Nacionalidad por residencia - Abuelo que originariamente hubiera sido español

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barraquense
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Nacionalidad por residencia - Abuelo que originariamente hubiera sido español

Mensaje por barraquense »

Estimados, quisiera hacer una consulta: una persona nacida en Bolivia, con madre boliviana, abuelo boliviano y bisabuelo español nacido en España quiere obtener ciudadanía española por residencia, a la luz del artículo 22.2.f) del Código Civil Español.

Pues bien, allí dice que bastará un año de residencia en España para "...El nacido fuera de España de padre o madre, abuelo o abuela, que originariamente hubieran sido españoles".

Teniendo en cuenta que el hijo de español nacido en España (abuelo boliviano) originariamente fue español, puede este bisnieto hacer uso de dicho artículo para beneficiarse del plazo reducido de un año para la obtención de nacionalidad española por residencia?

Aguardo vuestra atenta respuesta, saludos!
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kárbiko
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Re: Nacionalidad por residencia - Abuelo que originariamente hubiera sido español

Mensaje por kárbiko »

¿Está inscrito el nacimiento del abuelo (hijo de ese señor que era español nacido en España) en un Registro Civil español?

Porque para acreditar que es nieto de un español originario no basta con especular diciendo que como era hijo, seguro que fue español.
Hay que demostrarlo, y en estas cuestiones se acredita presentando el certificado de nacimiento español del interesado/interviniente.
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barraquense
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Re: Nacionalidad por residencia - Abuelo que originariamente hubiera sido español

Mensaje por barraquense »

No, no está inscripto. Ese abuelo (hijo del español nacido en España) falleció si haber recuperado su nacionalidad española.

Pero puedo acreditar que fue originariamente español perfectamente sin que tenga acta de nacimiento española... con el acta española de su padre, certificado que no obtuvo nacionalidad boliviana y nacimiento de su hijo... O no?

Usuario borrado 959
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Re: Nacionalidad por residencia - Abuelo que originariamente hubiera sido español

Mensaje por Usuario borrado 959 »

Lamentablemente no es posible probarlo del modo que refieres, se debe promover una inscripción fuera de plazo (de la persona fallecida) por expediente, el problema radica que la mayoría de los consulados se niegan a hacer ese tramite pues alegan que no hay nacionalidad post mortem lo cual es un error pues solo se trata de inscribir un nacimiento en forma tardía.

En caso de que el cónsul deniegue el tramite (por escrito) el interesado deberá interponer recurso ante la DGRN.

cenv
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Re: Nacionalidad por residencia - Abuelo que originariamente hubiera sido español

Mensaje por cenv »

Pero la persona en cuestión quiere la nacionalidad por residencia, para la cual tendrá que vivir en España y si vive en España puede solicitar la inscripción fuera de plazo del abuelo ante el Registro Civil Central ubicado en Madrid (Plaza Jacinto Benavente 3) sin tener que lidiar con consulados incompetentes y sin que haya mayor inconveniente. Y si lo solicita apenas llegue a España habrá suficiente tiempo para que esté lista en el momento en que quiera solicitar la nacionalidad por residencia con el plazo reducido.

Para mi la respuesta es sí, sí puede, pero tiene que inscribir primero al abuelo, lo podría intentar de una vez en el Consulado pero asumiendo que el Consulado no quiera hacer su trabajo, lo puede solicitar una vez llegue a España ante el Registro Civil Central.
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Re: Nacionalidad por residencia - Abuelo que originariamente hubiera sido español

Mensaje por barraquense »

Muchas gracias a todos por sus respuestas. Entonces básicamente, se debe realizar la inscripción fuera de plazo del ciudadano español originario (nacido en Bolivia, hijo del español nacido en España).

Con dicha inscripción, el bisnieto del español nacido en España puede obtener nacionalidad española por tener a su abuelo originariamente español.

Así sería entonces?

Saludos!

