Buenas tardes, soy nuevo en el foro, me he dedicado tiempo desde que me registré a seguir el foro, así que nada más aquí estoy…
1) ¿Le pueden requerir a la hora de Jurar la Nacionalidad por residencia que presente antecedentes penales recientes?
2) ¿En qué mandato legal se basa en su caso este requerimiento?
3) En su caso si existe mandamiento legal para requerirlos; ¿No puede el Registro Civil que va a recibir el juramento o promesa recabarlos de oficio, en vez de descargar este trámite en el ciudadano que ya lo hizo en su momento, los aportó, no solo los de España, si no los de su país de origen y le ha concedido el derecho a la nacionalidad española superando todos los filtros legales?
Porque de todo lo anterior, se presume que si le han concedido la nacionalidad, es que en el trámite ha superado los filtros legales y que se da por hecho de que no tiene antecedentes penales, o si los tiene, no son incompatibles para la concesión de la nacionalidad.
Para el caso que se consulte, o se aporte los antecedentes penales y se observen la existencia de estos.
¿Qué hace el Encargado del Registro Civil? ¿Deniega la Jura que viene concedida por un órgano superior?
Hay Registros Civiles que requieren para que presentes el pasaporte en vigencia.
¿Qué relación tiene la vigencia del pasaporte extranjero con la jura de la nacionalidad? Que requieran la vigencia del NIE es comprensible y legal, pero el pasaporte.
¿Dónde está el mandato legal que para que te concedan la nacionalidad española has de tener el pasaporte de tu país en vigencia?
He escrito al correo
inscripcionesrc@mjusticia.es preguntando estas dudas y nadie me responde.. ¿alguien sabe si este correo funciona?
--- 21 Jun 2020, 07:57 ---
Usuario borrado 15165 escribió: ↑10 Ago 2019, 19:37
Previamente al acto de jura e inscripción, el Encargado del Registro Civil comprobará con la documentación original, la autenticidad de la documentación escaneada y aportada al expediente electrónico por el interesado o su representante. Este requisito no será necesario en los siguientes casos;
Como bien se dice PREVIAMENTE, esto es, cuando se ha presentado electrónicamente el expediente, comprueba la presentada, en ningún apartado dice que el Encargado, concedida la nacionalidad, requerirá al interesado para que presente nuevos antecedentes penales, comprobará la autenticidad de los presentados y nada más...
Vivo en los límites de dos Partidos Judiciales, y en uno los requieren, en el otro los consultan de oficio.
He preguntado y en otros sitios los comprueban.. Como se puede observar, variabilidad para un mismo acto que está reglado.. No lo comprendo, es más en el Registro que le requieren para que los presente actualizado, le requieren para que presente pasaporte en vigor con copias, si me dijeras NIE, pero pasaporte tampoco lo entiendo.
La disposición transitoria Única de la Orden JUS/1625/2016, de 30 de septiembre, sobre la tramitación de los procedimientos de concesión de la nacionalidad española por residencia, habla de requerimientos previos a la concesión de la nacionalidad, no dice nada, de DESPUÉS de la concesión de la nacionalidad.
Puede un Encargado denegar la Jura o Promesa concedida por la DGRN si el ciudadano presenta solo la documental reglamentada, supongo que, por un acuerdo, pero en caso de ser posible ¿en qué se basaría legalmente ese acuerdo?