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nacionalidad para los hijos
Publicado: 11 Sep 2019, 21:31
por Emilia Conesa
Buenas tardes,
Nací en Bélgica (en 1981), de madre belga y padre español. De niña, tenía las dos nacionalidades, pero después mis padres no renovaron mis papeles españoles.
Ahora, hace 3 años que vivo en España y tengo DNI español y belga.
Tengo 2 niños que nacieron en Bélgica, tienen 5 y 7 años, y me gustaría que tengan también la nacionalidad española.
Me gustaría saber:
- ¿Si yo tenía la nacionalidad española cuando nacieron?, para que tengan la nacionalidad “por nacimiento”. ¿Dónde informarme? ¿Dónde obtener un informe que le pruebe?
- ¿Si los niños obtienen la nacionalidad “por opción”, perderían la nacionalidad belga? ¿Y cómo?
Muchas gracias,
Emilia Conesa
Re: nacionalidad para los hijos
Publicado: 11 Sep 2019, 21:56
por user15789
Emilia Conesa escribió: ↑11 Sep 2019, 21:31
¿Si yo tenía la nacionalidad española cuando nacieron?, para que tengan la nacionalidad “por nacimiento”. ¿Dónde informarme? ¿Dónde obtener un informe que le pruebe?
Tendrías que ver si en el margen de nacimiento de tu acta de nacimiento española si dice que perdiste la nacionalidad y en que fecha, si ese fuera el caso cuando la recuperaste.
Emilia Conesa escribió: ↑11 Sep 2019, 21:31
¿Si los niños obtienen la nacionalidad “por opción”, perderían la nacionalidad belga? ¿Y cómo?
Muchas gracias,
Siendo menores de edad no tienen que renunciar a su nacionalidad de origen.
Re: nacionalidad para los hijos
Publicado: 11 Sep 2019, 22:06
por kárbiko
Emilia Conesa escribió: ↑11 Sep 2019, 21:31
Nací en Bélgica (en 1981), de madre belga y padre español. De niña, tenía las dos nacionalidades, pero después mis padres no renovaron mis papeles españoles.
Ahora, hace 3 años que vivo en España...
O sea, naces siendo española de origen al ser hija de un español. También naces con la belga, porque te la transmite tu madre.
Vuelves a España y te documentas cuando cuentas con
treintaypico años.
¿Dónde residiste al cumplir 18 años y los 3 años siguientes (de 1999-2002)?
¿Tuviste documentación española en ese periodo?
¿Desde cuándo no tuviste documentación española?
Re: nacionalidad para los hijos
Publicado: 13 Sep 2019, 14:49
por Emilia Conesa
Buenos dias,
¿Donde puedo obtener mi acto de nacimiento espanol?
Estaba siempre en Belgica y no tenia documentacion española.
(Solo tenia un passaporte cuando estaba pequena....)
Muchas gracias para vuestra ayuda,
Emilia
Re: nacionalidad para los hijos
Publicado: 13 Sep 2019, 16:35
por user15789
Pídela al Consulado o en la web del Ministerio de Justicia. como se indica en el siguiente enlace, ahí podrás ver si esta inscrita la perdida de nacionalidad española.
http://www.exteriores.gob.es/Consulados ... acion.aspx
Emilia Conesa escribió: ↑13 Sep 2019, 14:49
Estaba siempre en Belgica y no tenia documentacion española.
Quizá recuperaste la nacionalidad por articulo 26 de Código Civil en el Consulado
Re: nacionalidad para los hijos
Publicado: 18 Sep 2019, 10:09
por Emilia Conesa
Hola,
Muchas gracias.
Tenia otra pregunta: Como estar seguro que no van a perder la nacionalidad belga?
Re: nacionalidad para los hijos
Publicado: 18 Sep 2019, 15:31
por user15789
Tienes que conocer la
legislación belga en esta materia y los posibles escenarios donde un ciudadano puede perder la nacionalidad de ese país.
Pérdida de la ciudadanía
Una persona de al menos 18 años que obtuvo voluntariamente otra nacionalidad antes del 9 de junio de 2007, perdió automáticamente su nacionalidad belga. Una persona de al menos 18 años que obtuvo voluntariamente la nacionalidad de Austria, Dinamarca, España, Francia, Irlanda, Italia, Luxemburgo, Noruega, los Países Bajos o el Reino Unido entre el 9 de junio de 2007 y el 28 de abril de 2008, perdió automáticamente su nacionalidad belga. Una persona que obtenga voluntariamente otra nacionalidad después del 28 de abril de 2008, ya no perderá su nacionalidad belga, independientemente de la nacionalidad adquirida.
También es posible perder la ciudadanía belga en las siguientes circunstancias:
Residencia en el extranjero
Un ciudadano belga nacido fuera de Bélgica a partir del 1 de enero de 1967 perderá la ciudadanía belga a los 28 años si:
Entre las edades de 18 y 28 años, el lugar de residencia principal de la persona no estaba en Bélgica, y Posee una o más nacionalidades aparte de la belga, y No ha hecho una declaración que indique su intención de conservar su ciudadanía belga entre las edades de 18 y 28 años.
Anteriormente, una persona que se encontrara en esta situación, no solo tenía que hacer una declaración de conservación entre las edades de 18 y 28 años para mantener su nacionalidad belga, sino que también tenía que volver a hacerla cada diez años.