Recomendaciones de obligado cumplimiento para solicitar con éxito la nacionalidad española por residencia
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Recomendaciones de obligado cumplimiento para solicitar con éxito la nacionalidad española por residencia
Buenos días a todos:
Ante una avalancha de las denegaciones de nacionalidad por residencia donde me encuentro yo, me gustaría hacer algo como "best practices" para que sirva de una pequeña referencia para solicitar con éxito la nacionalidad por residencia.
Lo primero es aclarar un par de cosas. Ya sabemos que en el trámite de nacionalidad por residencia participan muchos organismos públicos pero vamos a destacar 3 instituciones fundamentales de las que depede directamente la concesión de la nacionalidad:
Registro Civil: con su Juez encargado elabora un informe que esencialmente verificará el cumplimiento del requisito de INTEGRACIÓN. Por tanto entre toda la documentación entregada especialmente le interesará todo lo relativo a saber si el solicitante está bien integrado en la sociedad española. Para eso suelen pedir nóminas, contrato de trabajo, vida labora....Es probable que el Juez decida realizar algún examen de integración. Y mas adelante esta práctica se generalizará. Así que si se prevé algún test en vuestro requistro civil, repasa un poco de historia de España y demuestra estar a tanto de la actualidad social/política de este país. Aclarar que los medios económicos según la última información facilitada por un registrador de propiedad que participa en nuestro foro NO ES UN REQUISITO para solicitar la nacionalidad española sino que es UNA PRUEBA MÁS para verificar el requisito de INTEGRACIÓN del solicitante. Por tanto para demostrar los medios económicos se puede presentar perfectamente los recursos de tu pareja o certificado del subsisidio/prestación por desempleo.
Policía: Después de hacer la entrevista preparará un documento para el Ministerio de Justicia para AYUDAR a comprobar por el Ministerio de Justicia los requisitos de BUENA CONDUCTA CÍVICA y RESIDENCIA MÍNIMA. Para eso la policía esencialmente accederá a la base de datos PERPOL para ver si el extranjero fue detenido alguna vez y por tanto si constan o no sus antecedentes policiales. Preparará un informe que enviará (ya telemáticamente) al Ministerio de Justicia. EN DICHO INFORME INCLUIRÁ UN EXTRACTO DE TODAS LAS RESIDENCIAS DEL EXTRANJERO QUE SERVIRÁN DE BASE (ÚNICA) PARA VERIFICAR LA RESIDENCIA MÍNIMA CONTINUADA DEL EXTRANJERO EN EL MOMENTO DE SOLICITAR LA NACIONALIDAD.
Ministerio de Justicia con su excelente cuerpo de registradores de propiedad: En base al informe policial verificará LA BUENA CONDUCTA CÍVICA Y RESIDENCIA MÍNIMA CONTINUADA EN EL MOMENTO DE SOLICITAR LA NACIONALIDAD EN EL REGISTRO CIVIL. Por lo visto el MJ DARÁ POR HECHO el suficiente grado de integración del extranjero si asi lo decide el Juez Encargado del Registro Civil con un informe favorable del FISCAL. Por tanto dicho requisito NO se verificará por el Ministerio de Justicia. Pero, eso si, mirará con lupa el tiempo mínimo y continuado de residencia (informacíon proporcionada por el informe de la policía) EN EL MOMENTO DE SOLICITAR LA NACIONALIDAD EN EL REGISTRO CIVIL. Como falte un sólo día --> DENEGADO AUTOMÁTICO NO SÉ QUE CUANTOS AÑOS DESPUÉS. En mi caso tardaron 3 AÑOS EN DECIRME "DENEGADO". Para BUENA CONDUCTA CÍVICA el MJ mirará si el solicitante tiene antecedentes penales (en España y su país de origen) y si tiene antecedentes policiales (informacíon proporcionada por el informe de la policía). Los registradores tienen un algoritmo para comprobarlo, pero en resumen será algo como si has sido detenido alguna vez --> pedirán más información sobre tu detención, si has sido detenido muchas veces (3 veces en un año) --> denegarán, si tienes antecedentes penales NO CANCELADOS EN ESPAÑA O ANTECEDENTES PENALES EN TU PAÍS --> denegarán.
Por tanto: si se cumplen a RAJATABLA DICHOS REQUISITOS --> FELICIDADES y aunque seas guapo o feo, te guste el gobierno o no, tendrás la nacionalidad concedida de manera garantizada. Si no se cumple al menos un requisito --> DENEGADO aunque tengas familia española con hijos españoles y vivas muchos años en ESPAÑA.
Y ahora las recomendaciones:
- IR A LA POLICÍA Y PEDIR EL CERTIFICADO DE RESIDENCIAS!!!!!! ABSOLUTAMENTE FUNDAMENTAL. Este mismo certificado lo mirará el MJ (los registradores de propiedad) para contar con calculadora si el tiempo mínimo de residencia se cumple. Día por día...Así que cuando te den el certificado de residencias abres una hoja EXCEL y haces el cálculo de años de residencia continuada desde el momento de tener concedida la residencia SIN CONTAR TUS AÑOS DE ESTUDIANTE HASTA LA FECHA CUANDO PIENSAS PRESENTAR LA SOLICITUD EN EL REGISTRO CIVIL. Si no cumples estrictamente con años de residencia mínima, ya no sigas leyendo este post.....
- Ir al RC y pedir cita si funciona por citas: Sirve para evitar entregar la documentación CADUCADA. Ahora están denegando precisamente por este motivo especialmente por el certificado de antecedentes penales.
- Preparar documentación DEBIDAMENTE TRADUCIDA (EN SU CASO) Y LEGALIZADA PREFERIBLEMENTE EN EL PAÍS DE ORIGEN para después ser legalizada en el Ministerio de Asuntos Exteriores si el país no está adherido al convenio de la Haya. Todo bien hecho, últimamente hubo falsificaciones. Asi que cuidado con las agencias que "ayudan" a tramitar la documentación
- Dejar todos los datos de contacto ACTUALIZADOS para que cualquiera de estas instituciones pueda contactar contigo inmediatamente si fuera necesario.
Ya iré añadiendo mas detalles en este post y si me he perdido algún detalle y es necesario corregirme o actualizar alguna información, lo podéis hacer.
Gracias
ya tenemos la primera actualización de este post: al parecer se está simplificando el proceso de legalización:
http://www.exteriores.gob.es/Consulados ... 3%B3n.aspx
Ante una avalancha de las denegaciones de nacionalidad por residencia donde me encuentro yo, me gustaría hacer algo como "best practices" para que sirva de una pequeña referencia para solicitar con éxito la nacionalidad por residencia.
Lo primero es aclarar un par de cosas. Ya sabemos que en el trámite de nacionalidad por residencia participan muchos organismos públicos pero vamos a destacar 3 instituciones fundamentales de las que depede directamente la concesión de la nacionalidad:
Registro Civil: con su Juez encargado elabora un informe que esencialmente verificará el cumplimiento del requisito de INTEGRACIÓN. Por tanto entre toda la documentación entregada especialmente le interesará todo lo relativo a saber si el solicitante está bien integrado en la sociedad española. Para eso suelen pedir nóminas, contrato de trabajo, vida labora....Es probable que el Juez decida realizar algún examen de integración. Y mas adelante esta práctica se generalizará. Así que si se prevé algún test en vuestro requistro civil, repasa un poco de historia de España y demuestra estar a tanto de la actualidad social/política de este país. Aclarar que los medios económicos según la última información facilitada por un registrador de propiedad que participa en nuestro foro NO ES UN REQUISITO para solicitar la nacionalidad española sino que es UNA PRUEBA MÁS para verificar el requisito de INTEGRACIÓN del solicitante. Por tanto para demostrar los medios económicos se puede presentar perfectamente los recursos de tu pareja o certificado del subsisidio/prestación por desempleo.
