininterrumpido como nieto de abuela originariamente española?

Muchísimas gracias.

Re: RC de Lardero: Inscripción de nacimiento fuera de Plazo

Publicado: 27 Dic 2015, 11:07
por Usuario borrado 7560
Hola Kárbiko, en el mensaje adjunto me comentaste:
kárbiko 24 Feb 2015, 17:29 escribió:
Salvo que residas en España, en cuyo caso la documentación la calificará el RC Central (y en su caso, practicará la inscripción) en cualquier otro lugar donde la presentes, se remitirá al RC del Consulado de Lima, para que éste sea el que califique la documentación y, en su caso, proceda a practicar la inscripción de nacimiento solicitada."
Encontrándome empadronado en cualquier lugar de España que NO sea Madrid y presentando la documentación en cualquier Registro Civil dentro de España que NO sea el RC de Madrid, ¿la documentación sería enviada al RC de Madrid, o tendría que estar empadronado en Madrid para este efecto?

Gracias!

Re: RC de Lardero: Inscripción de nacimiento fuera de Plazo

Publicado: 27 Dic 2015, 14:50
por kárbiko
Tenemos claro que primero hay que demostrar que en el momento del nacimiento de tu abuela, su padre (tu bisabuelo) seguía siendo español.
Ese es un requisito para poder hacer la inscripción en el RC correspondiente al lugar donde nació la persona que se pretende inscribir.

Bien, entonces, ya sabemos que el lugar donde nació es en Perú, y por tanto una vez fuera autorizada, la inscripción se practicara en el RC del Consulado de España en Lima si el promotor no reside EN NINGÚN MUNICIPIO DE ESPAÑA o en el Registro Civil Central, al que le remitirán la documentación desde el RC del domicilio del promotor.

O sea, que si resides en cualquier parte de España --> Central
Si resides en cualquier país extranjero --> Consulado en Lima

Re: RC de Lardero: Inscripción de nacimiento fuera de Plazo

Publicado: 27 Dic 2015, 23:04
por Usuario borrado 7560
Muchas gracias Kárbiko!