Nacionalidad por residencia para cónyuge de quien optó por la Ley 52/2007
Publicado: 23 May 2009, 00:18
Hola:
Mi caso es el siguiente:
- Mi esposa y yo llevamos 13 años de casados y un año de residencia legal continuada en España.
- Yo solicité la opción a la nacionalidad española de origen al amparo de la Ley 52/2007 ("Memoria Histórica").
¿Podrá mi esposa solicitar la nacionalidad española por residencia tan pronto tenga yo la mia?
La duda surge porque el Código Civil es muy ambiguo: Art. 22.d: "[Bastará el tiempo de residencia de un año para ...] El que al tiempo de la solicitud llevare un año casado con español o española y no estuviere separado legalmente o de hecho."
¿Qué significa aquello de que "llevare un año casado con español"?
- ¿Que yo lleve al menos un año de estar casado con mi esposa extranjera?
- ¿Que yo lleve al menos un año de ser español y estar casado con mi esposa extranjera?
Espero no repetir la pregunta. No logro encontrar respuesta a esta cuestión que creo ya estaba planteada de alguna otra manera en el antiguo foro.
Saludos!
Mi caso es el siguiente:
- Mi esposa y yo llevamos 13 años de casados y un año de residencia legal continuada en España.
- Yo solicité la opción a la nacionalidad española de origen al amparo de la Ley 52/2007 ("Memoria Histórica").
¿Podrá mi esposa solicitar la nacionalidad española por residencia tan pronto tenga yo la mia?
La duda surge porque el Código Civil es muy ambiguo: Art. 22.d: "[Bastará el tiempo de residencia de un año para ...] El que al tiempo de la solicitud llevare un año casado con español o española y no estuviere separado legalmente o de hecho."
¿Qué significa aquello de que "llevare un año casado con español"?
- ¿Que yo lleve al menos un año de estar casado con mi esposa extranjera?
- ¿Que yo lleve al menos un año de ser español y estar casado con mi esposa extranjera?
Espero no repetir la pregunta. No logro encontrar respuesta a esta cuestión que creo ya estaba planteada de alguna otra manera en el antiguo foro.
Saludos!