Recuperación de Nacionalidad Española e Inscripción de nacimiento fuera de plazo.
Publicado: 25 Oct 2018, 00:19
Hola Amigos buen día, primero que nada agradecerles por tan excelentes trabajo ya que que son de gran ayuda para los que estamos en el tedioso proceso de tramitar la Nacionalidad Española.
Para resumir un poco:
Mi abuelo nació en las islas canarias, emigro a Venezuela en el 1960, nunca se naturalizo Venezolano hasta el día de hoy esta como residente desde su llegada, mi madre nace en 1973 pero no saca su documentación como Española si no hasta enero del 2016 que formaliza su inscripción de nacimiento ante el consulado, mi hermana en ese momento que mi madre hizo su inscripción tenia 19 años, va al consulado a hacer el tramite para obtener la Nacionalidad y se le otorga ya que mi madre es y siempre fue española de origen por su padre, y en la literal se le coloca en la marginal que declara su voluntad de conservar la nacionalidad(a mi hermana) .
Por mi parte cuando mi mama ya le llega su inscripción ya tenia 21 años de edad y en el consulado se me informa que perdí la nacionalidad por no haber declarado antes de los 21 mi voluntad de conservarla (YA TENIA YO 21 CUANDO MI MAMA LE LLEGO SU LITERAL) y me indican que debo trasladarme a España con un visado especial de trabajo o de estancia no lucrativa y residir un año para poder recuperar la nacionalidad que perdí. (NUNCA ME COMENTARON QUE PODÍA SOLICITAR UNA RESIDENCIA DE ARRAIGO FAMILIAR POR CIRCUNSTANCIAS EXCEPCIONALES, LO AVERIGÜE POR MI CUENTA).
Siendo así me traslade a España en Febrero de este año e inicie el tramite de residencia arriba comentada en Extranjería de Zaragoza, la cual se me otorgo transcurridos 27 dias luego de introducida la documentación.
Anteriormente me informaron que la única via para poder recuperar la Nacionalidad era residir un año y luego hacer el tramite de Nacionalidad española por residencia ya que según la ley y mi caso puedo hacerlo.
Ahora investigando un poco del tema resulta que tengo la opción de recuperar la Nacionalidad Española declarando ante el encargado del registro civil mi voluntad de hacerlo, me dirijo al Registro Civil de Zaragoza con una carta exponiendo mis motivos y toda la documentación de mi abuelo, madre, hermana y la mía y manifiesto mi voluntad según lo expresa el articulo 26 del CC pero la funcionaria que me atiende dice que no me corresponde le insisto y su respuesta es que le pasaría mi documentación a la juez encargada para que mire el tema y me llamaría de 2 a 3 días para informarme lo que dijera la juez osea si procedía o no.
Pasa 1 semana y vuelvo a ir y resuelta que mi documentación aun la tenia almacenada en un cajon y no se la había pasado a la juez al ver esto discuto y le comento que según el el codigo civil ella esta facultada para estudiar la documentación y realizar los pasos correspondientes para tramitar el expediente, luego se va de su puesto habla con otro funcionario, me llama y me dice lo mismo que debo esperar lo que diga la juez, emprendemos una pequeña discusión y pido hablar con la juez encargada me dice que no es posible y le insisto en que me digan el por que no me pueden hacer el tramite si por ley me corresponde y es su trabajo hacerlo, ella alega que no lo pueden hacer es por que mi nacimiento no esta registrado en el registro civil central, y le vuelvo a repetir que no lo hice desde Venezuela ya que no podía optar a la Nacionalidad por tener 21 años de edad hasta que se rinde y me dice que espere afuera que iría a hablar con la juez.
Al cabo de unos 30 minutos sale con otra funcionaria indicándome que me lo van a hacer pero que primero me tienen que hacer una "Inscripción de Nacimiento Fuera de Plazo" luego que ya me llegue el acta de la inscripción me procederán a realizar el Acta para recuperación de la Nacionalidad Española.
Mi duda en todo esto es si realmente esto es Necesario 2 procesos distintos y por separados?? ya que lo veo muy tardío y complicado ademas que ellas me dijeron que cada uno tarda un año mas o menos.
O solo pueden hacer ellos una Inscripción de Nacimiento directamente por recuperación de Nacionalidad sin hacer los 2 proceso por separado?
tengo esta inquietud ya que lo veo ilógico.
