Negacion De Solicitud a Menores Por Problemas Matrimoniales
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Negacion De Solicitud a Menores Por Problemas Matrimoniales
Les contaré detalladamente el proceso en el que aún estamos envueltos, el 25 de Mayo del año en curso, fue la cita de mi menor hija (7 años), en cuya cita entregué los documentos que te exigen que entregues:
Hoja declaratoria de datos
Certificación Española ( en este caso mia )
Certif. Literal de Nac. del no español
Certif. Literal de Nac. del menor
Certif. Matrimonio de los padres (en mi caso entregamos el español, pues ya lo habiamos transcrito a español )
Cuando entregamos todo, que le hechan un vistazo por arriba, la funcionaria ve que en la hoja declaratoria en la seccion de la madre, cuando pregunta, ¿ Estado civil al nacer la niña?, mi esposa pone casada, porque al nacer la niña estaba todavia casada por la Ley con su anterior pareja, pero llevaban 2 años y 8 meses separados de hecho, y al comenzar nuestra unión ellos llevaban 1 año separados, y en la sección del padre decia divorciado, le preguntan si habia llevado el matrimonio anterior, por lo que le contesta, no, porque eso no lo piden, pero traje el de nosotros cubano, y lo entregamos tambien, a los 10 dias nos llaman a la casa y nos dan cita para el 23 de Junio, en dicha cita nos dicen que no habiamos aportados los documentos suficientes para demostrar la paternidad de la niña y nos dicen que tenemos que llevar otra Certif. de Nac. de mi esposa donde estuviera el matrimonio de nosotros, porque no se la habian puesto, (no veo por ningún lado como una Certif. de Nac. de mi esposa puede demostrar la paternidad, si al menos hubiesen pedido el divorcio) y le dijimos que habiamos entregado un matrimonio español y otro cubano, cuando vio eso se levantó y nos dijo esperen aqui, salio del departamento, cuando volvió, nos dijo que esperamos notificación en la casa.
Previendo esta situación, buscamos una notaria y nos tomó declaraciones juradas al ex-esposo de mi mujer donde él afirma haber estado casado con mi esposa y haberse separado de hecho en la fecha mencionada, tambien que en ese matrimonio no tuvieron hijos en comun, como consta en su divorcio en rebeldia. Otra a mi donde yo reconozco a mi hija y de estar ejerciendo la tutela y la patria potestad, tambien se le tomo una Declaración Jurada a la presidenta del C.D.R. donde residio despues de haberse separado de su anterior esposo ( direccion que tenia antes de haber contraido matrimonio con su ex- esposo y donde retorno cuando se separaron, por ser la casa de su mamá )donde dice la fecha en que mi esposa se dio baja del Comité y luego cuando se dio alta, otra a la del actual C.D.R que es donde reside ahora, y tambien se hizo un Acta de Notoriedad donde firmaron 14 testigos incluyendo al ex- esposo, donde se dice la fecha en que se casaron y se separaron de hecho; sacamos una Sentencia de Divorcio en Rebeldia de mi esposa, y fotos de antes, durante y después del parto, no pudimos hacernos una prueba de ADN por no tener forma de hacerla ya que es muy dificil aqui.
El 24 de Julio nos llegó la negativa, teniendo un mes para la apelación, el 18 de Agosto entregamos todo en un sobre y ahora solo nos queda esperar, nos dicen que esas pruebas hay que mandarlas para España a la Dirección General de los Registros y el Notariado para que un juez español decida.
Nos hemos leido el Códigio civil español de arriba a abajo y en ningún articulo dice que los padres tengan que estar casados para reconocer paternidad, ni que uno no pueda estar casado anteriormente y tener una relacion, lo que si te piden un documento que esté debidamente reconocido ante un registrador en un Registro Civil, y eso no es más que la Inscripción de Nac. y eso se entregó, donde dice claro que yo soy el padre y está inscrita por ambos padres es decir por y mi esposa.
Conozco una amiga que está en este proceso pero al revés ella es la española y al nacer su hijo el padre estaba casado con otra persona, le dieron cita para el 20 de Octubre, te contaré que le dijeron a ella.
Bueno espero que no estes en este caso y que te hayas aclarado algo, cualquier persona que conozcas con este caso, comentaselo y explicale, para que no pasen por esto.
Mantenemos el contacto.
Saludos
Carlos.