Usuario borrado 959
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Re: Nacionalidad por residencia - Abuelo que originariamente hubiera sido español

Mensaje por Usuario borrado 959 »

cenv escribió: 06 Jun 2018, 00:08 la persona en cuestión quiere la nacionalidad por residencia
De eso no hay duda pues lo detallo articulo 22.f CC, en los consulados de tener la "fortuna" de ser aceptado suele ser muy lento el proceso, si reside en España claramente la opción es el RC Central de Madrid
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barraquense
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Re: Nacionalidad por residencia - Abuelo que originariamente hubiera sido español

Mensaje por barraquense »

Ok, gracias. Ustedes tienen conocimiento que en casos similares el Registro Civil Central en Madrid realice las inscripciones de nacimiento fuera de plazo?

Usuario borrado 959
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Re: Nacionalidad por residencia - Abuelo que originariamente hubiera sido español

Mensaje por Usuario borrado 959 »

No hay duda que te van a recibir el tramite en el Registro Civil Central si tienes interés legitimo como en tu caso, hay ya bastante jurisprudencia al respecto, esta estipulado en Artículo 346 del Reglamento del Registro Civil.

Revisa este post:

http://www.fororegistrocivil.es/viewtop ... 457#p84076
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barraquense
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Re: Nacionalidad por residencia - Abuelo que originariamente hubiera sido español

Mensaje por barraquense »

Excelente, muchas gracias por vuestra ayuda!
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kárbiko
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Re: Nacionalidad por residencia - Abuelo que originariamente hubiera sido español

Mensaje por kárbiko »

Si no logras demostrar que el bisabuelo siguiera siendo español en el momento del nacimiento de su hijo, se podrá solicitar la inscripción... Pero en el campo de nacionalidad del padre no aparecerá ninguna, y en las observaciones se pondrá que no se acredita la nacionalidad española del inscrito..

Y con ello los descendientes no podrán obtener ningún beneficio como descendientes de un español que no se ha acreditado que lo fuera.

O sea, que es importante lograr encontrar documentación que acredite que en el momento de nacer el hijo, su padre no había adquirido otra nacionalidad, en este caso la boliviana.
Deberás obtener certificado que acredite que el señor llegó a Bolivia y se registró como un extranjero ante las autoridades locales, y otro que indique que nunca se naturalizó boliviano, o que si lo hizo, fue después del nacimiento de ese hijo.
Los cubanos que han estado en el foro ya nos han indicado cuáles son esos documentos en su país, que los emite la Dirección de Inmigración y Extranjería...
Pero de tu país no tenemos constancia (al menos yo no la tengo) de que se haya indicado qué organismo es el que los expediría.
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barraquense
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Re: Nacionalidad por residencia - Abuelo que originariamente hubiera sido español

Mensaje por barraquense »

Yo soy de Argentina, pero el caso es para boliviano descendiente de español.

En Bolivia el organismo que expide certificado de no nacionalidad boliviana es el Departamento de Archivo, dependiente de la Unidad de Extranjería y Pasaportes de la Dirección General de Migración :)

alek6dj
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Re: Nacionalidad por residencia - Abuelo que originariamente hubiera sido español

Mensaje por alek6dj »

kárbiko escribió: 07 Jun 2018, 09:22 Los cubanos que han estado en el foro ya nos han indicado cuáles son esos documentos en su país, que los emite la Dirección de Inmigración y Extranjería...
Hola kárbiko, podría indicarme por favor cuáles serían estos documentos? Gracias

Usuario borrado 959
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Re: Nacionalidad por residencia - Abuelo que originariamente hubiera sido español

Mensaje por Usuario borrado 959 »

alek6dj Documentos de la DIE (Dirección de Inmigración y Extranjería del Minint de Cuba), son dos:

*Certificado de Ciudadanía
*Certificado de Extranjería

alek6dj
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Re: Nacionalidad por residencia - Abuelo que originariamente hubiera sido español

Mensaje por alek6dj »

cenv escribió: 06 Jun 2018, 00:08 Y si lo solicita apenas llegue a España habrá suficiente tiempo para que esté lista en el momento en que quiera solicitar la nacionalidad por residencia con el plazo reducido
Hola cenv, cuánto tiempo podría demorar este trámite aproximadamente?

cenv
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Re: Nacionalidad por residencia - Abuelo que originariamente hubiera sido español

Mensaje por cenv »

Yo diría que entre 4 y 9 meses dependiendo de tu suerte (asumiendo que hayas entregado todo completo y no hagan ningún requerimiento adicional especial).
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