Inscripción en Consulado.
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Inscripción en Consulado.
Buenas mi duda es la siguiente:
Soy Peruana y mi esposo también, nos casamos durante el proceso de nacionalidad.. ahora él ya cuenta con los documentos españoles y queremos empezar la inscripción, sé que hay dos maneras de hacerlo y una es en el consulado peruano, deseamos optar por ésta ya que por lo que leo no tarda tanto como en el RC, mi duda va a si es necesario que sea él quien tenga que personalmente inscribir el matrimonio en el consulado o puedo hacerlo yo?, y si no se da el caso, puede él inscribirlo y regresar a Madrid antes que le otorguen el libro de familia?.. Él no puede estar en Perú más de 15 días y por lo que veo la inscripciones aquí están tardando entre 2-3 meses..
Agradezco desde ya su ayuda.
Soy Peruana y mi esposo también, nos casamos durante el proceso de nacionalidad.. ahora él ya cuenta con los documentos españoles y queremos empezar la inscripción, sé que hay dos maneras de hacerlo y una es en el consulado peruano, deseamos optar por ésta ya que por lo que leo no tarda tanto como en el RC, mi duda va a si es necesario que sea él quien tenga que personalmente inscribir el matrimonio en el consulado o puedo hacerlo yo?, y si no se da el caso, puede él inscribirlo y regresar a Madrid antes que le otorguen el libro de familia?.. Él no puede estar en Perú más de 15 días y por lo que veo la inscripciones aquí están tardando entre 2-3 meses..
Agradezco desde ya su ayuda.
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Re: Inscripción en Consulado.
El consulado peruano no tiene nada que ver.
Se inscribe en el Registro Civil Central o en el Consulado de España en Perú, dependiendo del domicilio de los solicitantes.
Si ambos residís en España sólo se puede inscribir en el RCC, y la inscripción está tardando más de 18 meses.
Casi 24, para ser más exactos.
Se inscribe en el Registro Civil Central o en el Consulado de España en Perú, dependiendo del domicilio de los solicitantes.
Si ambos residís en España sólo se puede inscribir en el RCC, y la inscripción está tardando más de 18 meses.
Casi 24, para ser más exactos.
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Re: Inscripción en Consulado.
hola admin o jucrisvic tengo una pregunta a ver si me la puedeis contestar ; gracias de antemano :
Acabo de obtener la nacionalidad y tengo la jura en marzo; tengo 2 niños nacidos aqui en Espana ;la mujer con residencia permanente
para los hijos voy a solicitar la nacionalidad por opcion ..eso si lo tengo claro
Tengo pensado marcharme a Marruecos en junio para vivir allá ;¿puedo registrar el matrimonio en el consulado de Espana en AGADIR MARRUECOS para que mi mujer opte tambien a la nacionalidad por estar casada conmigo?
aunque estemos viviendo en el extranjero ;no se exige estar residiendo en España
Acabo de obtener la nacionalidad y tengo la jura en marzo; tengo 2 niños nacidos aqui en Espana ;la mujer con residencia permanente
para los hijos voy a solicitar la nacionalidad por opcion ..eso si lo tengo claro
Tengo pensado marcharme a Marruecos en junio para vivir allá ;¿puedo registrar el matrimonio en el consulado de Espana en AGADIR MARRUECOS para que mi mujer opte tambien a la nacionalidad por estar casada conmigo?
aunque estemos viviendo en el extranjero ;no se exige estar residiendo en España
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Re: Inscripción en Consulado.
La opción la piden tus hijos, porque están o han estado bajo la patria potestad de un español.
O sea, que uno de sus padres es (o era español) mientras ellos eran (o son aún) menores de edad.
Por tanto, tu esposa no tiene nada que ver con la opción a la nacionalidad porque tú tengas la nacionalidad española.
Después de que tengas inscrito el matrimonio en España, a tu mujer le empieza a contar el tiempo legal para poder pedir ella la nacionalidad por residencia, pero necesita un plazo de 1 año continuado.
Por tanto, si es nacionalidad por residencia, NO se puede pedir si no se está residiendo en España y se pide en el RC del municipio donde vives.
Si te vas a Agadir, allí puedes presentar la solicitud de inscripción de tu matrimonio.
O sea, que uno de sus padres es (o era español) mientras ellos eran (o son aún) menores de edad.
Por tanto, tu esposa no tiene nada que ver con la opción a la nacionalidad porque tú tengas la nacionalidad española.
Después de que tengas inscrito el matrimonio en España, a tu mujer le empieza a contar el tiempo legal para poder pedir ella la nacionalidad por residencia, pero necesita un plazo de 1 año continuado.
Por tanto, si es nacionalidad por residencia, NO se puede pedir si no se está residiendo en España y se pide en el RC del municipio donde vives.
Si te vas a Agadir, allí puedes presentar la solicitud de inscripción de tu matrimonio.
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Re: Inscripción en Consulado.
Hola A todos,
Me acaban de dar la nacionalidad espanola, en 5 de Junio, tendre le pasaporte.ole !!!
Tengo 2 hijos naciodos aqui, la mayor ya la hemos pedido la nacionalidad antes de serlo yo, el peque aun no.