Cualquier respuesta sera de mucha ayuda. Muchas Gracias, Feliz día.
Para resumir un poco:
Mi abuelo nació en las islas canarias, emigro a Venezuela en el 1960, nunca se naturalizo Venezolano hasta el día de hoy esta como residente desde su llegada, mi madre nace en 1973 pero no saca su documentación como Española si no hasta enero del 2016 que formaliza su inscripción de nacimiento ante el consulado, mi hermana en ese momento que mi madre hizo su inscripción tenia 19 años, va al consulado a hacer el tramite para obtener la Nacionalidad y se le otorga ya que mi madre es y siempre fue española de origen por su padre, y en la literal se le coloca en la marginal que declara su voluntad de conservar la nacionalidad(a mi hermana) .
Por mi parte cuando mi mama ya le llega su inscripción ya tenia 21 años de edad y en el consulado se me informa que perdí la nacionalidad por no haber declarado antes de los 21 mi voluntad de conservarla (YA TENIA YO 21 CUANDO MI MAMA LE LLEGO SU LITERAL) y me indican que debo trasladarme a España con un visado especial de trabajo o de estancia no lucrativa y residir un año para poder recuperar la nacionalidad que perdí. (NUNCA ME COMENTARON QUE PODÍA SOLICITAR UNA RESIDENCIA DE ARRAIGO FAMILIAR POR CIRCUNSTANCIAS EXCEPCIONALES, LO AVERIGÜE POR MI CUENTA).
Siendo así me traslade a España en Febrero de este año e inicie el tramite de residencia arriba comentada en Extranjería de Zaragoza, la cual se me otorgo transcurridos 27 dias luego de introducida la documentación.
Anteriormente me informaron que la única via para poder recuperar la Nacionalidad era residir un año y luego hacer el tramite de Nacionalidad española por residencia ya que según la ley y mi caso puedo hacerlo.
Ahora investigando un poco del tema resulta que tengo la opción de recuperar la Nacionalidad Española declarando ante el encargado del registro civil mi voluntad de hacerlo, me dirijo al Registro Civil de Zaragoza con una carta exponiendo mis motivos y toda la documentación de mi abuelo, madre, hermana y la mía y manifiesto mi voluntad según lo expresa el articulo 26 del CC pero la funcionaria que me atiende dice que no me corresponde le insisto y su respuesta es que le pasaría mi documentación a la juez encargada para que mire el tema y me llamaría de 2 a 3 días para informarme lo que dijera la juez osea si procedía o no.
Pasa 1 semana y vuelvo a ir y resuelta que mi documentación aun la tenia almacenada en un cajon y no se la había pasado a la juez al ver esto discuto y le comento que según el el codigo civil ella esta facultada para estudiar la documentación y realizar los pasos correspondientes para tramitar el expediente, luego se va de su puesto habla con otro funcionario, me llama y me dice lo mismo que debo esperar lo que diga la juez, emprendemos una pequeña discusión y pido hablar con la juez encargada me dice que no es posible y le insisto en que me digan el por que no me pueden hacer el tramite si por ley me corresponde y es su trabajo hacerlo, ella alega que no lo pueden hacer es por que mi nacimiento no esta registrado en el registro civil central, y le vuelvo a repetir que no lo hice desde Venezuela ya que no podía optar a la Nacionalidad por tener 21 años de edad hasta que se rinde y me dice que espere afuera que iría a hablar con la juez.
Al cabo de unos 30 minutos sale con otra funcionaria indicándome que me lo van a hacer pero que primero me tienen que hacer una "Inscripción de Nacimiento Fuera de Plazo" luego que ya me llegue el acta de la inscripción me procederán a realizar el Acta para recuperación de la Nacionalidad Española.
Mi duda en todo esto es si realmente esto es Necesario 2 procesos distintos y por separados?? ya que lo veo muy tardío y complicado ademas que ellas me dijeron que cada uno tarda un año mas o menos.
O solo pueden hacer ellos una Inscripción de Nacimiento directamente por recuperación de Nacionalidad sin hacer los 2 proceso por separado?
tengo esta inquietud ya que lo veo ilógico.
Cualquier respuesta sera de mucha ayuda. Muchas Gracias, Feliz día.