Policía: Después de hacer la entrevista preparará un documento para el Ministerio de Justicia para AYUDAR a comprobar por el Ministerio de Justicia los requisitos de BUENA CONDUCTA CÍVICA y RESIDENCIA MÍNIMA. Para eso la policía esencialmente accederá a la base de datos PERPOL para ver si el extranjero fue detenido alguna vez y por tanto si constan o no sus antecedentes policiales. Preparará un informe que enviará (ya telemáticamente) al Ministerio de Justicia. EN DICHO INFORME INCLUIRÁ UN EXTRACTO DE TODAS LAS RESIDENCIAS DEL EXTRANJERO QUE SERVIRÁN DE BASE (ÚNICA) PARA VERIFICAR LA RESIDENCIA MÍNIMA CONTINUADA DEL EXTRANJERO EN EL MOMENTO DE SOLICITAR LA NACIONALIDAD.
Ministerio de Justicia con su excelente cuerpo de registradores de propiedad: En base al informe policial verificará LA BUENA CONDUCTA CÍVICA Y RESIDENCIA MÍNIMA CONTINUADA EN EL MOMENTO DE SOLICITAR LA NACIONALIDAD EN EL REGISTRO CIVIL. Por lo visto el MJ DARÁ POR HECHO el suficiente grado de integración del extranjero si asi lo decide el Juez Encargado del Registro Civil con un informe favorable del FISCAL. Por tanto dicho requisito NO se verificará por el Ministerio de Justicia. Pero, eso si, mirará con lupa el tiempo mínimo y continuado de residencia (informacíon proporcionada por el informe de la policía) EN EL MOMENTO DE SOLICITAR LA NACIONALIDAD EN EL REGISTRO CIVIL. Como falte un sólo día --> DENEGADO AUTOMÁTICO NO SÉ QUE CUANTOS AÑOS DESPUÉS. En mi caso tardaron 3 AÑOS EN DECIRME "DENEGADO". Para BUENA CONDUCTA CÍVICA el MJ mirará si el solicitante tiene antecedentes penales (en España y su país de origen) y si tiene antecedentes policiales (informacíon proporcionada por el informe de la policía). Los registradores tienen un algoritmo para comprobarlo, pero en resumen será algo como si has sido detenido alguna vez --> pedirán más información sobre tu detención, si has sido detenido muchas veces (3 veces en un año) --> denegarán, si tienes antecedentes penales NO CANCELADOS EN ESPAÑA O ANTECEDENTES PENALES EN TU PAÍS --> denegarán.
Por tanto: si se cumplen a RAJATABLA DICHOS REQUISITOS --> FELICIDADES y aunque seas guapo o feo, te guste el gobierno o no, tendrás la nacionalidad concedida de manera garantizada. Si no se cumple al menos un requisito --> DENEGADO aunque tengas familia española con hijos españoles y vivas muchos años en ESPAÑA.
Y ahora las recomendaciones:
- IR A LA POLICÍA Y PEDIR EL CERTIFICADO DE RESIDENCIAS!!!!!! ABSOLUTAMENTE FUNDAMENTAL. Este mismo certificado lo mirará el MJ (los registradores de propiedad) para contar con calculadora si el tiempo mínimo de residencia se cumple. Día por día...Así que cuando te den el certificado de residencias abres una hoja EXCEL y haces el cálculo de años de residencia continuada desde el momento de tener concedida la residencia SIN CONTAR TUS AÑOS DE ESTUDIANTE HASTA LA FECHA CUANDO PIENSAS PRESENTAR LA SOLICITUD EN EL REGISTRO CIVIL. Si no cumples estrictamente con años de residencia mínima, ya no sigas leyendo este post.....
- Ir al RC y pedir cita si funciona por citas: Sirve para evitar entregar la documentación CADUCADA. Ahora están denegando precisamente por este motivo especialmente por el certificado de antecedentes penales.
- Preparar documentación DEBIDAMENTE TRADUCIDA (EN SU CASO) Y LEGALIZADA PREFERIBLEMENTE EN EL PAÍS DE ORIGEN para después ser legalizada en el Ministerio de Asuntos Exteriores si el país no está adherido al convenio de la Haya. Todo bien hecho, últimamente hubo falsificaciones. Asi que cuidado con las agencias que "ayudan" a tramitar la documentación
- Dejar todos los datos de contacto ACTUALIZADOS para que cualquiera de estas instituciones pueda contactar contigo inmediatamente si fuera necesario.
Ya iré añadiendo mas detalles en este post y si me he perdido algún detalle y es necesario corregirme o actualizar alguna información, lo podéis hacer.
Gracias
ya tenemos la primera actualización de este post: al parecer se está simplificando el proceso de legalización:
http://www.exteriores.gob.es/Consulados ... 3%B3n.aspx
Última edición por profesoralex el 27 Jun 2013, 12:15, editado 1 vez en total.
Exp: R-87XXX/2013 - CONCEDIDA
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- Mensajes: 130
- Registrado: 04 May 2011, 19:50
Re: Recomendaciones de obligado cumplimiento para solicitar con éxito la nacionalidad española por residencia
Excelente hilo profesoralex.
Les va a servir a muchos toda esta información.
Les va a servir a muchos toda esta información.
Exp: R-132xxx/2012 - Madrid (Pradillo)
El exp entrado en esta S. General con fecha 14/11/12.
19/03/13 Llego carta Policia.
El expediente ha tenido entrada en esta Subdirección General
con fecha 14/11/12. Está pendiente de informes solicitados con fecha 28/02/13.
08/04/13 Ent. Policia
09/05/13 Recibidos los informes, el expediente se encuentra en estudio.
25/06/13 Concedida la nacionalidad con fecha de resolución 25/06/2013
26/07/13 Jura ante Notario Madrid
31/10/2013 DNI y Pasaporte
Spoiler
gserra |
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19/03/13 Llego carta Policia.
El expediente ha tenido entrada en esta Subdirección General
con fecha 14/11/12. Está pendiente de informes solicitados con fecha 28/02/13.
08/04/13 Ent. Policia
09/05/13 Recibidos los informes, el expediente se encuentra en estudio.
25/06/13 Concedida la nacionalidad con fecha de resolución 25/06/2013
26/07/13 Jura ante Notario Madrid
31/10/2013 DNI y Pasaporte
Re: Recomendaciones de obligado cumplimiento para solicitar con éxito la nacionalidad española por residencia
Gracias Profesor,
en relación al segundo punto: (Ir al RC y pedir cita si funciona por citas: Sirve para evitar entregar la documentación CADUCADA. Ahora están denegando precisamente por este motivo especialmente por el certificado de antecedentes penales.). Yo lo hice así. En ese momento toda la documentación estaba en vigor ( en el momento de entregarla al registro civil) .... sin embargo la ratificación (entrevista + 2 testigos) tuvo lugar un par de meses después y en ese momento ya estaban caducados los penales y el certificado literal. Tendré algún tipo de problemas?
