Hola a todos,
A mi pareja le han concedido la nacionalidad con fecha 30.03.2009.
No he escrito los pasos de tramitación de su nacionalidad en el hilo correspondiente dado que éste es un caso totalmente atipico, pues solicitó la nacionalidad en el 2004 y no le ha sido concedida hasta ahora por muchas dificultades que se le han puesto en su camino, entre ellas una por un descuido del RC donde solicitó la nacionalidad, un pueblo de nuestra provincia.
Es un RC muy lento, pero aunque en él trabajan algunas personas muy agradables y eficientes, asi me consta por conversaciones telefónicas que he mantenido con ellos, nunca hemos tenido mucha suerte con quienes nos han atendido dos de las tres últimas veces que hemos acudido alli de forma presencial.
Hoy mismo vengo de haberle acompañado a este pueblo a recoger la citación para la Jura a la Constitución (nos dijeron por teléfono en distintas ocasiones que no sabian cuando iban a mandarnos la carta de citación a casa y que era mucho mejor y más rápido que fuésemos alli a recogerla); al llegar alli todo han sido dificultades, se negaban a todo, que si porque habiamos ido hasta allá, que si no podian darle una fotocopia de la partida de nacimiento que él entregó en 2004 y que consta en su expediente, que si no podian darle un justificante de asistencia al RC para justificar la ausencia a su trabajo...
Pero me ha extrañado una cosa, y de aqui viene mi primera pregunta:
PREGUNTA 1
El RC ya habia recibido el expediente de mi pareja desde la DGRN, junto a la carta de notificación de la concesión de la nacionalidad. Mi pareja también habia recibido una carta certificada, original, con la notificación de la concesión de la nacionalidad.
Cuando hemos enseñado la carta del DGRN a nombre de mi pareja se la han llevado y se han quedado el original y nos han dado, en su lugar, dos fotocopias, la de nuestra carta y la de la carta que recibieron ellos como notificación. Las fotocopias no están compulsadas. ¿Es esto normal y correcto?. Porque necesitan la carta original de concesión de la nacionalidad que recibió mi pareja, si va dirigida nominalmente a él?
PREGUNTA 2
Es tan lento este RC que no sé lo que tardaremos en tener la inscripción de nacimiento hecha para poder solicitar el DNI.
Alguien puede decirme si optar por la opción de que inscriba su nacimiento en el registro central (el de Madrid) y no en el de este pueblo, o en el de la ciudad donde vivimos, si es que se puede, ralentiza tanto más el hecho de tener la inscripción de nacimiento?
Muchas gracias
Dudas en relacion RC que nos toca
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- Mensajes: 363
- Registrado: 05 May 2011, 13:24
Re: Dudas en relacion RC que nos toca
Sólo puede optar a inscribir su nacimiento y nacionalidad en dos Registros:
--registro Civil Central y esperar un año más o menos.
--Registro Civil donde solicitó su nacionalidad y donde le tramitaron el expediente.
No cabe la posibilidad de solicitar la inscripción en el Registro Civil de su actual domicilio.
--registro Civil Central y esperar un año más o menos.
--Registro Civil donde solicitó su nacionalidad y donde le tramitaron el expediente.
No cabe la posibilidad de solicitar la inscripción en el Registro Civil de su actual domicilio.
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