Buenos días ¿ se puede inscribir a un feto de menos de 180 días? En tal caso ¿el hospital tendría que entregar a los padres el Parte de alumbramiento de criaturas abortivas?.
Gracias.
Inscripción fetos de menos de 180 días
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Re: Inscripción fetos de menos de 180 días
No. Ni menores, ni tampoco mayores, si no han nacido vivos.
Lo que se hace cuando tienen más de 180 días de gestación es que el parte declarativo ya no va al antiguo legajo de abortos, sino que se incorpora a un fichero en el que los padres podrán determinar que quieren que ese parte quede registrado con el nombre de ....... (el que sea).
Sólo nombre, sin apellidos.
De menor gestación a ese plazo no se recoge nada en los RC, porque tampoco el hospital entrega nada a los progenitores.
Sin embargo, si hay parto y nacen vivos -aunque sea antes del plazo estipulado como "normal"-, entonces sí hay inscripción de nacimiento, con nombre y apellidos.
Y en los casos que ese recién nacido fallece, entonces también hay inscripción de defunción.
Lo que se hace cuando tienen más de 180 días de gestación es que el parte declarativo ya no va al antiguo legajo de abortos, sino que se incorpora a un fichero en el que los padres podrán determinar que quieren que ese parte quede registrado con el nombre de ....... (el que sea).
Sólo nombre, sin apellidos.
De menor gestación a ese plazo no se recoge nada en los RC, porque tampoco el hospital entrega nada a los progenitores.
Sin embargo, si hay parto y nacen vivos -aunque sea antes del plazo estipulado como "normal"-, entonces sí hay inscripción de nacimiento, con nombre y apellidos.
Y en los casos que ese recién nacido fallece, entonces también hay inscripción de defunción.
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