A todo esto, tengo un certificado donde consta cuando entregué documentación.
saludos
en relación al segundo punto: (Ir al RC y pedir cita si funciona por citas: Sirve para evitar entregar la documentación CADUCADA. Ahora están denegando precisamente por este motivo especialmente por el certificado de antecedentes penales.). Yo lo hice así. En ese momento toda la documentación estaba en vigor ( en el momento de entregarla al registro civil) .... sin embargo la ratificación (entrevista + 2 testigos) tuvo lugar un par de meses después y en ese momento ya estaban caducados los penales y el certificado literal. Tendré algún tipo de problemas?
A todo esto, tengo un certificado donde consta cuando entregué documentación.
saludos
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Re: Recomendaciones de obligado cumplimiento para solicitar con éxito la nacionalidad española por residencia
badajoz, el certificado de nacimiento NO CADUCA, al menos eso lo tengo entendido... Si alguien tiene la información contraria, que lo diga. Los penales no pueden ser caducados en el momento de entregar la documentación. PERO....con el lío que hay ahora con el tema de OFICIAR es posible que hayan pedido la documentación actualizada pero no te haya llegado tal notificación. Por esta razón están denegando no veas cuánto... Espero que no haya sido tu caso.
Saludos
Saludos
Exp: R-87XXX/2013 - CONCEDIDA
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Re: Recomendaciones de obligado cumplimiento para solicitar con éxito la nacionalidad española por residencia
Vete a saber,.... a mi marido que le han denegado,badajoz escribió:....
en relación al segundo punto: (.... Tendré algún tipo de problemas?
...
cuando entregamos los documentos estaban todos en vigor, pero la solicitud al MJ entró nueve meses después:
- ---------- DENEGADA
Spoiler
26/01/2012 - Solicitud de nacionalidad española.
24/06/2013 - Denegada la nacionalidad. Motivo: Certificado de antecedentes penales caducado.
23/08/2013 - Presentado Recurso potestativo de reposición.
20/12/2014 - Concedida la nacionalidad española.
30/03/2015 - Jura
31/03/2015 - Obtención del DNI y el pasaporte. POR FIN !!!!!
24/06/2013 - Denegada la nacionalidad. Motivo: Certificado de antecedentes penales caducado.
23/08/2013 - Presentado Recurso potestativo de reposición.
20/12/2014 - Concedida la nacionalidad española.
30/03/2015 - Jura
31/03/2015 - Obtención del DNI y el pasaporte. POR FIN !!!!!
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Re: Recomendaciones de obligado cumplimiento para solicitar con éxito la nacionalidad española por residencia
hola.
la verdad que no entiendo eso que se caduca la partida de nacimiento
yo fui a que revisaran mi partida de nacimiento que es de 13 febrero 2013
y me dicen que esta caducada......
donde esta escrito que eso caduque...
la verdad que no entiendo eso que se caduca la partida de nacimiento
yo fui a que revisaran mi partida de nacimiento que es de 13 febrero 2013
y me dicen que esta caducada......
donde esta escrito que eso caduque...
Exp. 675xx/2010 - Sevilla
Spoiler
RC: 02/02/2010
cita policia : 18/05/2010
Ministerio J.: 17/09/2010
Estado : "Recibidos los informes el expediente se encuentra en estudio "
cita policia : 18/05/2010
Ministerio J.: 17/09/2010
Estado : "Recibidos los informes el expediente se encuentra en estudio "
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Re: Recomendaciones de obligado cumplimiento para solicitar con éxito la nacionalidad española por residencia
VEHG, QUE YO SEPA, las partidas de nacimiento no caducan. Al menos es así en el Registro Civil de Pradillo. Creo y espero que todos los registros civiles tengan el mismo criterio, al menos en cuanto a la caducidad de la documentación. Mira la imagen y fíjate en la parte abajo que he marcado en rojo:
Exp: R-87XXX/2013 - CONCEDIDA
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Re: Recomendaciones de obligado cumplimiento para solicitar con éxito la nacionalidad española por residencia
PROFESORALEX
muchisimas gracias por haber subido la imagen ,con esto ire al registro civil
no entiendo porque todos no se ponen de acuerdo para pedir la documentacion necesaria....y como tiene que ser.....
millon gracias...
hay uno del registro civil que siempre atiende mal y pide documentacion de lo que uno dice...
es terrible ese señor.... ahora con esto lo cayo ....
muchisimas gracias por haber subido la imagen ,con esto ire al registro civil
no entiendo porque todos no se ponen de acuerdo para pedir la documentacion necesaria....y como tiene que ser.....
millon gracias...
hay uno del registro civil que siempre atiende mal y pide documentacion de lo que uno dice...
es terrible ese señor.... ahora con esto lo cayo ....
Exp. 675xx/2010 - Sevilla
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RC: 02/02/2010
cita policia : 18/05/2010
Ministerio J.: 17/09/2010
Estado : "Recibidos los informes el expediente se encuentra en estudio "
cita policia : 18/05/2010
Ministerio J.: 17/09/2010
Estado : "Recibidos los informes el expediente se encuentra en estudio "
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Re: Recomendaciones de obligado cumplimiento para solicitar con éxito la nacionalidad española por residencia
Hola a todos los foreros, por lo que leo en todos los registros civiles no trabajan igual, en Zaragoza las partidas de nacimiento para solicitar la nacionalidad caducan a los 5 años de ser emitida por el pais de origen, saludos mileida
Re: Recomendaciones de obligado cumplimiento para solicitar con éxito la nacionalidad española por residencia
Solo deciros que a mi me pidieron que toda la documentación de mi país de origen debía tener una antigüedad máxima de 6 meses, incluyendo la partida de nacimiento apostillada. De echo quise presentar una partida que tenia apostillada desde antes, y no me la aceptaron. Y para las partidas de nacimiento de mi marido e hijos, que son nacidos en España, me decian que tendrían una validez de 3 meses desde la emisión.
Cuando mis documentos lleguen al MJ, estará todo caducado, porque el RC de Móstoles tarda un año mínimo en cursar el expediente al MJ.
Saludos!
Cuando mis documentos lleguen al MJ, estará todo caducado, porque el RC de Móstoles tarda un año mínimo en cursar el expediente al MJ.
Saludos!
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Re: Recomendaciones de obligado cumplimiento para solicitar con éxito la nacionalidad española por residencia
Y en mi registro no caducan....
¿Que me digan en algún sitio dónde dice que el certificado de nacimiento, matrimonio o defunción extranjero caduca?
¿Y las españolas? ¿En qué ley dice que caducan? .... A ver quien es el fenómeno que me encuentra dónde dice que algún certificado caduca, que no sea el especial para obtener el DNI y el también especial de capacidad matrimonial para que un español X se pueda casar en el extranjero con un o una sujet@ W..
¿Por qué pedimos que los certificados españoles sean más actuales y no me presentes el de tu primera comunión? ¡¡¡Porque están vivos!!!
Si.... Un acta de nacimiento no es algo que se inscribe y ya está. En ese acta de nacimiento se van incluyendo determinadas circunstancias de la vida del inscrito (cambios de nombre, de apellidos, de sexo, .... rectificaciones de errores,.... emancipación, matrimonio del inscrit@, incapacitación, rehabilitaciones de capacidad, declaraciones de ausencia, .... etc. etc...)
