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Certificados de defunción: denegados para estudio de árbol genealógico

Publicado: 20 Abr 2009, 18:08
por José Luis
En primer lugar un saludo a todos en esta mi primera intervención.

En segundo lugar queri­a haceros una consulta sobre un caso que me dejado perplejo aunque quizás sea perfectamente normal.

Al solicitar en el Registro Civil de Santander cuatro certificados de defunción (abuelos maternos y paternos) el funcionario preguntó la razón de la solicitud, literalmente: "¿Para qué lo quiere?.

Al responder que deseaba iniciar el árbol genealógico de la familia me respondió muy amablemente que para eso no podi­a hacerlo.

No sé si esto es normal y por eso lo comento en este foro. Según me han informado en el MJU cada registro tiene su propio reglamento y, por último, quisiera saber donde podri­a encontrar el reglamento del Registro Civil de Santander.

Espero que este sea el lugar adecuado para mi consulta.

Un saludo

Re: Certificados de defunciones

Publicado: 20 Abr 2009, 18:18
por Ulver
BIMJ Nº 2022 (Suplemento):

"el interés en conocer los asientos se presume en quien solicita la certificación, como indica el arti­culo 17 del Reglamento del Registro Civil en desarrollo del arti­culo 6 de la Ley, pero también lo es que conforme al arti­culo 51 de la Ley del Registro Civil, no pueden manifestarse los asientos ni librarse certificación que contenga el dato de una filiación ilegi­tima o desconocida sino a las personas a quienes directamente afecte o, con autorización del Juez de Primera Instancia, a quienes justifiquen interés especial. Este principio legal limitativo fue desarrollado reglamentariamente por los arti­culos 21 y 22 del Reglamento del Registro Civil"

Por tanto, salvo hallarse las inscripciones cuyas certificaciones interesa en los supuestos excepcionales (casos de publicidad restringida) no existe razón para que no le expidan los certificados.
Yo solicitari­a que le atienda el titular registral (el Juez-Encargado) o el Secretario del Registro.

Re: Certificados de defunciones

Publicado: 20 Abr 2009, 19:31
por Jucrísvic
José Luis escribió:Según me han informado en el MJU cada registro tiene su propio reglamento y, por último, quisiera saber donde podri­a encontrar el reglamente del Registro Civil de Santander.
O lo has entendido mal o quien te ha atendido al teléfono en el MJU no se ha explicado bien: existe una única Ley y un único Reglamento del Registro Civil aplicable a TODOS los registros civiles españoles (incluidos los Consulares).
Otra cosa es el criterio de cada Juez Encargado (titular y responsable de su Registro Civil) sobre la cuestión de la publicidad registral.
En principio, con buenas maneras y sabiendo las fechas y lugar de las defunciones (o al menos fechas aproximadas) no veo motivo para que te denieguen esas certificaciones.

Re: Certificados de defunción: denegados para estudio de árbol g

Publicado: 21 Abr 2009, 00:13
por José Luis
Muchi­simas gracias.

En el MJU una señorita muy amable me indicó la fecha del reglamento del registro civil, creo recordar que de 14 de noviembre de 1958. Es posible que lo entendiese mal pero quedé convencido de que cada registro teni­a su propio reglamento además del de 1958.

Lo intentaré con el secretario del juzgado. Y por supuesto con buenas maneras, yo también soy funcionario aunque no del registro y conozco de primera mano lo complicado que es tratar con el público.

Muchi­simas gracias de nuevo por aclararme el caso.

Re: Certificados de defunción: denegados para estudio de árbol genealógico

Publicado: 04 Dic 2011, 13:06
por kárbiko

!
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[align=center]Y si te dice que no, que sea por escrito. Asi­ puedes recurrir esa resolución[/align]