Apellido de esposa extra-comunitaria tras contraer matrimonio con español, bien en España o en extranjero

Todo lo relativo al procedimiento para contraer matrimonio civil y documentación necesaria.
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fermin
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Apellido de esposa extra-comunitaria tras contraer matrimonio con español, bien en España o en extranjero

Mensaje por fermin »

Buenas tardes,

si no es el sitio correcto para preguntar, por favor ruego que desplacen el tema al foro indicado.

Mi pareja de Japon, y yo soy de España. Llevamos ya un par de años juntos y estamos preparados para dar el siguiente paso. icon_lol

Las cuestiones que tenemos son las siguientes...
  • Si nos casamos en Japon y ella decidiese usar mi apellido (Alli esta permitido el cambio, de hecho es lo normal), en españa podria utilizarlo o mantendria el suyo original? (en japon ella pasaria a apellidarse igual que yo, solo con el primer apellido)
Entiendo que la opcion menos trabajosa es casarse directamente en España, pero por temas culturales ella prefiere pasar a apedillarse como yo. Si la opcion de casarse en Japon no es viable para residir en España, optaremos por la via española.

Todavia nos queda al menos año y medio para el tramite (especialmente por la situacion del COVID), pero el tratar con embajadas y papeleo siempre lleva tiempo y queremos estar seguros de que lo entendemos bien todo.
Última edición por admin el 06 May 2020, 13:11, editado 1 vez en total.
Razón: Desdoblamos tus preguntas a dos foros distintos al ser cuestiones que tratan la 1ª sobre permisos de residencia y ésta, sobre apellido de tu cónyuge tras casaros
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admin
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Re: Apellido de esposa extra-comunitaria tras contraer matrimonio con español, bien en España o en extranjero

Mensaje por admin »

Hola [mention]fermin[/mention]

Te cases donde te cases tu esposa tendrá el apellido que la ley japonesa legisle.
De manera que si os casáis en Japón, automáticamente se convertirá en la señora "D......" y así la documentarán.
Si el matrimonio es en España, como nosotros no podemos cambiar el nombre o apellido de un extranjero, seguirá siendo la señora Satō, y tendrá que cambiar el apellido bien en su Embajada en Madrid, o directamente ante la administración correspondiente en Japón.

Ello no obstante, tenga cambiado el apellido o no, si tenéis hijos, sus apellidos serán "D......" Satō, o Satō "D......" según la elección del orden que hagáis para el primero que tengáis.

Nunca van a ser "D......" "D......", o sea, con los dos apellidos tuyos, dado que al ser españoles nuestra ley regula cuáles son los apellidos de un español y siempre son -en el orden que elijáis- el primero del padre y el primero DE LOS PERSONALES de la madre. O sea, el de nacimiento de ella.

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luisa
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Re: Apellido de esposa extra-comunitaria tras contraer matrimonio con español, bien en España o en extranjero

Mensaje por luisa »

Si vais a contrae matrimonio en España o en el Consulado el art. 238 del Reglamento del Registro Civil establece que:
"Es competente para la instrucción del expediente previo a la celebración del matrimonio el Juez encargado o de Paz, o el Encargado del Registro Civil consular, correspondiente al domicilio de cualquiera de los contrayentes".

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fermin
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Re: Apellido de esposa extra-comunitaria tras contraer matrimonio con español, bien en España o en extranjero

Mensaje por fermin »

admin escribió: 06 May 2020, 13:51 Te cases donde te cases tu esposa tendrá el apellido que la ley japonesa legisle.
De manera que si os casáis en Japón, automáticamente se convertirá en la señora "D......" y así la documentarán.
Si el matrimonio es en España, como nosotros no podemos cambiar el nombre o apellido de un extranjero, seguirá siendo la señora Satō, y tendrá que cambiar el apellido bien en su Embajada en Madrid, o directamente ante la administración correspondiente en Japón.

Ello no obstante, tenga cambiado el apellido o no, si tenéis hijos, sus apellidos serán "D......" Satō, o Satō "D......" según la elección del orden que hagáis para el primero que tengáis.

Nunca van a ser "D......" "D......", o sea, con los dos apellidos tuyos, dado que al ser españoles nuestra ley regula cuáles son los apellidos de un español y siempre son -en el orden que elijáis- el primero del padre y el primero DE LOS PERSONALES de la madre. O sea, el de nacimiento de ella.

Gracias! La respuesta me ha quedado bastante clara, aunque probablemente iniciemos el proceso desde España por facilidad a la hora de tramitar el visado. Lo que
luisa comento no entendi ni papa :(
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Fenocicadeles
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Re: Apellido de esposa extra-comunitaria tras contraer matrimonio con español, bien en España o en extranjero

Mensaje por Fenocicadeles »

Lo que luisa te indica es que si vas a contraer matrimonio con arreglo a la legislación española, deberás tramitar previamente el pertinente Expediente Gubernativo en virtud del cual se te autoriza, o no, a contraer matrimonio.
Ese Expediente puedes iniciarlo en el Registro Civil de la localidad española en donde estés empadronado o bien en la Oficina Consular de España en donde constes matriculado.
Los españoles residentes en el extranjero deben inscribirse en el Registro de Matrícula Consular correspondiente a la demarcación en la que tienen su domicilio

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fermin
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Re: Apellido de esposa extra-comunitaria tras contraer matrimonio con español, bien en España o en extranjero

Mensaje por fermin »

Fenocicadeles de acuerdo, ahora si me queda claro. (no estoy muy dicho aun en estos temas)
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