Por eso no es válida la de hace años.
Pero la de tu país....? Tú sabrás si lo que pone en ella es correcto o no....
Pero que no se pretenda que luego certifique algo diferente de lo que pone en ella... salvo que previamente se siga el procedimiento válido en tu país y se rectifique.
Por ello, si que quieres presentar la de tu país que trajiste cuando llegaste aquí hace 40 años,... yo la recojo... Pero sabiendo que esos son los datos de tu inscripción con los que, en su caso, haremos la tuya española...
Ahora, como en los RC se hace lo que hacía el que estaba antes que yo, que resulta que le dijeron que tenía que pedir ésto y aquéllo sin saber qué era ni para qué,... y como en esta administración nadie sabe si un documento es válido o cuándo caduca (salvo los registradores, que a ellos parece que si se lo han dado..), pues así vamos...
En mi RC siempre hemos dado (perdón, desde hace unas semanas ...habíamos dado) 1 año de validez a los penales de aquellos países que no indicaban la fecha de caducidad.
Así están tramitados cientos de expedientes ya resueltos, concedidos y cuyos solicitantes son españoles desde hace bastantes años.
Ahora nos hemos enterado que en esta revisión de documentos se les ha dado un plazo de 6 meses de validez... Quisiera yo saber quién ha sido el lumbreras que ha cambiado ese criterio, que no es el que se seguía antes en la DGRN..
Seguro que ha sido alguien de la propia DGRN, pero que no tenía npi del trámite de los expedientes..... (cosa de los que deciden, muchas veces.....)
Pues nada, si ahora vienen les indicamos que está pasando eso.... Y que si quieren que aporten ese, pero que les pueden requerir para que los aporten correctamente......
O NO.... ¡¡Vaya usted a saber!!
Hoy me ha llegado una denegada de un señor africano que lleva 20 años en España, con 11 hijos en su país (iba a visitar a su mujer y ya venía otro en camino.....), y al que en el año 1996 detuvieron por algo....
No se si lo condenaron o no... Si lo hicieron, esa condena está más que cumplida y archivado y los penales tienen que estar cancelados ya de oficio...
Pero la policía no los cancela. E informa diciendo que tienes unos antecedentes policiales, ante lo cual deberían actuar desde quien está viendo el expediente requiriéndote para que aportes testimonio de la resolución de esos procedimientos.
¿Viste ese requerimiento? ¡¡tururú!!! DENEGADA y a tomar por saco.
Así son ahora....
¿Que me digan en algún sitio dónde dice que el certificado de nacimiento, matrimonio o defunción extranjero caduca?
¿Y las españolas? ¿En qué ley dice que caducan? .... A ver quien es el fenómeno que me encuentra dónde dice que algún certificado caduca, que no sea el especial para obtener el DNI y el también especial de capacidad matrimonial para que un español X se pueda casar en el extranjero con un o una sujet@ W..
¿Por qué pedimos que los certificados españoles sean más actuales y no me presentes el de tu primera comunión? ¡¡¡Porque están vivos!!!
Si.... Un acta de nacimiento no es algo que se inscribe y ya está. En ese acta de nacimiento se van incluyendo determinadas circunstancias de la vida del inscrito (cambios de nombre, de apellidos, de sexo, .... rectificaciones de errores,.... emancipación, matrimonio del inscrit@, incapacitación, rehabilitaciones de capacidad, declaraciones de ausencia, .... etc. etc...)
Por eso no es válida la de hace años.
Pero la de tu país....? Tú sabrás si lo que pone en ella es correcto o no....
Pero que no se pretenda que luego certifique algo diferente de lo que pone en ella... salvo que previamente se siga el procedimiento válido en tu país y se rectifique.
Por ello, si que quieres presentar la de tu país que trajiste cuando llegaste aquí hace 40 años,... yo la recojo... Pero sabiendo que esos son los datos de tu inscripción con los que, en su caso, haremos la tuya española...
Ahora, como en los RC se hace lo que hacía el que estaba antes que yo, que resulta que le dijeron que tenía que pedir ésto y aquéllo sin saber qué era ni para qué,... y como en esta administración nadie sabe si un documento es válido o cuándo caduca (salvo los registradores, que a ellos parece que si se lo han dado..), pues así vamos...
En mi RC siempre hemos dado (perdón, desde hace unas semanas ...habíamos dado) 1 año de validez a los penales de aquellos países que no indicaban la fecha de caducidad.
Así están tramitados cientos de expedientes ya resueltos, concedidos y cuyos solicitantes son españoles desde hace bastantes años.
Ahora nos hemos enterado que en esta revisión de documentos se les ha dado un plazo de 6 meses de validez... Quisiera yo saber quién ha sido el lumbreras que ha cambiado ese criterio, que no es el que se seguía antes en la DGRN..
Seguro que ha sido alguien de la propia DGRN, pero que no tenía npi del trámite de los expedientes..... (cosa de los que deciden, muchas veces.....)
Pues nada, si ahora vienen les indicamos que está pasando eso.... Y que si quieren que aporten ese, pero que les pueden requerir para que los aporten correctamente......
O NO.... ¡¡Vaya usted a saber!!
Hoy me ha llegado una denegada de un señor africano que lleva 20 años en España, con 11 hijos en su país (iba a visitar a su mujer y ya venía otro en camino.....), y al que en el año 1996 detuvieron por algo....
No se si lo condenaron o no... Si lo hicieron, esa condena está más que cumplida y archivado y los penales tienen que estar cancelados ya de oficio...
Pero la policía no los cancela. E informa diciendo que tienes unos antecedentes policiales, ante lo cual deberían actuar desde quien está viendo el expediente requiriéndote para que aportes testimonio de la resolución de esos procedimientos.
¿Viste ese requerimiento? ¡¡tururú!!! DENEGADA y a tomar por saco.
Así son ahora....
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Re: Recomendaciones de obligado cumplimiento para solicitar con éxito la nacionalidad española por residencia
Entre otras cosas, yo, por más que leo el Convenio de la Haya de 5 de octubre de 1961 Suprimiendo la Exigencia de Legalización de los Documentos Públicos Extranjeros, por ningún lado veo que hable de caducidad de la apostilla.
Habla de que el Convenio tiene una validez de 5 años y que automáticamente se prorroga por otros 5 años, salvo que un país lo denuncie.
En ese caso, para ese país dejará de ser válida la apostilla y, en los RC nos enteraremos (seguro, porque si lo sabemos en el foro, al menos nosotros se lo enviamos...) y dejaremos de aceptar el documento de ese país que viene con la apostilla.
Pero mientras el Convenio no sea denunciado por el país que emite el documento, es totalmente válido en otro país firmante del mismo... Y España, aún, es firmante de éste...
Habla de que el Convenio tiene una validez de 5 años y que automáticamente se prorroga por otros 5 años, salvo que un país lo denuncie.
En ese caso, para ese país dejará de ser válida la apostilla y, en los RC nos enteraremos (seguro, porque si lo sabemos en el foro, al menos nosotros se lo enviamos...) y dejaremos de aceptar el documento de ese país que viene con la apostilla.
Pero mientras el Convenio no sea denunciado por el país que emite el documento, es totalmente válido en otro país firmante del mismo... Y España, aún, es firmante de éste...
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Re: Recomendaciones de obligado cumplimiento para solicitar con éxito la nacionalidad española por residencia
HOLA.
