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La ley de concesión de la nacionalidad española a los sefardíes, presentada como la reparación histórica a los judíos expulsados de Sefarad (España) hace 524 años, corre el riesgo de saldarse con un fiasco. Como lo fue el decreto de Primo de Ruvera al que en los años veinte del pasado siglo solo se acogieron 3.000 sefardíes. Desde la entrada en vigor de la nueva ley, el 1 de octubre de 2015, solo una persona ha obtenido la nacionalidad española en base a la misma, mientras que las socilicitudes son 2.424, muy lejos de las decenas de miles previstas.
“Puede haber hasta medio millón de personas que puedan considerarse sefardíes en el mundo, pero parece que menos de 100.000 acabarán solicitando finalmente el pasaporte español”, declaraba en enero pasado a EL PAÍS el director de la Unión Sefardí Mundial, José Benarroch. Sus cálculos parecían avalados por la avalancha de peticiones de información que recibieron los consulados españoles, especialmente en Israel, cuando se anunció que España estaba dispuesta a reparar la injusticia histórica cometida con los judíos que fueron expulsados de Castilla y Aragón por los Reyes Católicos en 1492 y se dispersaron por el norte de África, los Balcanes o el Imperio Otomano.
Más de un año después de publicarse la ley y a los diez meses de su entrada en vigor, el 1 de octubre de 2015, solo 225 sefardíes residentes en Israel han solicitado el pasaporte español. Y la cifra total de peticiones es de 2.424, según datos del Ministerio de Justicia a 4 de agosto pasado.
Solo una nacionalidad ha sido concedida hasta ahora al amparo de la nueva ley y otros 256 expedientes están concluidos, mientras que los restantes se encuentran en trámite. Hay que tener en cuenta que la norma solo estará en vigor tres años, hasta el 1 de octubre de 2018, aunque el Consejo de Ministros podría prorrogarla por un año más.
La complejidad de los tramites que deben cumplimentar los aspirantes hace pensar que diez meses no es tiempo suficiente para hacer balance y que a medio plazo podrían multiplicarse las solicitudes, pero es seguro que, con los requisitos actuales,
difícilmente se alcanzará ni de lejos la cifra de entre 90.000 y 200.000 expedientes que llegó a citar el presidente de la Federación de Comunidades Judías de España, Isaac Querub.
La gran novedad de la reforma, promovida por el anterior ministro de Justicia Alberto Ruiz-Gallardón, fue la posibilidad de que los sefardíes accedieran a la nacionalidad española sin tener que renunciar a la de origen, algo hasta ahora reservado a los iberoamericanos. “¡Cuánto os hemos echado de menos!”, llegó a proclamar el rey Felipe VI, dirigiéndose a los sefardíes, tras sancionar la ley.
Las cifras son, sin embargo, mucho más modestas que las proclamas. En países donde residen decenas de miles de sefardíes, como Turquía o Marruecos, el número de solicitantes no llega al centenar. Ello se debe, según distintas fuentes, a la complejidad de los trámintes, tildados de farragosos y onerosos.
Para que acogerse a la ley hay que acreditar la condición de judío originario de España mediante un certificado expedido por el presidente de la Federación de Comunidades Judías de España o por el rabino del lugar de residencia, así como demostrar el uso del ladino o haketia como idioma familiar, aportar partida de nacimiento o cetificado matrimonial, informe motivado sobre la pertenencia de su apellido al linaje sefardí y cualquier otro documento que acredite vinculación con España. Obtener todos estos documentos no siempre es fácil, dada la diáspora del pueblo judío y la eliminación de familias enteras en la Shoá (Holocausto). Una vez conseguidos y debidamente traducidos y legalizados, deben remitirse a la Dirección General del Registro y el Notariado. A partir de ahí comienza un auténtico víacrucis, porque el solicitante debe viajar a España para comparecer personalmente, salvo excepciones, ante el notario designado, al que aportará los medios probatorios y la documentación exigida.
Los costes de tramitación pueden oscilar entre entre 3.000 y 5.000 euros, incluidas las tasas (100 euros), que se abonan aunque la solicituad no prospere. Además, los interesados deben superar un examen de español y una prueba de conocimiento de la Constitución y la realidad social y cultural españolas.
En estas condiciones, según los expertos, ni los sefardíes de mayor edad ni los de menores recursos económicos se decidirán a emprender la carrera de obstáculos que supone obtener la nacionalidad española. La nostalgia de Sefarád tira mucho, pero no tanto.
Desde el 1 de octubre de 2015, cuando entró en vigor la ley, el Gobierno ha concedido 4.522 nacionalidades a judíos sefardíes, pero la paradoja es que lo ha hecho al margen del texto legal.
El 29 de octubre pasado, el Consejo de Ministros otorgó 4.302 nacionalidades por carta de naturaleza, con el pretexto de que se trataba de personas que habían acreditado su condición de sefardí con anterioridad a la entrada en vigor de la ley.
Lo sorprendente es que el pasado 5 de agosto, 10 meses después de la entrada en vigor de la ley, recurrió de nuevo a este procedimiento excepcional para conceder otras 220 nacionalidades. En esta ocasión el Gobierno alegó que se trataba de solicitudes anteriores a la entrada en vigor de la ley que no se habían podido resolver antes “debido a razones operativas.