Hoja declaratoria de datos
Certificación Española ( en este caso mia )
Certif. Literal de Nac. del no español
Certif. Literal de Nac. del menor
Certif. Matrimonio de los padres (en mi caso entregamos el español, pues ya lo habiamos transcrito a español )
Cuando entregamos todo, que le hechan un vistazo por arriba, la funcionaria ve que en la hoja declaratoria en la seccion de la madre, cuando pregunta, ¿ Estado civil al nacer la niña?, mi esposa pone casada, porque al nacer la niña estaba todavia casada por la Ley con su anterior pareja, pero llevaban 2 años y 8 meses separados de hecho, y al comenzar nuestra unión ellos llevaban 1 año separados, y en la sección del padre decia divorciado, le preguntan si habia llevado el matrimonio anterior, por lo que le contesta, no, porque eso no lo piden, pero traje el de nosotros cubano, y lo entregamos tambien, a los 10 dias nos llaman a la casa y nos dan cita para el 23 de Junio, en dicha cita nos dicen que no habiamos aportados los documentos suficientes para demostrar la paternidad de la niña y nos dicen que tenemos que llevar otra Certif. de Nac. de mi esposa donde estuviera el matrimonio de nosotros, porque no se la habian puesto, (no veo por ningún lado como una Certif. de Nac. de mi esposa puede demostrar la paternidad, si al menos hubiesen pedido el divorcio) y le dijimos que habiamos entregado un matrimonio español y otro cubano, cuando vio eso se levantó y nos dijo esperen aqui, salio del departamento, cuando volvió, nos dijo que esperamos notificación en la casa.
Previendo esta situación, buscamos una notaria y nos tomó declaraciones juradas al ex-esposo de mi mujer donde él afirma haber estado casado con mi esposa y haberse separado de hecho en la fecha mencionada, tambien que en ese matrimonio no tuvieron hijos en comun, como consta en su divorcio en rebeldia. Otra a mi donde yo reconozco a mi hija y de estar ejerciendo la tutela y la patria potestad, tambien se le tomo una Declaración Jurada a la presidenta del C.D.R. donde residio despues de haberse separado de su anterior esposo ( direccion que tenia antes de haber contraido matrimonio con su ex- esposo y donde retorno cuando se separaron, por ser la casa de su mamá )donde dice la fecha en que mi esposa se dio baja del Comité y luego cuando se dio alta, otra a la del actual C.D.R que es donde reside ahora, y tambien se hizo un Acta de Notoriedad donde firmaron 14 testigos incluyendo al ex- esposo, donde se dice la fecha en que se casaron y se separaron de hecho; sacamos una Sentencia de Divorcio en Rebeldia de mi esposa, y fotos de antes, durante y después del parto, no pudimos hacernos una prueba de ADN por no tener forma de hacerla ya que es muy dificil aqui.
El 24 de Julio nos llegó la negativa, teniendo un mes para la apelación, el 18 de Agosto entregamos todo en un sobre y ahora solo nos queda esperar, nos dicen que esas pruebas hay que mandarlas para España a la Dirección General de los Registros y el Notariado para que un juez español decida.
Nos hemos leido el Códigio civil español de arriba a abajo y en ningún articulo dice que los padres tengan que estar casados para reconocer paternidad, ni que uno no pueda estar casado anteriormente y tener una relacion, lo que si te piden un documento que esté debidamente reconocido ante un registrador en un Registro Civil, y eso no es más que la Inscripción de Nac. y eso se entregó, donde dice claro que yo soy el padre y está inscrita por ambos padres es decir por y mi esposa.
Conozco una amiga que está en este proceso pero al revés ella es la española y al nacer su hijo el padre estaba casado con otra persona, le dieron cita para el 20 de Octubre, te contaré que le dijeron a ella.
Bueno espero que no estes en este caso y que te hayas aclarado algo, cualquier persona que conozcas con este caso, comentaselo y explicale, para que no pasen por esto.
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Saludos
Carlos.
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Re: Negacion De Solicitud a Menores Por Problemas Matrimoniales
En resumen, tú tuviste una hija con tu pareja, pero legalmente ella aún constaba como casada con su esposo, a pesar de estar separada hace mucho años.
Y en el Consulado no te dejan optar en nombre de tu hija, pues no se destruido la presunción de paternidad por parte del "esposo" de tu pareja.
Entendi bien?
Y en el Consulado no te dejan optar en nombre de tu hija, pues no se destruido la presunción de paternidad por parte del "esposo" de tu pareja.
Entendi bien?
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Re: Negacion De Solicitud a Menores Por Problemas Matrimoniales
Exactamente Javier, aunque ya nosotros estamos casados desde el 2006, mi hija nacio en el 2001 cuando todavia mi esposa se encontraba casada legalmente con su antiguo marido, pero separada de hecho desde hacia 1 año y 8 meses al nacer la niña, que ya tiene 8 años.
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Re: Negacion De Solicitud a Menores Por Problemas Matrimoniales
Bien, espero que algún funcionario pueda ayudarte con la consulta.
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Re: Negacion De Solicitud a Menores Por Problemas Matrimoniales
Donde resides?, fuera de España?
Cuando nació la hija la inscribiste ya como hija tuya o hay un reconocimiento posterior?
Cuando nació la hija la inscribiste ya como hija tuya o hay un reconocimiento posterior?
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Re: Negacion De Solicitud a Menores Por Problemas Matrimoniales
Hola isidro , resido en Cuba, y si cuando nacio mi hija la inscribi, como consta en su incripcion de nacimiento cubana, y por supuesto por su mamá tambien
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Re: Negacion De Solicitud a Menores Por Problemas Matrimoniales
Si has recurrido dentro del plazo lo único que queda es esperar la resolución de la DGRN
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