Es necesaria la voluntad de conservación si se inscribe siendo mayor de edad

Es necesario hacer la declaración de voluntad de conservación cuando se inscribe uno mismo siendo mayor de edad en el registro civil consular.

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Pilllox
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Es necesaria la voluntad de conservación si se inscribe siendo mayor de edad

Mensaje por Pilllox »

Gracias a la información recibida en este foro he logrado entender las características de mi situación.

Soy español de origen nacido en el extranjero, hijo de madre española de origen también nacida en el extranjero. Por lo cual se me aplica el art 24.3 del cual no estuve al tanto hasta 15 años después de estar haciendo uso exclusivo de mi nacionalidad española.

Tomando en cuenta que otras formas de adquisición de nacionalidad implican la voluntad de conservación de la nacionalidad española,...
¿es posible argumentar que al yo inscribir mi nacimiento de forma personal en el registro civil del consulado siendo mayor de edad, estoy declarando ante el responsable del RC mi voluntad de conservar mi nacionalidad?

Gracias

Usuario borrado 16213
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Re: Es necesaria la voluntad de conservación si se inscribe siendo mayor de edad

Mensaje por Usuario borrado 16213 »

No vale, es decir tienes que firmar el "acta" de conservación ante el encargado del RC o como salio recientemente en una sentencia del Tribunal Supremo renovar el pasaporte dentro del periodo de tiempo de entre los 18 y antes de cumplir los 21 años...

Lo que debes tener en cuenta es que para que la perdida en este caso puntual que planteas suceda se tienen que cumplir tres condiciones la mayoría de los consulados lo aclaran en su pagina Web:

Los ciudadanos españoles en los que se dan las tres condiciones siguientes:
• Haber nacido fuera de España a partir del 9 de enero de 1985;
• Ser hijo de padre y/o madre español también nacido/a fuera de España; y
Residir fuera de España.

http://www.exteriores.gob.es/Consulados ... LIDAD.aspx

Sandra
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Re: Es necesaria la voluntad de conservación si se inscribe siendo mayor de edad

Mensaje por Sandra »

Buena tarde, una disculpa si no es el hilo, pero no tengo mucha cabeza para esto, ya desesperada me meti a este foro.

Hoy recibi una llamada de la embajada española en Guatemala( como caida del cielo) informando que debemos ir para realizar esto de la conservacion de la nacionalidad, (cosa que hasta el dia de hoy yo ignoraba), pues con mi hijo en cuestion estamos a tiempo gracias a la llamada..
Pero estamos justo pasando por un mal trago de salud con mi hija, que en septiembre del 2019 cumplio los 22 años y estabamos considerando ir a España si en Guatemala no me la curan, y recibo esta llamada, .... O sea que ella perdió la nacionalidad?

Pero me confunden porque justo en febrero del año pasado nos esyregaron la renovacion de los pasaportes, ella tiene su pasaporte español vigente hasta el 2024...
Perdonen el testamento que escribi,.... alguien que me oriente por favor, muchas gracias.

Usuario borrado 16213
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Re: Es necesaria la voluntad de conservación si se inscribe siendo mayor de edad

Mensaje por Usuario borrado 16213 »

Revisa el margen del acta de tu hija, si dice que opto por articulo 20.1.a, no debía conservar...si tiene el margen en blanco debería conservar si tu y ella son nacidas fueras de España...tal cual se detalla en el artículo 24.3 del Código Civil.

Conservación de Nacionalidad

luisa
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Re: Es necesaria la voluntad de conservación si se inscribe siendo mayor de edad

Mensaje por luisa »

Sandra escribió: 27 Feb 2020, 22:33 Buena tarde, una dusculpa si no es el hilo, pero no tengo muvha cabeza para esto, ya desesperada me meti a este foro.
Hoy recibi una llamada de la embajada española en guatemala( como caida del cielo) informando que debemos ir para realizar esto de la conservacion de la nacionalidad, cosa que hasta el dia de hoy yo ignoraba, pues con mi hijo en cuestion estamos a tiemoi gracias a ka llamada, pero estamos justo pasando por un mal trago de sakud con mi hija, que en septiembre del 2019 cumplio los 22 años y justo estabamos cinsiderando ir a españa si en guatemala,no me la curan, y recibo esta llamada, osea que ella perdióla nacionalidad? Pero me confunden pirque justo en febrero del año pasado nos esyregaron la renovacion de los pasaportes, ella tiene su pasaporte español vigente hasta el 2024... perdonen el testamento que escribi, alguien que me oriente por favor, muchas gracias.
Hola Sandra.
Yo te pediría que, con más tranquilidad, redactaras tu mensaje de nuevo, sobre todo para que te entendamos. Gracias.

