¡Buenas tardes!
Mi pregunta está relacionada con los certificados no digitalizados: Estoy divorciada y en internet aparece registrado mi matrimonio pero no el divorcio.
Me sale un mensaje que me indica que al no estar digitalizado tengo que personarme en el lugar donde me casé (un juzgado de paz de un pueblo de España).
Me puse en contacto con dicho juzgado y me mandaron una copia (con los sellos azules) del matrimonio y el divorcio en el margen izquierdo. Quiero saber si esto es suficiente para presentar a la hora de volver a casarme, puesto que al no tener firma digital ni nada...no sé si me van a decir que no vale. Yo no vivo en España y este tema me trae un poco de cabeza. ¿Alguna idea?
Muchas gracias de antemano.
Certificado del divorcio: ¿vale con el certificado de matrimonio con la marginal de la disolución?
Reglas del Foro
1.- Utiliza la BUSQUEDA: Posiblemente ya está contestada tu duda
2.- Un NUEVO TEMA para cada cuestión distinta
3.- Tus dudas, ponlas en el foro correspondiente: Así podremos tener un mejor orden de los temas.
4.- Respeta a los demás usuarios y las Normas Generales. Puedes consultarlas Aquí
5.- No escribas todo en Mayúsculas, parecerá QUE GRITAS
6.- El título del tema, que sea claro, que se entienda la duda que planteas,
7.- Los temas de título como Ayuda Urgente, Tengo un problema y similares, que no identifican tu duda, serán automáticamente borrados por los miembros.
1.- Utiliza la BUSQUEDA: Posiblemente ya está contestada tu duda
2.- Un NUEVO TEMA para cada cuestión distinta
3.- Tus dudas, ponlas en el foro correspondiente: Así podremos tener un mejor orden de los temas.
4.- Respeta a los demás usuarios y las Normas Generales. Puedes consultarlas Aquí
5.- No escribas todo en Mayúsculas, parecerá QUE GRITAS
6.- El título del tema, que sea claro, que se entienda la duda que planteas,
7.- Los temas de título como Ayuda Urgente, Tengo un problema y similares, que no identifican tu duda, serán automáticamente borrados por los miembros.
-
- Mensajes: 8667
- Registrado: 10 Jul 2008, 01:50
- Agradecido : 146 veces
- Agradecimiento recibido: 452 veces
- Género:
Re: Certificado del divorcio: ¿vale con el certificado de matrimonio con la marginal de la disolución?
Hola Maria
En los registros civiles de España no existe el certificado de divorcio como tal. Lo que hay es el certificado de matrimonio, en el que marginalmente irán figurando las circunstancias que acontecen a dicha relación, entre las que se encuentra la inscripción de su disolución.
Esa inscripción certifica que ese matrimonio ya no está vigente.
Como "certificado de divorcio", yo entendería el certificado que da el Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado que dicta la resolución de disolución (que "técnicamente" es un TESTIMONIO de la resolución), o el acta que otorga algún notario en el caso de las que se hacen ante ellos.
En el caso que dices, el certificado que te han remitido es perfectamente válido para acreditar la disolución de ese matrimonio. Lo que ocurre es que deberá estar apostillado (y en su caso traducido) para que te lo acepten en ese país en el que resides.
Si estás residiendo en un país de la UE, para evitar tener que estar con esos trámites, hay 2 vías para obtener un certificado emitido por el Juzgado de Paz donde te casaste, y que ya vendrá traducido y no necesita la apostilla de la Haya:
Si necesitas que te emitan el certificado en estos formatos y los compañeros de ese Juzgado de Paz no conocen estos formatos, diles que se pongan en contacto con nosotros (o directamente conmigo) a través de este foro. O de mi email, cuyo enlace aparece aquí en el lado derecho de éste, mi mensaje.
En los registros civiles de España no existe el certificado de divorcio como tal. Lo que hay es el certificado de matrimonio, en el que marginalmente irán figurando las circunstancias que acontecen a dicha relación, entre las que se encuentra la inscripción de su disolución.
