Hola, soy argentino y en el 2001 me case en Valencia con una argentina.
En 2007 nos separamos y ambos establecimos de nuevo residencia en Buenos Aires.
Para poder realizar el divorcio, inscribimos el matrimonio en Argentina y ya tenemos una sentencia firme de divorcio. Cuando quise inscribir el divorcio en España con esa sentencia argentina, primero me dijeron que necesitaban un exequatur.
Lo mandé al registro civil en España y lo devolvieron ya que me informaron que para inscribirlo tan solo necesitaba llevar la sentencia apostillada por la haya y que un abogado se ocupase del trámite de inscripción.
Alguien podría informarme bien como es el trámite. Hace seis meses que vengo con el tema y nadie es capaz de darme instrucciones claras. Gracias
Inscripción divorcio
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Re: Inscripción divorcio
El exequatur se presenta, tramita y resuelve en el juzgado de 1ª Instancia de Valencia que por turno de reparto le corresponda, tras la solicitud que debe presentar un abogado con la documentación necesaria que él te indique -entre la cual estará la sentencia de divorcio dictada en Argentina debidamente legalizada con la Apostilla de la Haya-, y una vez el juzgado dicte el exequatur entonces se hará la inscripción en el registro civil de Valencia donde está inscrito tu matrimonio.
Como ves son dos trámites distintos; primero se hace uno y luego el otro.
Como ves son dos trámites distintos; primero se hace uno y luego el otro.
Re: Inscripción divorcio
Hola Jucrísvic!!!. Iba a plantear el mismo supuesto pero he encontrado la respuesta en éste post. En mi caso se trata de un matrimonio inscrito en RCEspañol. Posteriormente se divorciaron el República Dominicana , y ahora quieren que en la Inscripción de matrimonio conste la marginal de divorcio. Execuátur no?, exactamente igual que como lo comentas en éste post. No ha cambiado nada entiendo.....
Me alegro de saludarte!!!!
Me alegro de saludarte!!!!
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Re: Inscripción divorcio
Siempre que haya una Sentencia extranjera de un país que no es de la UE, exequátur...
...Y si fuera de la UE y la Sentencia es de antes del 2003, también S4
Los de la UE después del 2003 presentan ésto: https://e-justice.europa.eu/content_mat ... o?clang=es
...Y si fuera de la UE y la Sentencia es de antes del 2003, también S4
Los de la UE después del 2003 presentan ésto: https://e-justice.europa.eu/content_mat ... o?clang=es
Re: Inscripción divorcio
Pero si la sentencia extranjera ( de un país no UE) es posterior a la entrada en vigor de la ley de Cooperación Jurídica internacional (a falta de tratado internacional con ese pais que diga otra cosa) o de la ley de Jurisdicción voluntaria, ambas leyes del 2015, cabría por parte del encargado del registro el control incidental de la sentencia en lugar del exequatur, sobre todo en el caso de los divorcios no contenciosos.
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