Residencia no lucrativa ¿quién la puede pedir?
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Residencia no lucrativa ¿quién la puede pedir?
Hola a todos.
En relación a las distintas posibilidades que existen para obtener el permiso de residencia legal en España con miras a tramitar la recuperación de la nacionalidad.
En el portal de la Secretaría de Estado de Migraciones en lo referente a los requisitos para solicitar el visado de residencia no lucrativa dice que el primero de ellos es:
“No ser ciudadano de un Estado de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo o de Suiza, o familiar de ciudadanos de estos países a los que les sea de aplicación el régimen de ciudadano de la Unión.”
¿Esto como se interpreta? Es decir, si una persona cumpliera con los requisitos y decide solicitar la residencia no lucrativa pero es familiar (por ejemplo ascendiente de un ciudadano comunitario) ¿puede hacerlo? ¿O el hecho de ser madre o padre de español hace que obligatoriamente deba acogerse al régimen de familiar de ciudadano comunitario?
http://extranjeros.mitramiss.gob.es/es/ ... index.html
Muchas gracias de antemano si alguien pudiera aclararme el tema
En relación a las distintas posibilidades que existen para obtener el permiso de residencia legal en España con miras a tramitar la recuperación de la nacionalidad.
En el portal de la Secretaría de Estado de Migraciones en lo referente a los requisitos para solicitar el visado de residencia no lucrativa dice que el primero de ellos es:
“No ser ciudadano de un Estado de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo o de Suiza, o familiar de ciudadanos de estos países a los que les sea de aplicación el régimen de ciudadano de la Unión.”
¿Esto como se interpreta? Es decir, si una persona cumpliera con los requisitos y decide solicitar la residencia no lucrativa pero es familiar (por ejemplo ascendiente de un ciudadano comunitario) ¿puede hacerlo? ¿O el hecho de ser madre o padre de español hace que obligatoriamente deba acogerse al régimen de familiar de ciudadano comunitario?
http://extranjeros.mitramiss.gob.es/es/ ... index.html
Muchas gracias de antemano si alguien pudiera aclararme el tema
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Re: Residencia no lucrativa ¿quién la puede pedir?
Es por tu bien que deberías acogerte al régimen de familiar de ciudadano de la Unión si fuera posible, y es que sería mucho más sencillo y los derechos mucho más amplios.
De cualquier manera si no estás ya residiendo o viajando o planeando reencontrarte con tu familiar ciudadano de la U.E. en un país de la U.E. entonces ese régimen no sería de aplicación para ti.
De cualquier manera si no estás ya residiendo o viajando o planeando reencontrarte con tu familiar ciudadano de la U.E. en un país de la U.E. entonces ese régimen no sería de aplicación para ti.
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Re: Residencia no lucrativa ¿quién la puede pedir?
Gracias por responderme cenv
Te resumo la situación:
Mi madre y yo queremos trasladar nuestra residencia a España. Yo tengo la nacionalidad por ser hija de español.
Mi madre contrajo matrimonio con mi padre aquí en Costa Rica antes de 2 de mayo de 1975. Por lo tanto adquirió automáticamente la nacionalidad española. Nunca lo supo, así que nunca hizo uso de ella y por lo tanto la perdió por causa del asentimiento voluntario.
Acabamos de inscribir el matrimonio en el consulado y estamos ahora solicitando la inscripción del nacimiento (adquisición y pérdida)
Cuando eso ocurra, habíamos pensado solicitar la dispensa y esperar a que se estimara por silencio administrativo. Me dicen los compañeros del foro que ni vale la pena intentarlo.
Solo quedaría entonces tramitar la recuperación en España y para ello mi madre necesita ser residente legal.
Lo lógico sería irnos por el Régimen de Familiar Comunitario porque en apariencia es más fácil de conseguir, y se otorga para un periodo más largo, pero me temo que sería muy difícil demostrar dependencia económica y según he leído en portales de inmigración, cada vez se están rechazando más y más solicitudes de residencia por esa causa:
http://legalteam.es/lt/que-significa-es ... en-espana/
Según me han comentado en el foro de registro civil, el trámite de recuperación en este caso no sería muy largo y podría andar entre 4 y 6 meses y no se requiere un tiempo mínimo de residencia. Ella podría iniciar el expediente casi al día siguiente de obtener el permiso de residencia.
La gran ventaja de pedir la residencia no lucrativa es que se tramitaría desde el Consulado. Si la aprueban, iríamos a lo seguro.
El tema es la edad de mi madre: 80 años. No quiero someterla a la angustia de esperar la aprobación de la residencia por el régimen comunitario para que luego se la nieguen y tengamos que volvernos.
Mi fe es que por la vía de la residencia no lucrativa en 6 meses todo esté resuelto y ya ella tenga sus papeles españoles en orden.
¿Crees aconsejable seguir por ese camino y que ese sea un plazo razonable?
Re: Residencia no lucrativa ¿quién la puede pedir?
Consulta en el Consulado pero si no me equivoco la residencia no lucrativa para familiares de ciudadanos comunitarios solo es admitida cuando el conyuge extranjero (no comunitario) acredita la nulidad del vínculo matrimonial, divorcio o la cancelación de la inscripción como pareja registrada.
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Re: Residencia no lucrativa ¿quién la puede pedir?
