¿Se aplica el tener que conservar para no haya pérdida de Nacionalidad a quienes optaron por la nacionalidad española?
Publicado: 09 Nov 2017, 23:27
Tengo una situacion similar a la del caso que se trata en este tema.
Mi madre empezo su tramite de nacionalidad española de origen por via de LMH en el 2010. No completamos su expediente hasta el 2016 cuando ya ella era ciudadana americana (desde el 2012).
En ningun momento los funcionarios le preguntaron si habia tenido un cambio de estatus legal en los EE.UU. y procedieron a hacerle la inscripcion de nacimiento, que le llego al principio de este año en Marzo.
Cuando fue a hacerse su pasaporte le dijeron que habia perdido la nacionalidad al no conservarla dentro de los tres años de haber adquirido la americana.
¿Como la va a conservar si no le llego hasta el 2017?!
En todo caso, el consul de Miami (donde presento su solicitud) dio la luz verde a la conservacion que despues fue enviada a La Habana donde fue denegada.
Vamos a apelarlo, dado que en ningun momento se le pidio a mi madre si habia cambiado su estatus en los EE.UU.
Ningun funcionario ni en Miami o en La Habana se dio cuenta que la carta de residencia que estaban viendo se habia expirado desde el 2012! Increible.
Mi duda esta en que si se aplica el articulo 24 o no?
En varias paginas de consulados dice que la conservacion de nacionalidad no se aplica para aquellos que OPTARON (por algun articulo del codigo civil o la LMH), solamente para aquellos que adquirieron la nacionalidad de manera originaria (por haber nacido de padre/madre español).
En realidad todo esta muy confuso, y no parece haber un trato definitivo o una norma superior que rige todos los casos. Se parece como si todo fuera a discrecion de aquella persona leyendo el expediente ese dia.
¿Alguien me puede aconsejar como proceder?
Mi madre empezo su tramite de nacionalidad española de origen por via de LMH en el 2010. No completamos su expediente hasta el 2016 cuando ya ella era ciudadana americana (desde el 2012).
En ningun momento los funcionarios le preguntaron si habia tenido un cambio de estatus legal en los EE.UU. y procedieron a hacerle la inscripcion de nacimiento, que le llego al principio de este año en Marzo.
Cuando fue a hacerse su pasaporte le dijeron que habia perdido la nacionalidad al no conservarla dentro de los tres años de haber adquirido la americana.
¿Como la va a conservar si no le llego hasta el 2017?!
En todo caso, el consul de Miami (donde presento su solicitud) dio la luz verde a la conservacion que despues fue enviada a La Habana donde fue denegada.
Vamos a apelarlo, dado que en ningun momento se le pidio a mi madre si habia cambiado su estatus en los EE.UU.
Ningun funcionario ni en Miami o en La Habana se dio cuenta que la carta de residencia que estaban viendo se habia expirado desde el 2012! Increible.
Mi duda esta en que si se aplica el articulo 24 o no?
En varias paginas de consulados dice que la conservacion de nacionalidad no se aplica para aquellos que OPTARON (por algun articulo del codigo civil o la LMH), solamente para aquellos que adquirieron la nacionalidad de manera originaria (por haber nacido de padre/madre español).
En realidad todo esta muy confuso, y no parece haber un trato definitivo o una norma superior que rige todos los casos. Se parece como si todo fuera a discrecion de aquella persona leyendo el expediente ese dia.
¿Alguien me puede aconsejar como proceder?