KARBIKO
Muchas gracias por todas tus aclaraciones ...
te comento que tristemente no en todos los sitios saben tanto como tu
en el registro civil de sevilla hay uno que siempreeee pone pegas para
todo... el ,hace unas semanas me dijo que mi partida de nacimiento estaba
caducada porque tenia ya 4 meses... hoyyy fui a enseñarle lo que colgo
profesoralex que las partidas no caducaban.... su respuesta ( eso sera en madrid)
mi respuesta..( pues si es en madrid sera en todos los sitios ya que ahi van
los expedientes)
puso cara de enfado y no me cogio los papeles....
ya que va por apellido dije el apellido de mi hijo y me atendio otra chica
le enseñe todos mis documentos y los cogio sin problemas y le hice enfasis
a la partida de nacimiento y a esto me respondio (SI ES VALIDA)
HAY ALGO QUE PUEDO HACER CON ESTA PERSONA QUE SIEMPRE ME PONE PEGAS???
POR CIERTO.....
- EN SEVILLA YA ESTAN HACIENDO EL EXAMEN DE INTEGRACION CUANDO TIENES LA CITA EN LA POLICIA
- ABREN NUEVOS EXPEDIENTES DE NACIONALIDAD SIN PEDIR CITA.
KARBIKO
Muchas gracias por todas tus aclaraciones ...
te comento que tristemente no en todos los sitios saben tanto como tu
en el registro civil de sevilla hay uno que siempreeee pone pegas para
todo... el ,hace unas semanas me dijo que mi partida de nacimiento estaba
caducada porque tenia ya 4 meses... hoyyy fui a enseñarle lo que colgo
profesoralex que las partidas no caducaban.... su respuesta ( eso sera en madrid)
mi respuesta..( pues si es en madrid sera en todos los sitios ya que ahi van
los expedientes)
puso cara de enfado y no me cogio los papeles....
ya que va por apellido dije el apellido de mi hijo y me atendio otra chica
le enseñe todos mis documentos y los cogio sin problemas y le hice enfasis
a la partida de nacimiento y a esto me respondio (SI ES VALIDA)
HAY ALGO QUE PUEDO HACER CON ESTA PERSONA QUE SIEMPRE ME PONE PEGAS???
POR CIERTO.....
- EN SEVILLA YA ESTAN HACIENDO EL EXAMEN DE INTEGRACION CUANDO TIENES LA CITA EN LA POLICIA
- ABREN NUEVOS EXPEDIENTES DE NACIONALIDAD SIN PEDIR CITA.
Exp. 675xx/2010 - Sevilla
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RC: 02/02/2010
cita policia : 18/05/2010
Ministerio J.: 17/09/2010
Estado : "Recibidos los informes el expediente se encuentra en estudio "
cita policia : 18/05/2010
Ministerio J.: 17/09/2010
Estado : "Recibidos los informes el expediente se encuentra en estudio "
Re: Recomendaciones de obligado cumplimiento para solicitar con éxito la nacionalidad española por residencia
Podria llegar a entender que pidan que las partidas sean recientes. No se si me equivoco, pero podría haber habido recientemente un cambio de apellido por ejemplo, como muchas veces pasa, o cualquier anotación al margen. Aunque reconozco que no soy una especialista en estos temas que, la verdad, se me escapan.
Lo que no entiendo es que te pidan un documento y, por la inoperancia de la administración, te denieguen la nacionalidad por caducidad del documento (o desactualización, quizás sea la palabra adecuada). O que no haya uniformidad de criterios de RC a RC. Unos impresentables, es verdad.
Los empleados de mi RC también estaban despistados con algunas cosas. Por ejemplo en mi RC piden certificado de empadronamiento conjunto. Y eso en mi ayuntamiento no se expide, vamos, que no existe. Nadie sabia como solucionarlo.
Respecto a la Apostilla, si que he leído que no caduca. Pero si el certificado en si no es reciente, pues no te sirve.
Lo que no entiendo es que te pidan un documento y, por la inoperancia de la administración, te denieguen la nacionalidad por caducidad del documento (o desactualización, quizás sea la palabra adecuada). O que no haya uniformidad de criterios de RC a RC. Unos impresentables, es verdad.
Los empleados de mi RC también estaban despistados con algunas cosas. Por ejemplo en mi RC piden certificado de empadronamiento conjunto. Y eso en mi ayuntamiento no se expide, vamos, que no existe. Nadie sabia como solucionarlo.
Respecto a la Apostilla, si que he leído que no caduca. Pero si el certificado en si no es reciente, pues no te sirve.
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Re: Recomendaciones de obligado cumplimiento para solicitar con éxito la nacionalidad española por residencia
Yo, no entiendo , por que unos Registros si, y otros no, ¿Por que esa falta de conocimiento y de información ? de las leyes , normas y convenios que tiene España con otros países? sobre documentos que son válidos cuando uno los solicita en los consulados , y que además llevan el sello de Ministerio de Relaciones exteriores de España, ó es que tampoco le dan validez al sello de su propio Ministerio? Lo que ha hecho el Sr. Gallardón es darle la responsabilidad a los Registradores sin que estos ( algunos) no hayan estado preparados para esa tarea , Que saben ellos de nacionalidad? nada , ni siquiera se dan la molestia de leer ´ó revisar los documentos, si ni siquiera saben que convenio existe entre los países.
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julim |
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Ingreso al Rc. Amposta 29/09/2014
Ratificación. 27/11/2014
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Re: Recomendaciones de obligado cumplimiento para solicitar con éxito la nacionalidad española por residencia
Puedes pedir el libro de quejas. Además puede presentar queja ante la DGRN (ve el sitio del ministerio de justicia) y creo que tambien ante el Tribunal de Justicia de tu ComunidadVEHG escribió:
HAY ALGO QUE PUEDO HACER CON ESTA PERSONA QUE SIEMPRE ME PONE PEGAS???
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Re: Recomendaciones de obligado cumplimiento para solicitar con éxito la nacionalidad española por residencia
Por favor que nadie se engañe ni busque el motivo de las denegaciones, está mas claro que el agua: hemos coincidido con la ola de nacionalidades que fueron y estan siendo concedidas en américa latina por la ley de los nietos, ,hasta los del 2009 esto no tenía el más mínimo problema y era muy raro la denegación, ahora la política es: hay que conceder pocas para equilibrar la avalancha que hemos provocado, lo mas probable es que en un par de años todo se normalice
Re: Recomendaciones de obligado cumplimiento para solicitar con éxito la nacionalidad española por residencia
Además, si se esta acabando el plazo que habian puesto para aplicar el plan de choque, me imagino que querrán cumplirlo como sea. Si ellos se ponen a solicitar documentos actualizados, las resoluciones se les retrasan. En cambio, si directamente las resuelven aunque sea negativas y con cualquier excusa, las contabilizan como resueltas en tiempo. Pensarán: que recurran y listo.