Sandra
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Re: Es necesaria la voluntad de conservación si se inscribe siendo mayor de edad

Mensaje por Sandra »

Gracias por responder.
Si, es que me tiene confundida que me llaman de la embajada española en Guatemala para que mi hijo haga ese trámite de la conservación de nacionalidad. Ok ya hice la cita para el. Pero mi duda es con mi hija,...

Nosotros no hicimos eso de la conservación con ella, y ya teniendo los 21 años cumplidos, le renovaron el pasaporte, lo tramitamos por medio de la embajada, ya que todos vivimos en Guatemala. ¿Ella pierde la nacionalidad aunque le hayan renovado su pasaporte?

Yo adquirí la nacionalidad, por medio de un convenio que tiene Guatemala con España, y luego ya les tramite a ellos su nacionalidad, siempre a través de la embajada.

Usuario borrado 16213
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Re: Es necesaria la voluntad de conservación si se inscribe siendo mayor de edad

Mensaje por Usuario borrado 16213 »

Sandra escribió: 01 Mar 2020, 04:13 Ella pierde la nacionalidad aunque le hayan renovado su pasaporte?
El pasaporte tendria que haberlo renovado en el periodo que va de los 18 años hasta antes de cumplir 21, pero como te dije antes revisa el margen izquierdo del acta de tu hija, si esta en blanco o tiene alguna inscripcion.

Según el Supremo, la solicitud para renovar pasaporte equivale a la voluntad de conservar la nacionalidad

Sandra
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Re: Es necesaria la voluntad de conservación si se inscribe siendo mayor de edad

Mensaje por Sandra »

Muchas gracias, siempre les escribiré lo que resuelva en la embajada, quizás a alguien le sirva el dato. Nuevamente gracias.

Usuario borrado 16213
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Re: Es necesaria la voluntad de conservación si se inscribe siendo mayor de edad

Mensaje por Usuario borrado 16213 »

Sandra escribió: 02 Mar 2020, 04:25 resuelva en la embajada
La embajada notifico a tu hija o le refirió algo sobre la conservación, podrías pedir una copia del acta al RCC de Madrid y ver si inscribieron la perdida...que no lleve el pasaporte ya que lo mas probable es que se lo retengan.

Sandra
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Re: Es necesaria la voluntad de conservación si se inscribe siendo mayor de edad

Mensaje por Sandra »

No, nada de notificaciones.
Recién estoy viendo la fecha en que se renovó el pasaporte y ella aún tenía 21 años,
En 2018 cumplió los 21, en octubre, y en febrero 2019 teníamos renovado el pasaporte.
Pedí favor a una amiga que me solicite esa acta en el RCC.

Usuario borrado 16213
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Re: Es necesaria la voluntad de conservación si se inscribe siendo mayor de edad

Mensaje por Usuario borrado 16213 »

OK, como te dije antes no vayas a la embajada con el pasaporte de tu hija, en ultima instancia y se inscribió la perdida ella tiene derecho ya estando en España a solicitar residencia de larga duración que es por 5 años.

luisa
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Re: Es necesaria la voluntad de conservación si se inscribe siendo mayor de edad

Mensaje por luisa »

Art. 25 CÓDIGO CIVIL

1. Los españoles que no lo sean de origen perderán la nacionalidad:
a) Cuando durante un período de tres años utilicen exclusivamente la nacionalidad a la que hubieren declarado renunciar al adquirir la nacionalidad española.

Usuario borrado 16213
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Re: Es necesaria la voluntad de conservación si se inscribe siendo mayor de edad

Mensaje por Usuario borrado 16213 »

user15 escribió: 28 Feb 2020, 15:55 Revisa el margen del acta de tu hija, si dice que opto por articulo 20.1.a, no debía conservar
Yo ya lo referí pero Sandra no ha contestado si el acta de su hija tiene inscripción marginal o no.

Sandra
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Re: Es necesaria la voluntad de conservación si se inscribe siendo mayor de edad

Mensaje por Sandra »

Si, perdonen, es que no tengo el acta para poder ver eso de la inscripción marginal, como todo se realizó por medio de la embajada, y estoy pidiendo a una amiga en españa que vaya a pedirla, pero aún no me resuelve nada😔
Otra cosa es que nosotros no llegamos a tener esa residencia permanente, ya que Guatemala es uno de los pocos países que tiene un acuerdo por decreto real, que podemos optar a la nacionalidad de manera más rápido, la mía me salió en menos de 1 mes,

Sandra
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Re: Es necesaria la voluntad de conservación si se inscribe siendo mayor de edad

Mensaje por Sandra »

*** la residencia de larga duración (5 años) quise poner con eso de residencia permanente. **

Usuario borrado 16213
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Re: Es necesaria la voluntad de conservación si se inscribe siendo mayor de edad

Mensaje por Usuario borrado 16213 »

Revisa el acta de tu otro hijo...


