Os comento un caso que me tiene la cabeza frita. Se quiere presentar un expediente de LMD por anexo 1 en el Consulado de España en La Habana (Cuba), pero como la persona nació en Rusia, ya nos han adelantado que su expediente se enviará desde Cuba al Consulado de España en Moscú para su resolución, y la persona deberá aportar además de su certificado de nacimiento cubano, el ruso. Aquí empieza el problema.
Los certificados de nacimiento rusos no son como los cubanos, españoles u otros, que puedes solicitar cuantos necesites. Los rusos se dan una única vez al nacer, y solo te expiden uno nuevo si se pierde el original. Esto ya lleva implícito el problema de la fecha de expedición del documento (que quiero ignorar de momento), pero además obliga a tener que hacer una copia compulsada del certificado de nacimiento original y entregar dicha copia, pues es inviable entregar el único certificado original al que puedes acceder. Por otro lado está el tema de la traducción jurada al español.
Las interrogantes vienen principalmente por el orden y la forma de hacer la compulsa y la traducción del certificado de nacimiento ruso para que sea aceptado por el Consulado de España, porque se me ocurren varias opciones, por ejemplo:
- Compulsar el original ante el Consulado de Rusia en La Habana y traducir dicha compulsa. Entregar compulsa + traducción
- Compulsar el original ante el Consulado de España en La Habana (¿se podrá?) y traducir dicha compulsa. Entregar compulsa + traducción.
- No compulsar el original y mandarlo a traducir directamente. Llevar originales pero entregar solo la traducción.
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