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Re: Recomendaciones de obligado cumplimiento para solicitar con éxito la nacionalidad española por residencia
profesoralex, o cualquiera que pueda responderme,- IR A LA POLICÍA Y PEDIR EL CERTIFICADO DE RESIDENCIAS!!!!!! ABSOLUTAMENTE FUNDAMENTAL. Este mismo certificado lo mirará el MJ (los registradores de propiedad) para contar con calculadora si el tiempo mínimo de residencia se cumple. Día por día...Así que cuando te den el certificado de residencias abres una hoja EXCEL y haces el cálculo de años de residencia continuada desde el momento de tener concedida la residencia SIN CONTAR TUS AÑOS DE ESTUDIANTE HASTA LA FECHA CUANDO PIENSAS PRESENTAR LA SOLICITUD EN EL REGISTRO CIVIL. Si no cumples estrictamente con años de residencia mínima, ya no sigas leyendo este post.....
¿Ya han pedido este "Certificado de Residencias"?, ¿Donde lo puedo pedir en Madrid Capital? ¿En aluche o en general pardiñas?.
Cuando introduje mi solicitud de nacionalidad por residencia ya tenía poco más de 3 años viviendo en España, pero el año anterior había viajado a mi país (Venezuela), saliendo por aquí por Barajas, pero el regreso fue por Alemania (Frankfurt), en Alemania me escanearon la Tarjeta de Residencia, pero no me pusieron sello en el pasaporte.
Luego de eso he vuelvo a viajar, y he renovado ya en un par de ocasiones mis tarjetas, en ese momento acababa de sacar la segunda renovación de residencia y trabajo y ya tengo la de Larga Duración.
En conclusión estoy preocupado por esa salida por España, y entrada por Alemania, sin sello, y que aparezca en sus bases como que salí en diciembre 2009 y regresé en enero 2011 (siguiente viaje y cuando volví a entrar por España).
Spoiler
chebetos |
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Recibidos los informes, el expediente se encuentra en estudio. 02/08/2013
Solicitud de Acto de Jura ante Notarios 17/10/2013
Jura ante notario 31/10/2013
Inscripción en RC 01/04/2014 (tuve que ir al RC a solicitarlo)
Acta de nacimiento recibida el 03/04/2014
DNI/Pasaporte: 12/04/2014
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Re: Recomendaciones de obligado cumplimiento para solicitar con éxito la nacionalidad española por residencia
Chebetos, puedes pedir el certificado de residencias en la comisaria sita en C/ General Pardinas, 90
Saludos
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Exp: R-87XXX/2013 - CONCEDIDA
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Re: Recomendaciones de obligado cumplimiento para solicitar con éxito la nacionalidad española por residencia
La denegación de la nacionalidad de mi marido es por este motivo:kárbiko escribió:....
En mi RC siempre hemos dado (perdón, desde hace unas semanas ...habíamos dado) 1 año de validez a los penales de aquellos países que no indicaban la fecha de caducidad.
Así están tramitados cientos de expedientes ya resueltos, concedidos y cuyos solicitantes son españoles desde hace bastantes años.
Ahora nos hemos enterado que en esta revisión de documentos se les ha dado un plazo de 6 meses de validez...
....
dicen que los penales estaban caducados, pero en la hoja del registro civil que nos dieron con la documentación a presentar pone más o menos: "que la vigencia de los penales es la que indica el país de origen".
El caso es que el certificado de penales que presentamos no tenía fecha de caducidad, fue expedido en marzo de 2011 y presentó la nacionalidad en enero de 2012 (10 meses)... por lo que entiendo que no está caducado.... ¿? Necesito saber si es correcto o no el razonamiento ...
---- 25 Jul 2013, 13:28
Kárbico, por favor si puedes aclararme si esto que hacíais consta escrito en alguna circular o algo y si me lo pudieras proporcionar te estaría muy agradecida
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26/01/2012 - Solicitud de nacionalidad española.
24/06/2013 - Denegada la nacionalidad. Motivo: Certificado de antecedentes penales caducado.
23/08/2013 - Presentado Recurso potestativo de reposición.
20/12/2014 - Concedida la nacionalidad española.
30/03/2015 - Jura
31/03/2015 - Obtención del DNI y el pasaporte. POR FIN !!!!!
24/06/2013 - Denegada la nacionalidad. Motivo: Certificado de antecedentes penales caducado.
23/08/2013 - Presentado Recurso potestativo de reposición.
20/12/2014 - Concedida la nacionalidad española.
30/03/2015 - Jura
31/03/2015 - Obtención del DNI y el pasaporte. POR FIN !!!!!
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Re: Recomendaciones de obligado cumplimiento para solicitar con éxito la nacionalidad española por residencia
También se puede pedir en la comisaría general de extranjería y fronteras ubicada en la calle de San Felipe, 7-9, 28020 Madrid, muy cerca de la estación de metro de Tetuán. Es una oficina donde hay poca gente y dependiendo de la cantidad de trabajo que tengan te lo entregan inmediatamente.profesoralex escribió:Chebetos, puedes pedir el certificado de residencias en la comisaria sita en C/ General Pardinas, 90
Saludos
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Re: Recomendaciones de obligado cumplimiento para solicitar con éxito la nacionalidad española por residencia
Laurien, entiendo que tu intención es ganar tiempo para en el momento de la cita en Octubre y ya con el requisito del tiempo mínimo de residencia puedas cursar tu solicitud. En principio es una buena idea SIEMPRE Y CUANDO no tengas que hacer ninguna ratificación en el momento de solicitar la cita.
Por lo que entiendo, en varios Registros Civiles (en Pradillo y Leganés entre otros) EN EL MOMENTO de pedir la cita, te piden toda la documentación: penales, certificado de nacimiento, contrato, nóminas....Después apuntan tu nombre en una hoja y te dicen: "muy bien, le damos la cita para dentro de... 4 meses...". Les preguntas: "y que tengo que hacer con la documentación que he preparado para ahora? Se la van a quedar? Los penales me caducarán en tres meses..." Y ellos te contestan: "Vuelva a preparar dicha docuementación, nosotros no nos la quedamos"....
No sé si Pradillo sigue funcionando igual, pero en Leganés me han confirmado este disparate: NI SIQUIERA SE QUEDAN CON LA DOCUMENTACIÓN QUE SE HA PREPARADO Y PARA LOS PENALES ES NECESARIO VOLVER A PREPARARLA....
Saludos
Por lo que entiendo, en varios Registros Civiles (en Pradillo y Leganés entre otros) EN EL MOMENTO de pedir la cita, te piden toda la documentación: penales, certificado de nacimiento, contrato, nóminas....Después apuntan tu nombre en una hoja y te dicen: "muy bien, le damos la cita para dentro de... 4 meses...". Les preguntas: "y que tengo que hacer con la documentación que he preparado para ahora? Se la van a quedar? Los penales me caducarán en tres meses..." Y ellos te contestan: "Vuelva a preparar dicha docuementación, nosotros no nos la quedamos"....
No sé si Pradillo sigue funcionando igual, pero en Leganés me han confirmado este disparate: NI SIQUIERA SE QUEDAN CON LA DOCUMENTACIÓN QUE SE HA PREPARADO Y PARA LOS PENALES ES NECESARIO VOLVER A PREPARARLA....
Saludos
Exp: R-87XXX/2013 - CONCEDIDA
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Re: Recomendaciones de obligado cumplimiento para solicitar con éxito la nacionalidad española por residencia
Laurien, Profesoralex,
Mi esposa fue con CASI todos los recaudos a Pradillo, para pedir cita el 02/07/2013 y le dieron cita para el 11/11/2013. Digo CASI porque lo único que faltaban eran los antecedentes penales que se estaban preparando en el país de origen. Pues le revisaron la documentación, observaron que faltaba solamente los antecedentes penales, y le dieron la cita, haciéndole la observación de que debe proporcionar unos antecedentes VIGENTES para el momento de la cita, en otras palabras emitidos en menos de 3 meses para el momento de la cita (los pensamos pedir entre finales de agosto y principios de septiembre).