Si eso es así, entonces una persona que tiene hijos españoles pero que no depende de ellos económicamente ni está “a cargo” de ellos jamás podría residir legalmente en España porque se le estaría obligando a acogerse a un régimen de solicitud de residencia cuyos requisitos no puede cumplirJuliana77 escribió: ↑07 Sep 2019, 21:22 Consulta en el Consulado pero si no me equivoco la residencia no lucrativa para familiares de ciudadanos comunitarios solo es admitida cuando el conyuge extranjero (no comunitario) acredita la nulidad del vínculo matrimonial, divorcio o la cancelación de la inscripción como pareja registrada.
Re: Residencia no lucrativa ¿quién la puede pedir?
Eso se lo tendrias que preguntar a un abogado especializado en extranjeria
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Re: Residencia no lucrativa ¿quién la puede pedir?
Creo que eso que mencionas se refiere más bien al cambio de un régimen a otro, precisamente por el cese del vínculo que originó la concesión del anterior permiso de residencia:Juliana77 escribió: ↑07 Sep 2019, 23:21 Consulta en el Consulado pero si no me equivoco la residencia no lucrativa para familiares de ciudadanos comunitarios solo es admitida cuando el conyuge extranjero (no comunitario) acredita la nulidad del vínculo matrimonial, divorcio o la cancelación de la inscripción como pareja registrada.
http://extranjeros.mitramiss.gob.es/es/ ... index.html
Re: Residencia no lucrativa ¿quién la puede pedir?
Es lo único que se permite en ese sentido, que pasaría si una persona madre de española tiene ingresos o un patrimonio X que le permitirían vivir sin trabajar en España de seguro en el Consulado le bocharían el visado, pero como te dije antes tendrias que preguntar a un abogado especializado en extranjería si hay letra pequeña.
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Re: Residencia no lucrativa ¿quién la puede pedir?
Pero según tu experiencia ¿pueden solicitar y obtener la no lucrativa los familiares extranjeros de ciudadanos comunitarios que cumplan con los requisitos?
¿O hay algo que lo impida?
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Re: Residencia no lucrativa ¿quién la puede pedir?
¿Cuál es el problema de que una persona pensionada, familiar de español, que puede sostenerse sola y que no será una carga para el Estado solicite una residencia temporal en España?
No entiendo tu razonamiento
Re: Residencia no lucrativa ¿quién la puede pedir?
No te preocupes no eres la primera mujer que me lo dice
La demandante Doña Rosaura , de nacionalidad cubana, con NIE NUM000 , solicitó la asistencia sanitaria ante el Instituto Nacional de la Seguridad Social el 16 de noviembre de 2015, asistencia sanitaria que le fue denegada en Resolución de fecha 18 de noviembre de 2015, con fundamento en que reside legalmente en España con autorización de residencia temporal no lucrativa, por lo que ha tenido que acreditar que dispone de un seguro de enfermedad público o privado, contratado en España o en otro país, que proporcione cobertura en España durante su período de residencia equivalente a la proporcionada por el Sistema Nacional de Salud.- Contra dicha Resolución presentó reclamación previa, la cual fue desestimada en Resolución de 4 de diciembre de 2015.- Segundo.La demandante está en posesión de una tarjeta de residencia temporal de familiar de ciudadano de la UE, concedida el 28 de septiembre de 2015 con efectos del 12 de junio de 2015 y caducidad el 11 de junio de 2020, toda vez que su hija Doña María Teresa es ciudadana española.".
http://www.poderjudicial.es/search/open ... 1ae9273000
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Re: Residencia no lucrativa ¿quién la puede pedir?
Me das la razón
La sentencia del TS demuestra:
1. Que inicialmente a doña Rosaura le fue aprobado un permiso de residencia no lucrativa aún siendo madre de española.
2. Que posterior a ello, se le concedió un cambio de régimen al de familiar comunitario.
3. Que la seguridad social no entrega tarjeta sanitaria a nadie que se encuentre bajo ninguno de los dos regímenes. Porque para acceder a ellos se debió haber acreditado previo a la obtención del permiso, la posesión de un seguro médico equiparable a las prestaciones de la seguridad social española. Y no serán por lo tanto, en ninguno de los dos casos “una carga” para el Estado.
La sentencia del TS demuestra:
1. Que inicialmente a doña Rosaura le fue aprobado un permiso de residencia no lucrativa aún siendo madre de española.
2. Que posterior a ello, se le concedió un cambio de régimen al de familiar comunitario.
3. Que la seguridad social no entrega tarjeta sanitaria a nadie que se encuentre bajo ninguno de los dos regímenes. Porque para acceder a ellos se debió haber acreditado previo a la obtención del permiso, la posesión de un seguro médico equiparable a las prestaciones de la seguridad social española. Y no serán por lo tanto, en ninguno de los dos casos “una carga” para el Estado.
Re: Residencia no lucrativa ¿quién la puede pedir?
Que pague la tasa del visado y lo intente en la embajada de Costa Rica, si se lo rechazan puede ir a via judicial.
http://www.exteriores.gob.es/Embajadas/ ... acion.aspx
http://www.exteriores.gob.es/Embajadas/ ... acion.aspx
Re: Residencia no lucrativa ¿quién la puede pedir?
Aunque ahi no lo mencione previo al recurso contencioso-administrativo (judicial) se puede presentar en el Consulado uno de reposición (gratuito), claro que como lo resuelve el propio Consul si deniega el visado lo mas probable es que también deniegue ese recurso de reposición.
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