Esa inscripción certifica que ese matrimonio ya no está vigente.
Como "certificado de divorcio", yo entendería el certificado que da el Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado que dicta la resolución de disolución (que "técnicamente" es un TESTIMONIO de la resolución), o el acta que otorga algún notario en el caso de las que se hacen ante ellos.
En el caso que dices, el certificado que te han remitido es perfectamente válido para acreditar la disolución de ese matrimonio. Lo que ocurre es que deberá estar apostillado (y en su caso traducido) para que te lo acepten en ese país en el que resides.
Si estás residiendo en un país de la UE, para evitar tener que estar con esos trámites, hay 2 vías para obtener un certificado emitido por el Juzgado de Paz donde te casaste, y que ya vendrá traducido y no necesita la apostilla de la Haya:
- Certificado en formato plurilingüe, en el modelo aprobado en el Convenio CIEC nº 16, y que aceptarán los países que han ratificado el mismo
- Certificado expedido en el formato aprobado en el Reglamento UE 2016/1191.
Si necesitas que te emitan el certificado en estos formatos y los compañeros de ese Juzgado de Paz no conocen estos formatos, diles que se pongan en contacto con nosotros (o directamente conmigo) a través de este foro. O de mi email, cuyo enlace aparece aquí en el lado derecho de éste, mi mensaje.
Re: Certificado del divorcio: ¿vale con el certificado de matrimonio con la marginal de la disolución?
Muchas gracias Kárbiko por la respuesta y la rapidez.
Resido fuera de la UE y el matrimonio sería en Egipto. Tenía la idea de hacer la capacidad matrimonial en la embajada, traducir todos los papeles, casarme en Egipto y luego reconocerlo en España a través, de nuevo, de la embajada. ¿Tiene caducidad la capacidad matrimonial?
Resido fuera de la UE y el matrimonio sería en Egipto. Tenía la idea de hacer la capacidad matrimonial en la embajada, traducir todos los papeles, casarme en Egipto y luego reconocerlo en España a través, de nuevo, de la embajada. ¿Tiene caducidad la capacidad matrimonial?
-
- Mensajes: 8667
- Registrado: 10 Jul 2008, 01:50
- Agradecido : 146 veces
- Agradecimiento recibido: 452 veces
- Género:
Re: Certificado del divorcio: ¿vale con el certificado de matrimonio con la marginal de la disolución?
Sí, así lo indica el art. 252 del Reglamento del RC:
Art. 252 RRC.
Si los contrayentes han manifestado su propósito de contraer matrimonio en el extranjero con arreglo a la forma establecida por la Ley del lugar de celebración y esta Ley exige la presentación de un certificado de capacidad matrimonial, una vez concluido el expediente con auto firme favorable, el instructor entregará a aquéllos tal certificado. La validez de éste estará limitada a los seis meses de su fecha.
-
- Temas similares
- Respuestas
- Vistas
- Último mensaje
-
- 0 Respuestas
- 2637 Vistas
-
Último mensaje por Walspain001
-
- 3 Respuestas
- 1898 Vistas
-
Último mensaje por kárbiko
-
-
Adopción Nacional: error al hacer la inscripción marginal en RC. ¿Es posible revertir marginal y hacerla nuevamente?
por Usuario borrado 15232 » » en ADOPCIONES - 3 Respuestas
- 2822 Vistas
-
Último mensaje por Usuario borrado 15232
-
-
- 5 Respuestas
- 2457 Vistas
-
Último mensaje por kárbiko
-
- 1 Respuestas
- 2657 Vistas
-
Último mensaje por kárbiko
-
- 1 Respuestas
- 1596 Vistas
-
Último mensaje por Javier2749c
-
- 11 Respuestas
- 4956 Vistas
-
Último mensaje por mariavc
-
- 2 Respuestas
- 3927 Vistas
-
Último mensaje por Iscri 2969