Le devolvieron toda la documentación junto con el papel de la cita.
Eramos conscientes que lo que hacíamos era incongruente con lo que informan en el RC, donde dicen que hay que llevar TODOS los recaudos. Pero como íbamos a otros trámites y teníamos todo lo demás, nos arriesgamos.
Pero a efectos de Laurien, lo que desconozco es si toman como fecha de inicio del proceso la que se fue a pedir la cita o la fecha de la cita como tal cuando te recibirán los documentos.
Laurien, si llegas a ir a pradillo y lo preguntas, nos lo comentas aquí luego ¿vale?
Aunque no afecta mucho a nuestro caso, ya que mi esposa cumplió los 2 años de residencia (somos de Venezuela) en Enero.
Mi esposa fue con CASI todos los recaudos a Pradillo, para pedir cita el 02/07/2013 y le dieron cita para el 11/11/2013. Digo CASI porque lo único que faltaban eran los antecedentes penales que se estaban preparando en el país de origen. Pues le revisaron la documentación, observaron que faltaba solamente los antecedentes penales, y le dieron la cita, haciéndole la observación de que debe proporcionar unos antecedentes VIGENTES para el momento de la cita, en otras palabras emitidos en menos de 3 meses para el momento de la cita (los pensamos pedir entre finales de agosto y principios de septiembre).
Le devolvieron toda la documentación junto con el papel de la cita.
Eramos conscientes que lo que hacíamos era incongruente con lo que informan en el RC, donde dicen que hay que llevar TODOS los recaudos. Pero como íbamos a otros trámites y teníamos todo lo demás, nos arriesgamos.
Pero a efectos de Laurien, lo que desconozco es si toman como fecha de inicio del proceso la que se fue a pedir la cita o la fecha de la cita como tal cuando te recibirán los documentos.
Laurien, si llegas a ir a pradillo y lo preguntas, nos lo comentas aquí luego ¿vale?
Aunque no afecta mucho a nuestro caso, ya que mi esposa cumplió los 2 años de residencia (somos de Venezuela) en Enero.
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chebetos |
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Recibidos los informes, el expediente se encuentra en estudio. 02/08/2013
Solicitud de Acto de Jura ante Notarios 17/10/2013
Jura ante notario 31/10/2013
Inscripción en RC 01/04/2014 (tuve que ir al RC a solicitarlo)
Acta de nacimiento recibida el 03/04/2014
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Re: Recomendaciones de obligado cumplimiento para solicitar con éxito la nacionalidad española por residencia
Laurien, el tiempo empieza a contar desde la SOLICITUD o RATIFICACIÓN. Como en el momento de pedir la cita no cursarás ni solicitud ni ratificación, entonces adelante: ganarás tiempo. Pero ten cuidado con cualqueir cosa que te hagan firmar en el momento de pedir la cita, aunque dudo mucho que firmes algo...
Todavía no conozco ningún registro civil que haya pedido hacer ratificación en el momento de pedir cita. Ojalá lo hicieran porque de esta forma NO SERÍA NECESARIO volver a pedir la costosa documentación (certif.nacimiento + penales) para entregarla en el momento de la solicitud....
Saludos
Todavía no conozco ningún registro civil que haya pedido hacer ratificación en el momento de pedir cita. Ojalá lo hicieran porque de esta forma NO SERÍA NECESARIO volver a pedir la costosa documentación (certif.nacimiento + penales) para entregarla en el momento de la solicitud....
Saludos
Exp: R-87XXX/2013 - CONCEDIDA
Re: Recomendaciones de obligado cumplimiento para solicitar con éxito la nacionalidad española por residencia
Hola compas, acá estoy de nuevo, ahora de vacaciones, pero aprovecho un momento para contaros que fui una de las denegadas de Junio por residencia.
A primeros de Agosto volví a solicitar la nacionalidad. Espero esta vez no tener problemas.
Lo que sí cuento por si a alguien le sirve es que a mí me "advirtieron" en la resolución que el certificado de antecedentes penales no estaba bien traducido.
No sé cuál fue el problema, si es que no estaba bien legalizado o es que también me han dicho que en algunos sitios no aceptan traducciones que no sean de traductores jurados españoles, ya que esta traducción era oficial pero del país de origen.
El caso es que aunque tanto la partida de nacimiento como el certificado de penales estaban traducidos y legalizados ya por la embajada de España del país (con la nueva pegatina), por si acaso he vuelto a traducirlos aquí por un traductor jurado. Doble gasto de dinero pero no quiero arriesgarme a que me digan que no vale dentro de unos meses...
Es mi caso, por si a alguien le sirve......
Un saludo a todas y todos
A primeros de Agosto volví a solicitar la nacionalidad. Espero esta vez no tener problemas.
Lo que sí cuento por si a alguien le sirve es que a mí me "advirtieron" en la resolución que el certificado de antecedentes penales no estaba bien traducido.
No sé cuál fue el problema, si es que no estaba bien legalizado o es que también me han dicho que en algunos sitios no aceptan traducciones que no sean de traductores jurados españoles, ya que esta traducción era oficial pero del país de origen.
El caso es que aunque tanto la partida de nacimiento como el certificado de penales estaban traducidos y legalizados ya por la embajada de España del país (con la nueva pegatina), por si acaso he vuelto a traducirlos aquí por un traductor jurado. Doble gasto de dinero pero no quiero arriesgarme a que me digan que no vale dentro de unos meses...
Es mi caso, por si a alguien le sirve......
Un saludo a todas y todos
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Re: Recomendaciones de obligado cumplimiento para solicitar con éxito la nacionalidad española por residencia
laurifuna, como te había comentado antes, documentos de un país que no forma parte del convenio Apostilla tienen que ser legalizados. Es decir que tienen que llevar el sello del Ministerio de Asuntos Exteriores de España. El Ministerio de Asuntos Exteriores de España pondrá dicho sello sin problemas si previamente en la documentación que se pretende legalizar aparece el sello del Consulado Español en el país de donde viene la documentación.
Saludos
Saludos
Exp: R-87XXX/2013 - CONCEDIDA
Re: Recomendaciones de obligado cumplimiento para solicitar con éxito la nacionalidad española por residencia
Sí, sí gracias profesoralex por la aclaración, estoy de acuerdo con tu apreciación.
El tema es que también me han dicho que hay organismos que ponen problemas a traducciones juradas en el país de origen de documentos, aunque estén correctamente legalizados por el MAE (en el caso de países no firmantes del convenio de La Haya), la verdad que no conozco casos en el tema de nacionalidad pero sí para otros temas de extranjería.
Por ejemplo de países como Marruecos, Mali etc...
Es algo que no acabo de entender pero el tema es que no se ponen de acuerdo en los diferentes organismos públicos con el tema de la traducción y por si acaso, yo lo he vuelto a traducir aquí. La traducción por un traductor jurado autorizado por el MAE (hay una lista de traductores autorizados en la página web del MAE) es un documento ya legalizado por el MAE.
Así que ahora los documentos, tanto el original (que viene con la nueva pegatina que entró en vigor en Junio), como la traducción, están correctamente legalizados y traducidos.