Sandra escribió: 04 Mar 2020, 15:07 podemos optar a la nacionalidad de manera más rápido
En ese caso tu no serias española de origen y tu hija lo seria (de origen) si tu o el padre eran españoles para cuando nació ella.

Sandra
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Re: Es necesaria la voluntad de conservación si se inscribe siendo mayor de edad

Mensaje por Sandra »

Bueno, les comento como me fue en la embajada.
1. Mi hijo firmó la conservación
2. Con lo de mi hija, me dijeron que tiene opción según artículo 20, ella firmó el acta con 16 años, así que eso que ayuda, ha estado renovando y usando su nacionalidad española, que el supremo reconoce la renovación del pasaporte como una solicitud e intensión de conservar la nacionalidad, pero también me dijeron que aún es un tema que tienen que definir aún desde madrid, pero que me esté tranquila, ella puede de momento seguir usando su pasaporte y nacionalidad española.
Les agradezco muchísimo el tiempo que dedicaron a leerme.
Puedo solicitar copia del acta literal en la misma embajada, así que las pedí, para tenerlas por cualquier cosa.

Gracias nuevamente. 🙏🙏🌷🌷

Usuario borrado 16213
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Re: Es necesaria la voluntad de conservación si se inscribe siendo mayor de edad

Mensaje por Usuario borrado 16213 »

Sandra escribió: 06 Mar 2020, 05:15 me dijeron que tiene opción según artículo 20
Si opto por articulo 20.1.a no es necesaria la conservación, tampoco para tu hijo si esta en el mismo caso...

Sandra
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Re: Es necesaria la voluntad de conservación si se inscribe siendo mayor de edad

Mensaje por Sandra »

Exacto, pero igual el firmó el papel, mejor, no vaya ser que cambien las cosas y nos salgan con otra cosa. Ahí ya estoy más tranquila.

Usuario borrado 16213
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Re: Es necesaria la voluntad de conservación si se inscribe siendo mayor de edad

Mensaje por Usuario borrado 16213 »

Si opto por articulo 20.1.a y conserva sera, "españolísimo".

Mramirezl2
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Re: Es necesaria la voluntad de conservación si se inscribe siendo mayor de edad

Mensaje por Mramirezl2 »

user15 escribió: 07 Mar 2020, 15:36españolísimo".
Buenas tardes, disculpe, para personas que optaron por nacionalidad bajo el articulo 20.b ¿tampoco hay que hacer conservación? Gracias

Yo opté por mi nacionalidad a los 17 años y me fue entregada a los 19. Tramité mi pasaporte a los 20.
Opté por el articulo 20.b, y desde entonces he vivido en Inglaterra usando mi nacionalidad sin ningún problema.

¿Debí haber conservado la nacionalidad?

Por favor, agradecería una respuesta ya que esto me tiene terriblemente preocupada, gracias.

Usuario borrado 16213
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Re: Es necesaria la voluntad de conservación si se inscribe siendo mayor de edad

Mensaje por Usuario borrado 16213 »

Hola Mramirezl2

No es necesario que conserves salvo que obtengas una extranjera que no tenga convenio de doble nacionalidad con España, por ejemplo nacionalidad alemana, inglesa...etc

En el Boletín del Ministerio de Justicia Núm. 2.228 han salido publicadas la primeras* resoluciones favorables de la DGRN en materia de conservación de nacionalidad española NO DE ORIGEN (residencia y opción) como es tu caso por lo cual si obtuvieras la nacionalidad inglesa teóricamente tendrías la posibilidad de conservar la española en el consulado de tu jurisdicción**

Resolución de 4 de abril de 2019 (4ª)
Resolución de 22 de abril de 2019 (7ª)
Resolución de 22 de abril de 2019 (30ª)
Resolución de 22 de abril de 2019 (32ª)
Resolución de 22 de abril de 2019 (34ª)
Resolución de 24 de abril de 2019 (7ª)

*Estimo que son las primeras ya que en las mismas no se cita ninguna otra resolución anterior.

**Hay un hilo que habla en extenso de este tema, te recomiendo leerlo Pérdida de Nacionalidad y me indican que no procede conservarla
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