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Partida de nacimiento hijo con apellido corregido?

Publicado: 14 Jun 2019, 14:24
por ikg
Muy buenas tardes.

He estado buscando por el foro, pero tras leer varios hilos que parecían dar con la respuesta que busco y al final nada, me parece que tal vez sea mejor exponer el caso y a ver si alguien fuera tan amable de responder mi duda o dar alguna sugerencia.

Hemos ido a cambiar al registro el segundo apellido de nuestro hijo en concordancia con el primer apellido de la madre.
El funcionario (quien fue muy amable) nos ha comentado que el anterior segundo apellido quedará en su partida de nacimiento y que tan solo se añadirá en el margen izquierdo la modificación reflejando el nuevo segundo apellido.

¿Me podrían decir si no hay forma alguna de que la partida de nacimiento que haya que pedir en un futuro solo refleje el correcto de ahora en lugar de tener el documento con 'parches' de correciones ?

Muchas gracias de antemano por vuestro tiempo y ayuda.

Un cordial saludo!

Re: Partida de nacimiento hijo con apellido corregido?

Publicado: 14 Jun 2019, 19:47
por Usuario borrado 15165
ikg escribió: 14 Jun 2019, 14:24 en lugar de tener el documento con 'parches' de correciones ?
No es posible, no son "parches" es un asiento registral que tu promoviste y debe quedar inscrito en el margen izquierdo.
Artículo 12. Deberes ante el Registro Civil.

Son deberes de las personas ante el Registro Civil:

a) El deber de promover la práctica de los asientos registrales en los casos previstos en la presente Ley.

b) El deber de instar la inscripción cuando ésta tenga carácter constitutivo en los casos legalmente previstos.

c) El deber de comunicar los hechos y actos inscribibles conforme a lo previsto en la presente Ley.

d) El deber de presentar la documentación necesaria cuando los datos correspondientes no obren en poder de las Administraciones Públicas.

e) El deber de suministrar datos veraces y exactos en las solicitudes de inscripción o en cumplimiento de los deberes a los que se refieren los números anteriores.

f) El deber de cooperar en el buen funcionamiento del Registro Civil como servicio público.

https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2011-12628