Hola a todos,
soy española y mi marido, (al menos en USA) es cubano. yo resido en España y él en NY. nos casamos en junio del 2010, pues vamos a tener un bebe y queremos vivir en España.
En el consulado nos han dicho que no podemos inscribir el matrimonio alli, que lo tengo que hacer en el registro civil central de Madrid( que tarda un momton!!)
yo fui al registro civil de mi localidad y me dijeron que si lo podia hacer atraves de ellos, y me dijeron toda la documentacion que necesito. Pero yo no entiendo porque no podemos hacerlo en el consulado que seria mas rapido.
Ademas tengo el problema de insccribir al bebe cuando nazca, porque al no tener libro de familia, ¿sera hijo matrimonial o no?. en el consulado le dijeron a mi marido que lo tendria que inscribir como soltera y despues cuando ya tubiesemos el libro de familia del matrimonio lo corregirian. A mi eso me parece un lio... pero esque el no esta en españa y tampoco puede inscribirlo personalmente para reconocerlo como padre aunque no conste como mi marido..
Se que este tema atañe a varios foros (nacimiento, extrangeria....) pero como lo primero que tengo que hacer es inscribir el matrimonio, pues os lo pregunto aqui, tengo toda la documentacion que me pidieron aquí en España pero no me atrevo a entregarla hasta tener claro que no lo puedo hacer por el consulado.
muchas gracias
El consulado en NY no me deja inscribir mi matrimonio
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Re: El consulado en NY no me deja inscribir mi matrimonio
El extranjero, residente en el pais donde ha contraido matrimonio con un español, está plenamente legitimado para promover la inscripción de ese matrimonio si reside en la circunscripción del Consulado de España donde se celebró el enlace... aunque el Consulado en cuestión no lo sepa...
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Re: El consulado en NY no me deja inscribir mi matrimonio
... y si no vive en municipio que corresponda a esa circunscripción consular, lo puede solicitar en el Consulado de España que corresponda con su domicilio.
De alli lo remitirán al RC de NY, donde tramitarán el expediente derivado de esa solicitud.... y ya se resolverá.
El RC competente para recoger la solicitud es el del domicilio de ustedes 2. Por tanto, si usted está domiciliada en España, será en el RC de su municipio, y éste lo remitirá bien a su RC Encargado o, siendolo ya el suyo, lo mandará al RC Central.
Si su esposo reside en otro municipio que no pertenece a la circunscripción de NY, sino que lo es, por ejemplo, para el de Miami, lo presentará en éste último. Alli recogen la documentación y lo remiten al RC de NY, donde se iniciará la tramitación.
¿Más claro lo de la competencia?
Con respecto a su segunda cuestión:
De momento, usted está casada.
Por tanto, si tiene un hijo en España, y, en el momento de la inscripción de su hijo, asi lo manifiesta (e incluso mejr si aporta el certificado de matrimonio legalizado y traducido), se le considerará como hijo matrimonial.
De esa declaración asumirá las consecuencias legales, si fuera mentira..
Por tanto, puede ir usted sóla a inscribir al hijo de ambos, siempre que sea en el Registro Civil del lugar de donde nace el menor.
Incluso, en este caso, podria ir cualquier persona que llevara la documentación correspondiente.
Si quiere inscribirlo en otro RC distinto del de donde realmente nace, entonces tienen que solicitarlo AMBOS padres de común acuerdo.
Al inscribirlo le darán un llibro de familia, sin rellenar los datos del matrimonio.
Cuando conste inscrito en RC español, entonces completarán esos datos del libro.
Incluso, para la tramitación del expediente de inscripción de ese matrimonio en el RC de NY, le puede ser de ayuda la presentación de la inscripción de nacimiento del hijo en común de ambos....
De alli lo remitirán al RC de NY, donde tramitarán el expediente derivado de esa solicitud.... y ya se resolverá.
El RC competente para recoger la solicitud es el del domicilio de ustedes 2. Por tanto, si usted está domiciliada en España, será en el RC de su municipio, y éste lo remitirá bien a su RC Encargado o, siendolo ya el suyo, lo mandará al RC Central.
Si su esposo reside en otro municipio que no pertenece a la circunscripción de NY, sino que lo es, por ejemplo, para el de Miami, lo presentará en éste último. Alli recogen la documentación y lo remiten al RC de NY, donde se iniciará la tramitación.
¿Más claro lo de la competencia?
Con respecto a su segunda cuestión:
De momento, usted está casada.
Por tanto, si tiene un hijo en España, y, en el momento de la inscripción de su hijo, asi lo manifiesta (e incluso mejr si aporta el certificado de matrimonio legalizado y traducido), se le considerará como hijo matrimonial.
De esa declaración asumirá las consecuencias legales, si fuera mentira..
Por tanto, puede ir usted sóla a inscribir al hijo de ambos, siempre que sea en el Registro Civil del lugar de donde nace el menor.
Incluso, en este caso, podria ir cualquier persona que llevara la documentación correspondiente.
Si quiere inscribirlo en otro RC distinto del de donde realmente nace, entonces tienen que solicitarlo AMBOS padres de común acuerdo.
Al inscribirlo le darán un llibro de familia, sin rellenar los datos del matrimonio.
Cuando conste inscrito en RC español, entonces completarán esos datos del libro.
Incluso, para la tramitación del expediente de inscripción de ese matrimonio en el RC de NY, le puede ser de ayuda la presentación de la inscripción de nacimiento del hijo en común de ambos....
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La política es el arte de buscar problemas, encontrarlos, hacer un diagnóstico falso y aplicar después los remedios equivocados.(Groucho Marx dixit)
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Re: El consulado en NY no me deja inscribir mi matrimonio
Tengo mis dudas de que podamos considerar que el hijo es matrimonial antes de que el matrimonio haya sido inscrito en el registro civil español correspondiente; si ambos padres fueran extranjeros entonces podriamos asegurar que el hijo es matrimonial, pero siendo uno de ellos español el estado civil de ambos padres no es el de casados, sino el que cada uno tuviera antes de contraer el matrimonio mientras éste no esté inscrito en el registro español, con independencia de que una vez inscrito se lleve nota al nacimiento del hijo haciendo constar que efectivamente tenia la condición de hijo matrimonial cuando nació.
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Re: El consulado en NY no me deja inscribir mi matrimonio
Todo indica que el nacimiento ocurrirá en España.
Ella reside en España y no ha estado empadronada en la demarcación consular de NY.
Ella reside en España y no ha estado empadronada en la demarcación consular de NY.
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