Hola ,buenas tardes:
Tengo una duda con respecto a un matrimonio celebrado en Colombia hace 20 años.
El matrimonio fue celebrado entre un español y una colombiana, conforme a la ley colombiana; pero no se inscribió en el registro civil (ni consular ni en España).
Despuñes de unos años, dicha pareja se divorcia en Colombia.
Años después él español fallece.
Sus herederos en España, reclaman su herencia, y entre los trámites tienen que demostrar que existió el divorcio, para que así su ex-mujer no se lleve nada de la herencia. Para ello se plantean la posibilidad de iniciar exequátur para reconocer la sentencia de divorcio aquí en España.
La duda es:
¿Se puede instar exequátur de la sentencia, sin que exista inscripción previa en el registro civil del matrimonio?, o, en todo caso, ¿no es necesario que haya tal inscripción de matrimonio, independientemente de que sea español -art 15 LRC- para proceder al exequátur??
Gracias.
Inscripción en RC español de matrimonio de español-colombiana y posterior divorcio, todo ocurrido en Colombia
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Re: Inscripción en RC español de matrimonio de español-colombiana y posterior divorcio, todo ocurrido en Colombia
Para iniciar el exequátur, se debe presentar el certificado literal inscrito en RC español, del matrimonio del que se dictó la resolución...
Aunque hay Juzgados de Primera Instancia que no comprueban que se presenta... icon_exclaim1 icon_exclaim1
Son temas independientes, por lo que se debe iniciar solicitando la inscripción de ese matrimonio en el RC Central o Consular.
Luego, se insta el exequátur y entonces ya se inscribirá el divorcio..
Aunque hay Juzgados de Primera Instancia que no comprueban que se presenta... icon_exclaim1 icon_exclaim1
Son temas independientes, por lo que se debe iniciar solicitando la inscripción de ese matrimonio en el RC Central o Consular.
Luego, se insta el exequátur y entonces ya se inscribirá el divorcio..
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