Presente una queja en ese registro civil.
Tienen que tener un modelo en el mismo, además del que puede obtener en la propia sede electrónica del MJusticia.
España es firmante del Convenio CIEC nº 28 relativo a la expedición de certificados de nacionalidad, adoptado por la Asamblea General Extraordinaria de Estrasburgo el 25 de marzo de 1999, y que se ratificó tal como aparece publicado
en el BOE de 9/11/2010.
En virtud del mismo, si usted solicita el certificado de nacionalidad para acreditar que usted es español, se lo tienen que expedir.
Usted no tiene que indicar para qué es, pero si fuera el caso, puede indicar que necesita acreditar que usted ostenta hoy la nacionalidad española en otro país y -es conocido que- el DNI y pasaporte NO ACREDITAN que usted tenga esta nacionalidad.
Si insisten en no querer hacerlo, lleve usted una solicitud hecha, y pida que le recojan la misma y que le contesten por escrito, fundamentando el motivo de la negativa a expedirlo.
También puede solicitar audiencia con el Encargado y el Secretario de ese Registro a fin de que le explique el motivo de esa negativa.
Su escrito debería ser así, más o menos:
D. ...., nacido en ...., hijo de ... y de ...., con DNI nº ..., domiciliado en ......, y con teléfono de contacto nº .... y email para notificaciones ......., mediante la presente MANIFIESTA que siendo necesario acreditar su nacionalidad española para diversos trámites, SOLICITA que se le expida el certificado de nacionalidad previsto en el Convenio CIEC nº 28 relativo a la expedición de certificados de nacionalidad, que fue adoptado por la Asamblea General Extraordinaria de Estrasburgo el 25 de marzo de 1999 y ratificado por el Estado español tal como se recoge en el BOE de 9 de octubre de 2010.
En Madrid a ... de ... de 2023
Firma
Llevar 2 copias y que se queden con una y le sellen la otra copia como acuse de haberlo presentado.
Al presentar por escrito, tienen que contestarle por escrito. Y a ver qué ponen en caso de que se lo denieguen.
Si así fuera, usted podría presentar recurso en el plazo que indica ese acuerdo calificador.
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Como Madrid es un RC que ya tiene implementada completamente la Ley 20/2011, también podría presentar su solicitud de manera telemática, utilizando su certificado digital y presentando ese escrito firmado con su firma digital.
Pero si no se aclara con ella (que sería recomendable que aprendiera cómo se usan), podría hacer la petición sin tener que hacer esas colas en el RC que le corresponda.