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DE ARRAIGO FAMILIAR A RESIDENCIA POR TRABAJO CUENTA AJENA

Publicado: 27 Feb 2019, 00:06
por SANTIAGO S
Hola que tal! Como estan? Los que ya me conocen en el foro o habrán seguido el hilo de mis preguntas a lo largo del año sabrán que vine a España a solicitar mi nacionalidad al cabo de un año de residencia legal al ser hijo/nieto de españoles de origen. Mi residencia por arraigo familiar ya fue aprobada el 27 de noviembre del 2018 y me encuentro trabajando, ya tengo tie, seguridad social, todo bien todo legal.

Estando gozando ya de mi residencia por circunstancias excepcionales me quiero adelantar al tramite de "cambio de residencia de circunstancias excepcionales a residencia de trabajo". Habiendo leido los requisitos de la misma, tendría que solicitar turno para un dia que se encuentre "durante los 60 días naturales previos a la fecha de expiración de la autorización". Es decir dos meses previos al 27 de noviembre.
Mi primera pregunta es: CUANTO ESTÁ TARDANDO LA RESOLUCIÓN DE ESTE TRAMITE?
Ya que he leido en varios lugares a personas que llevan 5 meses sin respuesta, y no solo no saben que hacer, sino que cuando presentan el silencio administrativo favorable (que es despues de los tres meses de tiempo de resolucion) no se los toman, o los pasean por diferentes lugares.

Si alguien tiene información actualizada sobre este tramite (sea tiempos, como hacer uso del silencio administrativo y procedimientos en caso de aquello) se lo agradeceria mucho, ya que me preocupa quedar irregular por culpa de los tiempos guvernamentales y a parte de ello, no poder visitar mi familia en las fiestas, que bueno, se puede visitar despues, pero me hace mucha ilusión.

Muchas gracias desde ya, y que anden bien.

Re: DE ARRAIGO FAMILIAR A RESIDENCIA POR TRABAJO CUENTA AJENA

Publicado: 01 Mar 2019, 20:06
por cenv
Como tu principal objetivo es obtener la nacionalidad española de tus ascendientes te sugiero que vayas a la policía a obtener un certificado de residencia.

En ese certificado quedará constancia de la fecha de SOLICITUD, concesión y validez de tu residencia. Habiéndote concedido favorablemente la residencia, se te considera residente legal desde que la solicitaste. Si solicitaste el 9 de julio del 2018 entonces el 9 de julio del 2019 ya puedes solicitar la nacionalidad española por residencia como hijo/nieto de español de origen.

Aparte del certificado de residencia y todos los demás documentos que se exigen, sugiero que incluyas con tu solicitud el certificado de nacimiento español de tanto tu padre/madre española como el de tu abuelo/a español de origen, porque hay quienes ponen en duda si tu padre/madre realmente lo es y no cuesta nada incluir también el del abuelo/a.

Si quieres tener la nacionalidad rápidamente también sugiero que de una vez vayas ahorrando para utilizar un abogado y presentar el recurso contencioso administrativo. Creo que lo más barato que he visto son unos 500 euros por el trámite y se presentaría luego de 1 año sin respuesta.

En cuanto a la renovación de tu residencia... si vas a hacer uso del silencio administrativo probablemente tengas que quejarte por escrito varias veces antes de que te lo expidan. Pero como ya te comenté no necesitas esperar a renovar para poder solicitar la nacionalidad española por lo que probablemente te de igual cuánto tarden en darte la nueva tarjeta.