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Exequator con inscripción previa en consulado ?

Publicado: 17 Abr 2015, 18:25
por uncleale
Hola

Ya estoy harto confundido con lo que leo en todos lados y los abogados que consulto no parecen tener muy claro el tema

Mi situacion :
Tengo Nacionalidad española
Contraje matrimonio en Argentina, con connyuge Argetina
Incribi mi matrimonio en españa, este tramite lo hice en españa y quedo incripto en el registro civil central de Mandrid Montera 18

Me divorcie en Argentina, y necesito inscribir mi Divorcio en españa
segun el consulado Español en Argentina, deberia hacer una anotacion marginal en mi inscription de matrimonio
http://www.cgeonline.com.ar/2/faq/faq-P ... en-85.html
" Sólo después de haber obtenido la certificación literal de su matrimonio con la anotación marginal “meramente informativa” de divorcio, podrá usted promover el exequátur de la sentencia extranjera de su divorcio ante un Juzgado de Primera Instancia en España."

a los Abogado que consulte en España no estan al dia de esto y se sorprenden cuando lo comento, lo cual me parece normal, ya que es un caso bastante particular

Pido ayuda ya que me gustaria temrinar la inscripcion lo antes posible, y hacer el tramite una sola vez y bien. :)

Temas grises (al menos para mi) :
El consulado habla de "Matrimonio dentro de esta demarcacion"
nunca entendere si habla de Donde lo inscribi (fue en Madrid) o donde ocurrio el matrimonio, que fue en argentina y esa es su area de competencia...


Estoy muy perdido y no se si debo o no debo hacer el tramite intermedio que pide el consulado

http://www.cgeonline.com.ar/2/faq/pregu ... onios.html

Este vendria siendo mi caso particular...
http://www.cgeonline.com.ar/2/faq/faq-C ... -v-86.html

alguien me puede orientar por favor ?
Desde ya muchas gracias

Re: Exequator con inscripción previa en consulado ?

Publicado: 17 Abr 2015, 19:18
por kárbiko
Necesitas un abogado y procurador en España, para presentar el correspondiente exequátur y cuando esté reconocida que la sentencia extranjera cumple los requisitos de la legislación española, entonces el Juzgado que lo ha tramitado remitirá un testimonio de la resolución y la sentencia al Registro Civil Central para que inscriban esa sentencia de disolución del matrimonio.

Para ello es necesario que al iniciar el procedimiento se presente certificado literal de esa inscripción de matrimonio.