Tengo pedida la cita de la nacionalidad para mi mujer en Nov. 2014,( ella es de Siria y lleva aqui 3 años) me han dicho que antes hay que registrar el matrimonio que se ha celebrado en Damasco 2007.
tengo varias dudas :
1- cuando tardan en inscripir el materimonio en RC Barcelona?
2- Cual es el RC mas rapido de España / Cataluña para registrar los martimonios? ( no tengo problema en mudarme, estoy muy cansado del RC de BCN)
3- Se respeta el tiempo que llevamos casados antes de obtenerme la nacionalidad española? son 5 años.
Mil gracias
Me acaban de dar la nacionalidad espanola, en 5 de Junio, tendre le pasaporte.ole !!!
Tengo 2 hijos naciodos aqui, la mayor ya la hemos pedido la nacionalidad antes de serlo yo, el peque aun no.
Tengo pedida la cita de la nacionalidad para mi mujer en Nov. 2014,( ella es de Siria y lleva aqui 3 años) me han dicho que antes hay que registrar el matrimonio que se ha celebrado en Damasco 2007.
tengo varias dudas :
1- cuando tardan en inscripir el materimonio en RC Barcelona?
2- Cual es el RC mas rapido de España / Cataluña para registrar los martimonios? ( no tengo problema en mudarme, estoy muy cansado del RC de BCN)
3- Se respeta el tiempo que llevamos casados antes de obtenerme la nacionalidad española? son 5 años.
Mil gracias
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Re: Inscripción en Consulado.
eres.tú , ¿has leído bien el mensaje de Jucrísvic?
Pero si se solicita en el RC principal del lugar donde vives, que se inscriba en el RC Central.
Se inscribe en el RC Central o en el RC del Consulado de España en el lugar donde te casaste.
¿De qué depende que sea en uno o en otro? De dónde esté empadronado quien lo solicita. Si lo está en España, se hace en el RC Central. Si no lo está aquí, se inscribe en el Consulado de España.
¿Cuál tarda menos? No se lo que tarda el Consulado, pero si lees ese mensaje de Jucrísvic ya sabes lo que tarda el Central. Seguro que el Consulado tarda menos...
¿A qué te refieres si se respeta ese tiempo de casados?
Tu esposa puede demostrar que está casada con un ciudadano extranjero, pero no puede demostrar que lo está con un ciudadano español..
¿Por qué? Porque para que un español pueda demostrarlo, tiene que presentar el certificado del matrimonio inscrito en un RC español.
Entonces tu mujer no puede contar como plazo para pedir la nacionalidad el tiempo que ha estado casada siendo tú extranjero.
Habrá que inscribir vuestro matrimonio y una vez tenga el certificado, ya si que lo podrá pedir, pues se considera y se demuestra que está casada con un español desde que tú adquieres la nacionalidad.
Cumplido el requisito del año de residencia legal, ya puede iniciar su trámite.
No se inscribe en ningún RC de Cataluña ni de Aragón ni de Canarias ni de Baleares..... ni en el de ningún otro registro civil municipal.Jucrísvic escribió:El consulado ...... no tiene nada que ver.
Se inscribe en el Registro Civil Central o en el Consulado de España en ......, dependiendo del domicilio de los solicitantes.
Si ambos residís en España sólo se puede inscribir en el RCC, y la inscripción está tardando más de 18 meses.
Casi 24, para ser más exactos.
Pero si se solicita en el RC principal del lugar donde vives, que se inscriba en el RC Central.
Se inscribe en el RC Central o en el RC del Consulado de España en el lugar donde te casaste.
¿De qué depende que sea en uno o en otro? De dónde esté empadronado quien lo solicita. Si lo está en España, se hace en el RC Central. Si no lo está aquí, se inscribe en el Consulado de España.
¿Cuál tarda menos? No se lo que tarda el Consulado, pero si lees ese mensaje de Jucrísvic ya sabes lo que tarda el Central. Seguro que el Consulado tarda menos...
¿A qué te refieres si se respeta ese tiempo de casados?
Tu esposa puede demostrar que está casada con un ciudadano extranjero, pero no puede demostrar que lo está con un ciudadano español..
¿Por qué? Porque para que un español pueda demostrarlo, tiene que presentar el certificado del matrimonio inscrito en un RC español.
Entonces tu mujer no puede contar como plazo para pedir la nacionalidad el tiempo que ha estado casada siendo tú extranjero.
Habrá que inscribir vuestro matrimonio y una vez tenga el certificado, ya si que lo podrá pedir, pues se considera y se demuestra que está casada con un español desde que tú adquieres la nacionalidad.
Cumplido el requisito del año de residencia legal, ya puede iniciar su trámite.
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La política es el arte de buscar problemas, encontrarlos, hacer un diagnóstico falso y aplicar después los remedios equivocados.(Groucho Marx dixit)
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Re: Inscripción en Consulado.
kárbiko ... mil gracias, y si soy yo !!! ahora espanol, 6 anos de tramite , parece mentira !! y lo que queda para hacer lo demas ... gracias de nuevo
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inscrito en consulado --- se traslada mi inscripción al registro civil central?
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