NO sé si he logrado aclarar el tema.
Un saludo!
El tema es que también me han dicho que hay organismos que ponen problemas a traducciones juradas en el país de origen de documentos, aunque estén correctamente legalizados por el MAE (en el caso de países no firmantes del convenio de La Haya), la verdad que no conozco casos en el tema de nacionalidad pero sí para otros temas de extranjería.
Por ejemplo de países como Marruecos, Mali etc...
Es algo que no acabo de entender pero el tema es que no se ponen de acuerdo en los diferentes organismos públicos con el tema de la traducción y por si acaso, yo lo he vuelto a traducir aquí. La traducción por un traductor jurado autorizado por el MAE (hay una lista de traductores autorizados en la página web del MAE) es un documento ya legalizado por el MAE.
Así que ahora los documentos, tanto el original (que viene con la nueva pegatina que entró en vigor en Junio), como la traducción, están correctamente legalizados y traducidos.
NO sé si he logrado aclarar el tema.
Un saludo!
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Re: Recomendaciones de obligado cumplimiento para solicitar con éxito la nacionalidad española por residencia
Buenas tardes a tod@s!
Tengo cita para presentar mi solicitud en el RC de Barcelona el próximo martes. Hoy al buscar un certificado de empadronamiento actualizado me explicaron en el ayuntamiento que me habían dado de baja desde hace meses por falta de confirmación de domicilio... Me he vuelto a dar de alta en la misma dirección que figura en mi NIE vigente pero no viene el histórico de domicilio, solo consta la alta en el padrón de Barcelona con fecha de hoy... Me pueden poner pegas en el RC?
Muchas gracias por vuestra ayuda!
Un abrazo,
Brunno.
Tengo cita para presentar mi solicitud en el RC de Barcelona el próximo martes. Hoy al buscar un certificado de empadronamiento actualizado me explicaron en el ayuntamiento que me habían dado de baja desde hace meses por falta de confirmación de domicilio... Me he vuelto a dar de alta en la misma dirección que figura en mi NIE vigente pero no viene el histórico de domicilio, solo consta la alta en el padrón de Barcelona con fecha de hoy... Me pueden poner pegas en el RC?
Muchas gracias por vuestra ayuda!
Un abrazo,
Brunno.
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Presentación de documentos RC Barcelona: 10/09/2013
Examen de integración: 17/06/2014
Expediente: 104xxx/2014-0
Entrada MJ: 27/10/2015
Solicitados informes preceptivos: 10/11/2015
Entrevista policía: --/--
En estudio: 19/01/2016
Concedida: 29/02/2016
Examen de integración: 17/06/2014
Expediente: 104xxx/2014-0
Entrada MJ: 27/10/2015
Solicitados informes preceptivos: 10/11/2015
Entrevista policía: --/--
En estudio: 19/01/2016
Concedida: 29/02/2016
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Re: Recomendaciones de obligado cumplimiento para solicitar con éxito la nacionalidad española por residencia
Por qué si un juez, como es el caso del de Getafe, hace un informe de NO INTEGRACION por no contestar correctamente las preguntas de historia que realiza como ha sucedido con mi nuera cubana de nacimiento (al igual que el resto de la familia, que hemos obtenido la nacionalidad española); le continuan el proceso, para que al cabo de 4 años de ser presentado el expediente le digan que no está debidamente integrada; por qué si para esto se basan únicamente en el informe del juez, en el momento de la entrevista no se le informa para que vuelva a presentar cuando tenga los conocimientos que el referido juez considera que son más importantes y necesarios para ostentar la nacionalidad española. ya que reune todos los demás requisitos de integración, casada con un español, madre de un niño español, trabajando como investigadora de una Universidad Pública, ha viajado a Alemania, Austria, Polonia, Grecia, Brasil, en representación de España, negociando contratos para ser realizados en España, contribuyendo a la economía del país, ha salido en publicaciones de prensa escrita y en televisión por resultados de trabajo que han realizado en su centro.
Re: Recomendaciones de obligado cumplimiento para solicitar con éxito la nacionalidad española por residencia
Hola. Cuando dices que "SIN CONTAR TUS AÑOS DE ESTUDIANTE" ¿Te refieres a los que han pedido la estancia por estudio o también la los que ya viven en España y en algún momento deciden estudiar una carrera?profesoralex escribió: Y ahora las recomendaciones:
- IR A LA POLICÍA Y PEDIR EL CERTIFICADO DE RESIDENCIAS!!!!!! ABSOLUTAMENTE FUNDAMENTAL. Este mismo certificado lo mirará el MJ (los registradores de propiedad) para contar con calculadora si el tiempo mínimo de residencia se cumple. Día por día...Así que cuando te den el certificado de residencias abres una hoja EXCEL y haces el cálculo de años de residencia continuada desde el momento de tener concedida la residencia SIN CONTAR TUS AÑOS DE ESTUDIANTE HASTA LA FECHA CUANDO PIENSAS PRESENTAR LA SOLICITUD EN EL REGISTRO CIVIL. Si no cumples estrictamente con años de residencia mínima, ya no sigas leyendo este post.....
Gracias.
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- Agradecimiento recibido: 5 veces
Re: Recomendaciones de obligado cumplimiento para solicitar con éxito la nacionalidad española por residencia
Buenas,
Me refiero a los años durante los cuales has tenido la autorización de estancia POR ESTUDIOS que no cuentan a los efectos de residencia que da derecho a la nacionalidad.
O sea, en muchos casos, un estudiante que quiere estudiar en España, obtiene primero la autorización de estancia (que no es lo mismo que el permiso de residencia). Luego, a lo mejor, cuando termine la carrera, pedirá el permiso de residencia. Pues bien, los años de autorización de estancia como estudiante que suelen ser previos a la autorización de residencia, NO CUENTAN a los efectos del cómputo de la residencia legal y mínima para solicitar la nacionalidad.
Otra cosa diferente es que ya tenías la residencia legal y en un momento dado decidiste estudiar. En este caso, al tener la autorización de residencia, no hay problemas porque durante tu residencia legal evidentemente puedes estudiar y trabajar.
Estamos hablando de la documentación (autorización de estancia por estudios o permiso de residencia) y no de la actividad efectivamente ejercida (estudiante o trabajador).
Saludos cordiales
Me refiero a los años durante los cuales has tenido la autorización de estancia POR ESTUDIOS que no cuentan a los efectos de residencia que da derecho a la nacionalidad.
O sea, en muchos casos, un estudiante que quiere estudiar en España, obtiene primero la autorización de estancia (que no es lo mismo que el permiso de residencia). Luego, a lo mejor, cuando termine la carrera, pedirá el permiso de residencia. Pues bien, los años de autorización de estancia como estudiante que suelen ser previos a la autorización de residencia, NO CUENTAN a los efectos del cómputo de la residencia legal y mínima para solicitar la nacionalidad.
Otra cosa diferente es que ya tenías la residencia legal y en un momento dado decidiste estudiar. En este caso, al tener la autorización de residencia, no hay problemas porque durante tu residencia legal evidentemente puedes estudiar y trabajar.
Estamos hablando de la documentación (autorización de estancia por estudios o permiso de residencia) y no de la actividad efectivamente ejercida (estudiante o trabajador).
Saludos cordiales
Exp: R-87XXX/2013 - CONCEDIDA
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