Buenos días a todos!
Antes de nada, agradecer la labor que realizáis, pues, tras varios meses divagando, al fin he encontrado entre vuestras respuestas datos que aportan claridad a mis dudas. Ya he ido a 2 abogados y ninguno me ha podido guiar de una forma contundente...
Os expongo mi caso: soy española y tengo un hijo de un año que está registrado en el Registro Civil de Madrid con un nombre compuesto (un nombre español y el otro extranjero ya que mi marido no es español). El caso es que ambos nombres son complicados y poco comunes y, este hecho sumado a que también su primer apellido es extranjero dificultan su identificación cada vez que vamos al médico, cuando doy su nombre vía teléfono, etc. Esto sucede aunque dé solo el nombre español (es un nombre poco usado, unas 3.000 personas en toda España y pocas de ellas en Madrid). Todo el mundo confunde el nombre español con otro diferente y que es más común y al final hemos acabado usando ese nombre desde que tiene 2 meses porque sus nombres reales nos complicaban la existencia y nunca los escribían ni pronunciaban bien...
Hemos ido al Registro Civil y nos comentan lo mismo que se puede leer fácilmente en internet: que podemos optar por la vía del uso habitual una vez recolectemos documentos durante 2-3 años con el nombre pretendido (ahora mismo tenemos documentos médicos, viajes, etc con el nombre que queremos registrar de los últimos 10 meses) o por la DGNR. En vuestra opinión, ¿qué opción sería más acertada?
Es un tema que nos agobia bastante porque el niño va a empezar pronto la escuela y no queremos que su nombre sea diferente a nivel legal y a nivel práctico...
Nos gustaría saber las posibilidades existentes para poder cambiarlo pues, veo casos en los que sin ni siquiera prueba de uso habitual lo han cambiado pero... después de leer todas las resoluciones de la DGNR (ya soy toda una experta!!:) ) veo que casi nunca aceptan los cambios y eso me desmotiva bastante...
Disculpad la longitud del mensaje, los que tengáis hijos entenderéis el agobio de que en el futuro pueda sufrir por hacer entender su nombre registrado tanto como yo lo he hecho...
Gracias de nuevo por vuestra ayuda! Un saludo.
Es más recomendable cambio de nombre vía encargado del Registro Civil o vía DGNR
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