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Modelo 790: ¿Debe cumplimentarlos el RC o sólo entregar el modelo?

Publicado: 02 Abr 2009, 18:33
por jorome
Ya sólo faltaba eso a los Registros Civiles!
Lo que quiero plantear es la siguiente consulta: ¿están obligados los Registros Civiles a cumplimentar esos impresos o simplemente deben librar el modelo, cuando se solicita?
La mayori­a de la gente de la calle no tiene acceso a Internet y cuando les dices que deben consultarlo en Internet (especialmente cuanti­a de las tasas, etc.) se te quedan mirando con una cara como diciendo ¿de qué me habla?. Pues nada, a dar negocio a las Gestori­as!
Inicialmente con el cuestionario facilitábamos una fotocopia de la información que apareci­a en Internet pero a la vista de que cambiaban el importe de las tasas con demasiada asiduidad dejamos de hacerlo porque confundi­amos al ciudadano, con la intención de facilitarle las cosas.

Saludos a tod@s,
jorome.

Re: Modelo 790

Publicado: 05 Abr 2009, 19:51
por isidroping
Sólo tenemos obligación de entregarlos, cuando los mandarón por primera iba adjunta una hoja de información en la que constaban las tasas, se que al principio del 2008 mandarón nueva hoja de información donde constaba el importe de las tasas para el año 2008.

Re: Modelo 790: ¿Debe cumplimentarlos el RC o sólo entregar el modelo?

Publicado: 04 Dic 2011, 13:05
por kárbiko
Yo modifiqué el importe a pagar y sigo entregándolo junto a las instrucciones muy sencillas y aclaratorias paso a paso....

Y si aún asi­ no...... pueses,.... las gestori­as tienen que vivir de algo.....¿no? Ya bastante tengo con el auxilio