¿Puedo obtener la nacionalidad de origen cuando la adquiera por residencia?
Publicado: 26 Feb 2018, 19:43
Hola, Soy nuevo por acá
Soy Hispanocostarricense (Esp-CR), Nacido en San José, CR, de ascendencia Gallega por Padre y mi madre Tica (costarricense) nacida en Salamanca, Esp.
No sé si esta consulta corresponde a la sección de nacionalidad en general o a la de ley de memoria histórica
En fin... si esta en el lugar indebido me disculpan
A la consulta (y un poco de historia), Mi bisabuelo ,gallego, de Ares (Coruña,1876), parte para CR con su hermano donde se hacen de familia (1900-1932)
Mi abuelo el 4to de 6 hijos nace en CR de padre español(1920), y todos sus hermanos son registrados de nacimiento en el consulado español de San josé, CR.
Por medio de la ley 52/07 GRAN numero de mi familia ha logrado recuperar la nacionalidad española, incluyendo mi padre, tíos, primos menores, etc.
Yo apliqué por medio de dicha ley, para ser mi petición denegada, ya que según el consulado/embajada no tengo vinculo con ningún español de origen, aparentemente no lograron encontrar la inscripcion de nac. de mi abuelo en el Registro consular pero si el de los hermanos. Yo tramitaba por mi abuelo.
El exp. de mi padre estaba en tramite todavía y el lo hizo por su abuelo ( mi Bisabuelo). Envié una apelación al DGRN en Madrid desde CR ( dure 4 años en recibir respuesta negativa con la razón de que era cierto que ciertamente no tenia vinculo con Esp. de origen, para ese entonces mi padre ya ostentaba la de el y eso lo aclaré en la apelación, la DGRN reviso el registro central de Madrid y mi padre no figuraba inscrito, osea, el consulado de Esp en CR nunca envió el Cert. de mi padre para inscripción a Madrid. Tuve que registrarlo yo ya viviendo en Madrid.
Así que esa oportunidad la perdí gracias al consulado...
Como tal me vine a vivir a Madrid (2013) para recuperar la nacionalidad por residencia que por derecho debería tener.
Someto expediente a tramite de nacionalidad por residencia por ser descendiente(2014), presentando documentos de nacimiento de linea sucesoria desde tatarabuelo (circa 1850), incluyendo el cert. de nacimiento de mi padre en el cual indica que ostenta nacionalidad de origen.
A fecha 29/09/17 entra en subdireccion y recibo num de R- y en estado de espera de informes preceptivos hasta el día de hoy.
Ahora la consulta...
Si se me concede por residencia, podré reclamar que se me reconozca lo de origen que se debate en esta proposición ( Ley Proposición de Ley en materia de concesión de la nacionalidad española a los descendientes nacidos en el extranjero de españoles. (122/000055)http://www.congreso.es/portal/page/port ... *.NDOC.%29 ) ? Que opinan?
Ya que siendo mayor de edad quedé por fuera, y tal cual mi hermano y muchos primos vs menores de edad que si la ostentan, nos han dividido la familia.
Gracias!
Soy Hispanocostarricense (Esp-CR), Nacido en San José, CR, de ascendencia Gallega por Padre y mi madre Tica (costarricense) nacida en Salamanca, Esp.
No sé si esta consulta corresponde a la sección de nacionalidad en general o a la de ley de memoria histórica
En fin... si esta en el lugar indebido me disculpan
A la consulta (y un poco de historia), Mi bisabuelo ,gallego, de Ares (Coruña,1876), parte para CR con su hermano donde se hacen de familia (1900-1932)
Mi abuelo el 4to de 6 hijos nace en CR de padre español(1920), y todos sus hermanos son registrados de nacimiento en el consulado español de San josé, CR.
Por medio de la ley 52/07 GRAN numero de mi familia ha logrado recuperar la nacionalidad española, incluyendo mi padre, tíos, primos menores, etc.
Yo apliqué por medio de dicha ley, para ser mi petición denegada, ya que según el consulado/embajada no tengo vinculo con ningún español de origen, aparentemente no lograron encontrar la inscripcion de nac. de mi abuelo en el Registro consular pero si el de los hermanos. Yo tramitaba por mi abuelo.
El exp. de mi padre estaba en tramite todavía y el lo hizo por su abuelo ( mi Bisabuelo). Envié una apelación al DGRN en Madrid desde CR ( dure 4 años en recibir respuesta negativa con la razón de que era cierto que ciertamente no tenia vinculo con Esp. de origen, para ese entonces mi padre ya ostentaba la de el y eso lo aclaré en la apelación, la DGRN reviso el registro central de Madrid y mi padre no figuraba inscrito, osea, el consulado de Esp en CR nunca envió el Cert. de mi padre para inscripción a Madrid. Tuve que registrarlo yo ya viviendo en Madrid.
Así que esa oportunidad la perdí gracias al consulado...
Como tal me vine a vivir a Madrid (2013) para recuperar la nacionalidad por residencia que por derecho debería tener.
Someto expediente a tramite de nacionalidad por residencia por ser descendiente(2014), presentando documentos de nacimiento de linea sucesoria desde tatarabuelo (circa 1850), incluyendo el cert. de nacimiento de mi padre en el cual indica que ostenta nacionalidad de origen.
A fecha 29/09/17 entra en subdireccion y recibo num de R- y en estado de espera de informes preceptivos hasta el día de hoy.
Ahora la consulta...
Si se me concede por residencia, podré reclamar que se me reconozca lo de origen que se debate en esta proposición ( Ley Proposición de Ley en materia de concesión de la nacionalidad española a los descendientes nacidos en el extranjero de españoles. (122/000055)http://www.congreso.es/portal/page/port ... *.NDOC.%29 ) ? Que opinan?
Ya que siendo mayor de edad quedé por fuera, y tal cual mi hermano y muchos primos vs menores de edad que si la ostentan, nos han dividido la familia.
Gracias!