"Legalización" de certificado de naturalización tras adquirir otra nacionalidad

Confusión acerca de este proceso

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"Legalización" de certificado de naturalización tras adquirir otra nacionalidad

Mensaje por Solicitante »

Hola a todos,

En referencia a la conservación de la nacionalidad española tras haber adquirido la británica recientemente., estoy muy confusa acerca de lo que significa legalizar el certificado de naturalización.

¿Alguien puede aclararme lo que significa?
¿Valdría con llevarlo a un traductor jurado?
No entiendo por qué las autoridades españolas no aceptan un documento oficial, y costoso, que ha expedido Home Office antes del 31 de diciembre de 2020. En el juzgado que me corresponde me han dicho que esto es algo que deben legalizar ellos, pero esto ya es legal.

¿Hay alguna forma rápida y sencilla de resolverlo?

Muchas gracias por adelantado.


alek6dj
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Re: "Legalización" de certificado de naturalización tras adquirir otra nacionalidad

Mensaje por alek6dj »

Documentos británicos

Los documentos británicos cuya legalización sea requerida por las autoridades españolas, deberán llevar la Apostilla de La Haya. Para obtener la Apostilla debe de contactar con:

The Foreign and Commonwealth Office
Legalisation Office
legalisationenquiries@fco.gov.uk
Tel: 03700 00 22 44
Monday to Friday, 10am to 4pm
Sacado de http://www.exteriores.gob.es/Consulados ... aHaya.aspx

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Solicitante
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Re: "Legalización" de certificado de naturalización tras adquirir otra nacionalidad

Mensaje por Solicitante »

¡Gracias! El caso es que estoy ya en España.
Última edición por Solicitante el 27 Ene 2021, 23:51, editado 1 vez en total.
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kárbiko
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Re: "Legalización" de certificado de naturalización tras adquirir otra nacionalidad

Mensaje por kárbiko »

Puedes consultar este otro tema donde se trató la cuestión de legalizar documentos de UK estando ya en España:

Conservación nacionalidad española a la vuelta: ¿cómo legalizar documentos de UK desde España?
¿Valdría con llevarlo a un traductor jurado?
Vas a tener que traducirlo sí o sí, porque todo documento que viene expedido en otra lengua tiene que serlo porque así se indica en la legislación. El art. 86 RRC indica quienes pueden traducirlo.
No entiendo por qué las autoridades españolas no aceptan un documento oficial, y costoso, que ha expedido Home Office antes del 31 de diciembre de 2020. En el juzgado que me corresponde me han dicho que esto es algo que deben legalizar ellos, pero esto ya es legal.
Pues por lo mismo que lo anterior. Además de que porque UK no firma ningún convenio CIEC que exima de tener que traducir y/o legalizar los documentos que allí se expiden para ser utilizados en el extranjero, o que vayan a ser usados allí provenientes de otro país.
Las cosas de los británicos. Por eso todo el mundo circula por la derecha y ellos piensan que los que van por el lado contrario son todos los demás...
Al menos sí que son parte del Convenio de La Haya que facilita la legalización de documentos y evita que sea necesaria la doble legalización.
Reglamento del Registro Civil escribió:Sección segunda. De los requisitos complementarios de los documentos

Art. 86.
Con los documentos no redactados en castellano ni en ninguna de las demás lenguas oficiales en las respectivas Comunidades Autónomas, o escritos en letra antigua o poco inteligible, se acompañará traducción o copia suficiente hecha por Notario, Cónsul, Traductor u otro órgano o funcionario competentes.
No será necesaria la traducción si al Encargado le consta su contenido.

Art. 88.
A salvo lo dispuesto en los Tratados internacionales, requieren legalización los documentos expedidos por funcionario extranjero y los expedidos en campaña o en el curso de un viaje marítimo o aéreo.

Art. 90.
La legalización, a efectos del Registro, se hará, tratándose de documentos extranjeros, por el Cónsul español del lugar en que se expidan o por el Cónsul del país en España.

Si se trata de documentos expedidos en campaña o en el curso de un viaje marítimo o aéreo, la legalización se practicará, a estos efectos, por el Subsecretario del Ministerio correspondiente, sin perjuicio de la competencia atribuida al Cuerpo Militar de Intervención de la Defensa.

yuikibz2
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Re: "Legalización" de certificado de naturalización tras adquirir otra nacionalidad

Mensaje por yuikibz2 »

Solicitante escribió: 27 Ene 2021, 23:35 ¡Gracias! El caso es que estoy ya en España.
Para legalizar documentos emitidos en el RU, tienes que hacerlo mediante esta página: https://www.gov.uk/get-document-legalised
Tienes que rellenar los datos que te piden, luego mandarles el documento a legalizar, y en el plazo de diez días te lo devuelven sellado con la apostilla.
El servicio tiene un coste de 30 libras por documento mas 14,50 libras de gastos de envio. Viene todo explicado en la página.
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