Por razón de mi nula experiencia en la presentación de estos escritos (aunque sea de redacción libre), agradezco ampliamente si puedes darme tu opinión sobre como lo he formulado. En verdad quiero que el fallo de la DGRN sea positivo, por todo el tiempo (y también en ámbito económico) que ha incurrido para poder realizarlo. Tengo presente sobre las elecciones que se avecinan en España, y la reciente disolución de Las Cortes, lo cual temporalmente implica un retraso sobre la Ley de Nacionalidad esperada. Sin embargo, no dudo que resurgirá la iniciativa, o que pueda ser de utilidad por si mi madre o tía decidieran vivir en España en algún momento.
Aquí lo muestro:
Spoiler
A.- RECURRENTE:
PRIMER APELLIDO: _____________________________________________________________
SEGUNDO APELLIDO: ___________________________________________________________
NOMBRE: _____________________________________________________________________
NUM. CI: _____________________________________________________________________
DOMICILIO (Calle, Número, Piso y Puerta): __________________________________________
CÓDIGO POSTAL: _______________________________________________________________
LOCALIDAD: ___________________________________________________________________
PROVINCIA: ___________________________________________________________________
PAÍS: ________________________________________________________________________
NÚM. TELÉFONO: ______________________________________________________________
B.- RECURSO APELACIÓN
ÓRGANO RECURRIDO // REGISTRO CIVIL DE: Consulado General de España en Montevideo
ACUERDO RECURRIDO: Denegación de la inscripción fuera de plazo de un nacido originariamente español
Nº EXPEDIENTE: xxx
C.- EXPOSICIÓN DE LOS MOTIVOS, HECHOS O RAZONES EN LOS QUE FUNDAMENTA EL RECURSO:
HECHOS
PRIMERO. Mediante escrito presentado en el Registro Civil del Consulado General de España en Montevideo el dia xx de xxxxx de 2019, he solicitado la inscripción fuera de plazo de mi abuelo ASC, nacido el xx de xxxxxxxxx de xxxx en Montevideo, Uruguay, siendo su padre D. ASM, nacido el xx de xxxxxxxx de xxxx en xxxxxx, La Coruña, quien ostentaba la nacionalidad española en el momento del nacimiento de su hijo.
SEGUNDO. El Juez Encargado del Registro Civil del Consulado General de España, dictó acuerdo en fecha del xx de febrero de 2019, en el que deniega la inscripción que he solicitado. El Juez Encargado manifiesta su duda sobre la titularidad o no de la nacionalidad española de mi abuelo, lo cual se deduce de la redacción del auto recurrido («podría haber incurrido en causa de pérdida»). Véase a continuación:
“De la documentación e informes aportados resulta que el Sr. SC, tenía atribuida la nacionalidad española de origen al ser hijo de padre español (art. 17.2. C.c. en su redacción originaria) pero podría haber incurrido en causa de pérdida de la nacionalidad española al no figurar inscrito en el Registro de Matrícula para españoles de este Consulado General”. Tal afirmación se contrapone con el Art. 66 del Reglamento de la Ley del Registro Civil, donde se establece: “En el Registro constarán los hechos que afecten a españoles, aunque determinen la pérdida de su condición de tales o hayan acaecido antes de adquirirla. También se inscribirán los que afecten mediatamente a su estado civil. La duda sobre la nacionalidad del sujeto no es obstáculo para la inscripción de hecho. Tampoco lo es el no estar matriculado en el Consulado. También constarán los acaecidos en el curso de un viaje a bordo de naves o aeronaves españolas. En las inscripciones de nacimiento que hayan de practicarse en los Registros Consulares o Central, sin que esté acreditada conforme a Ley la nacionalidad española del nacido, se hará constar expresamente esta circunstancia.”
TERCERO. A continuación, hago mención de las resoluciones de vuestra Dirección General, que se demostrado un fallo a favor de la práctica de la inscripción solicitada. Siendo las siguientes:
- Resolución (2.ª) de 22 de diciembre de 2006, sobre inscripción fuera de plazo de nacimiento.
- Resolución (3.ª) de 29 de junio de 2005, sobre nacimiento acaecido en el extranjero.
- Resolución (4.ª) de 26 de marzo de 2007, sobre inscripción fuera de plazo de nacimiento.
FUNDAMENTOS DE DERECHO:
1- Apartado 5º del Artículo 95 y 97 de la Ley de Registro Civil.
2- Artículo 311 y siguientes del Reglamento para aplicación de dicha Ley donde se refleja la tramitación de esta clase de expedientes y artículos 341 a 354 del mismo Cuerpo Legal con las modificaciones del Decreto 1138/69 de 22 de Mayo.
D.- SOLICITO (resuma de manera concreta su petición):
La incoación del expediente gubernativo correspondiente a la inscripción de nacimiento fuera de plazo de mi abuelo RSC, el cual dará prueba fehaciente de mi parentesco en segundo grado de consanguinidad con él, de forma que podré beneficiarme de la reducción del plazo de residencia legal exigido en España, a efectos de solicitar la nacionalidad española por residencia.
F.- DOCUMENTACIÓN QUE APORTA:
- Documental consistente en certificación negativa expedida por el Registro Civil del Consulado General de España en Montevideo
- Certificación de Bautismo española del padre de quien se promueve la presente inscripción expedida por el Archivo Histórico Diocesano de Santiago de Compostela,
- Certificación de Matrimonio de los progenitores del no inscrito expedido por el Registro Civil uruguayo
- Certificación de Defunción del padre del no inscrito expedida por el Registro Civil uruguayo,
- Certificación negativa de nacionalidad uruguaya del padre de quien se promueve la presente inscripción expedida por la Corte Electoral de la República Oriental del Uruguay,
- Certificación de Nacimiento de quien se promueve la presente inscripción expedida por el Registro Civil uruguayo,
- Certificación de Matrimonio del no inscrito expedida por el Registro Civil uruguayo,
- Certificación de Defunción de quien se promueve la presente inscripción expedida por el Registro Civil uruguayo
- Certificación de Nacimiento del padre del exponente de la presente inscripción expedida por el Registro Civil uruguayo
– Certificación de Nacimiento del exponente de la presente inscripción expedida por el Registro Civil uruguayo
En ………………………………………… a …… de……………………………….. de……………..
(Firma)"
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¡Saludos!